DISPOSICIÓN 5 2020 DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO SALUDABLE

Síntesis:

SE DISPONE - APERTURA EXCEPCIONAL Y TRANSITORIA - ESTACIÓN SALUDABLE - PARQUE SAAVEDRA - VENTA DE BOLSONES CON FRUTAS Y VERDURAS FRESCAS - COOPERATIVA AGROPECUARIA UNIÓN DE PRODUCTORES FAMILIARES LIMITADA - DÍA 22 DE MARZO DE 2020 - RESERVA ONLINE DE BOLSONES - COVID-19 - CORONAVIRUS - EMERGENCIA - PANDEMIA

Publicación:

27/03/2020

Sanción:

21/03/2020

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO SALUDABLE


VISTO: El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/2020, el Decreto de

Necesidad y Urgencia N° 1/20, los Decretos Nros. 463/19, 140/20 y 147/20, la

Resolución N° 376/SECDC/13, la Disposición N° 4/DGDS/20, el Expediente

Electrónico N° EX-2020-10185098-GCABA-DGDS y;

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/2020, el Poder Ejecutivo de

la Nación amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°

27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud

(OMS) en relación con el virus COVID-19 (Coronavirus), por el plazo de un (1) año a

partir de la entrada en vigencia de dicho Decreto;

Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado que el virus COVID-19

(Coronavirus) se está propagando de persona a persona aceleradamente a nivel

mundial, declarándolo pandemia;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la emergencia sanitaria

en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020 a

los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo

de propagación del contagio en la población del virus COVID-19 (Coronavirus);

Que mediante el Decreto N° 140/20, se han implementado diversas medidas

preventivas de salud pública;

Que frente a dicho panorama y a efectos de lograr un mejor desenvolvimiento de las

actividades de esta Administración, mediante el Decreto No 147/20 se han adoptado

diversas medidas transitorias para que los trabajadores presten servicios conforme los

esquemas aprobados en el mismo;

Que por su parte, mediante Resolución N° 376/SECDC/13 se creó el Programa

Estaciones Saludables para la implementación de políticas destinadas a brindar una

mejor calidad de vida y prevenir enfermedades crónicas no transmisibles en los

ámbitos públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el mencionado programa se desarrolla en el ámbito de la Dirección General de

Desarrollo Saludable, dependiente de la Subsecretaría de Bienestar Ciudadano del

Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, en virtud de las responsabilidades

conferidas en el Decreto N° 463/19;

Que en el marco de las competencias conferidas por el artículo 5° del precitado

Decreto 147/20, esta Dirección General de Desarrollo Saludable, dispuso el cierre

transitorio de las Estaciones Saludables mediante Disposición N° 2020-4-GCABA-

DGDS;

Que frente a dicho panorama, y atento a la compleja situación sanitaria, social y

alimentaria por la que está atravesando la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, es que

ésta Dirección General entiende necesario abrir de forma excepcional y transitoria la

Estación Saludable "Parque Saavedra", ubicada entre las calles Av. García del Río y

Av. Melian, Barrio Saavedra, Comuna 12 de esta Ciudad, el día 22 de marzo de 2020

en el horario de 9.00 a 14.00 hs., para la venta de bolsones con frutas y verduras

frescas producidas por la Cooperativa Agropecuaria Unión de Productores Familiares

Limitada;

Que en ese sentido, es dable destacar que para cumplir con las medidas sanitarias

dispuestas y evitar la acumulación de vecinos que concurran a adquirir los

mencionados bolsones, se dispondrá la reserva de aquellos mediante un sitio web

establecido en la presente.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

LA DIRECTORA GENERAL DE DESARROLLO SALUDABLE

DISPONE

Artículo 1°.- Dispóngase la apertura excepcional y transitoria de la Estación Saludable

"Parque Saavedra", ubicada entre las calles Av. García del Río y Av. Melian, Barrio

Saavedra, Comuna 12 de esta Ciudad el día 22 de marzo de 2020 en el horario de

9.00 a 14.00hs., para la venta de bolsones con frutas y verduras frescas.

Artículo 2°.- Establécese que todas las reservas de bolsones deberán realizarse a

través del sitio web https://bit.ly/Bolsones-Agroecologicos.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su

conocimiento remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del

Ministerio de Desarrollo Económico y Producción. Cumplido, archívese. Antún

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Art.1 de la  Disposición 17-DGDS-20, prorroga la apertura excepcional y transitoria de las Estaciones Saludables determinada mediante Disposicion 5-DGDS/20.</p>