DISPOSICIÓN 18 2020 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Síntesis:

SE RECTIFICA ART. 5 DISPOSICIÓN 17-DGRPJ-20 - PROTOCOLO DE PREVENCIÓN  - DENGUE - ZIKA - FIEBRE CHIKUNGUNYA - ENFERMEDAD - MOSQUITO - PREVENCIÓN DEL SÍNDROME PULMONAR  - HANTAVIRUS - ROEDORES - DIRECCIONES Y SUBDIRECCIONES OPERATIVAS - DIRECCIÓN GENERAL DE RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL - COMSEJO DE LOS DERECHOS DE NINOS NINAS Y ADOLESCENTES

Publicación:

27/03/2020

Sanción:

19/03/2020

Organismo:

F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES


VISTO: La Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.017), la Ley de Procedimientos

Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado por Ley N°

6.017), la Disposición N° 17-GCABA-DGRPJ/20, el Expediente Electrónico N°

09879705-GCABA-DGRPJ/20, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.017) se creó el

Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo

especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de

niñas, niños y adolescentes;

Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y

administrativa y autarquía financiera;

Que mediante la Disposición N° 17-GCABA-DGRPJ/20 se aprobó el Protocolo de

prevención de dengue, zika y fiebre chikungunya, enfermedad transmitida por

mosquito, y prevención del síndrome pulmonar por hantavirus, enfermedad transmitida

por roedores, que regirá para los dispositivos dependientes de las Direcciones y

Subdirecciones Operativas pertenecientes a esta Dirección General;

Que asimismo, por el mencionado acto administrativo se aprobó el Protocolo de

prevención y manejo del COVID-19, que regirá para los dispositivos dependientes de

las Direcciones y Subdirecciones Operativas pertenecientes a esta Dirección General,

así como también los esquemas de trabajo de contingencia que regirán para las

mencionadas unidades de organización;

Que con posterioridad al dictado de la Disposición N° 17-GCABA-DGRPJ/20, desde la

Dirección Operativa Jurídica, dependiente de la Dirección General Legal, Técnica y

Administrativa de este Consejo, se advirtió que en el artículo 5°.- del acto

administrativo en cuestión se omitió consignar la orden de publicación de dicho acto en

el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires;

Que el artículo 124 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado por Ley N° 6.017) establece que en

cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente materiales o de hecho y

los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión;

Que por las consideraciones vertidas precedentemente, corresponde dictar el acto

administrativo por el que se rectifique el artículo 5°.- de la Disposición N° 17-GCABA-

DGRPJ/20;

Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el

ámbito de su competencia.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 114 (texto consolidado

por Ley N° 6.017) y la Resolución N° 1.589-GCABA-CDNNyA/19,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL

DE RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL DEL CONSEJO

DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

DISPONE:

Artículo 1°.- Rectifícase el artículo 5°.- de la Disposición N° 17-GCABA-DGRPJ/20, el

cual quedará redactado de la siguiente forma: "Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín

Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección Operativa de

Recursos Humanos, dependiente de la Dirección General Legal, Técnica y

Administrativa de este Consejo, y remítase a la Dirección Operativa de Asuntos

Judiciales y Administrativos, dependiente de esta Dirección General, para su

conocimiento, comunicar a la Dirección Operativa de Centros Socioeducativos de

Privación de Libertad Ambulatoria y a la Dirección Operativa de Dispositivos

Alternativos a la Privación de la Libertad Ambulatoria, y demás efectos".

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 Disposición 18-CDNNYA-20 rectifica artículo 5 Disposición N17-GCABA-DGRPJ-20.</p>