DISPOSICIÓN 17 2020 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Síntesis:

SE APRUEBAN -  PROTOCOLO DE PREVENCIÓN DE DENGUE  ZIKA Y FIEBRE CHIKUNGUNYA, ENFERMEDAD TRANSMITIDA POR MOSQUITO Y PREVENCIÓN DEL SÍNDROME PULMONAR POR HANTAVIRUS ENFERMEDAD TRANSMITIDA POR ROEDORES - PROTOCOLO DE PREVENCIÓN Y MANEJO - COVID-19 - DIRECCIONES Y SUBDIRECCIONES OPERATIVAS - DIRECCIÓN GENERAL DE RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL - CARTEL - ESQUEMAS DE TRABAJO DE CONTINGENCIA

Publicación:

27/03/2020

Sanción:

18/03/2020

Organismo:

F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Estado:

No vigente


VISTO: La Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto Nacional de

Necesidad y Urgencia N° 260/20, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20, el

Decreto N° 147-GCABA-AJG/20, la Resolución de Firma Conjunta N° 7-GCABA-

MJGGC/20, el Expediente Electrónico 09879705- -GCABA-DGRPJ/20 y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.017) se creó el

Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo

especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de

niños, niñas y adolescentes;

Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y

administrativa y autarquía financiera;

Que el pasado 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud (OMS)

declaró que el COVID-19 (coronavirus) constituye una pandemia y que la evolución de

la situación epidemiológica exige que se adopten medidas rápidas, eficaces y

urgentes, haciendo un llamado a la Comunidad Internacional para actuar con

responsabilidad y solidaridad;

Que tal situación torna imprescindible la implementación de medidas de prevención y

control tendientes a reducir el riesgo de propagación del contagio en la población;

Que en los últimos días se ha constatado la propagación de casos de coronavirus en

numerosos países de diferentes continentes, entre ellos, la República Argentina,

motivo por el cual, mediante el Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 260/20

se ha decretado la ampliación de la Emergencia Pública en materia sanitaria por el

plazo de un (1) año;

Que a su vez, por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la

Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el

15 de junio de 2020, a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para

prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del virus

COVID-19;

Que por la Resolución de Firma Conjunta N° 7-GCABA-MJGGC/20 se determinó que

el Consejo de los Derechos de Niñas, Niñas y Adolescentes debe ser considerado un

servicio esencial para la comunidad y el funcionamiento de la administración pública

durante la subsistencia de la situación epidemiológica vigente, conforme lo normado

por el artículo 3° del Decreto N° 147-GCABA-AJG/20;

Que el Decreto N° 147-GCABA-AJG/20 en su artículo 4° faculta a las autoridades

superiores con rango no inferior a Director General o equivalente de áreas cuyos

servicios sean considerados esenciales a establecer protocolos y procedimientos de

trabajo acordes a la situación epidemiológica actual, asegurando la prestación de los

servicios;

Que asimismo, el mencionado plexo normativo recomienda en su artículo 10 el

escalonamiento del horario laboral, a los efectos de reducir la concentración de

personas en espacios públicos y en el transporte, y reducir al mínimo cualquier

actividad presencial de tipo grupal tal como reuniones laborales, durante la vigencia de

la pandemia del coronavirus, privilegiándose otras formas no presenciales para llevar

adelante las mismas;

Que en el marco de la emergencia sanitaria y de la situación epidemiológica actual,

resulta necesario implementar acciones y políticas excepcionales para el adecuado

cumplimiento de las recomendaciones dispuestas por el Gobierno Nacional y el

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que en consecuencia, resulta pertinente el dictado del acto administrativo mediante el

cual se aprueben los Protocolos de Prevención y Manejo de COVID-19 y de

Esquemas de Trabajo de Contingencia para las Direcciones y Subdirecciones

Operativas de esta Dirección General de Responsabilidad Penal Juvenil;

Que en el presente contexto, y con idénticos fines, corresponde implementar acciones

tendientes a resguardar las condiciones de seguridad e higiene de los adolescentes y

jóvenes incluidos en los dispositivos y programas dependientes de esta Dirección

General de Responsabilidad Penal Juvenil, así como también de los trabajadores y

trabajadoras de este organismo y, en consecuencia, aprobar el Protocolo de

prevención de dengue, zika y fiebre chikungunya, enfermedad transmitida por

mosquito, y prevención del síndrome pulmonar por hantavirus, enfermedad transmitida

por roedores;

Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el

ámbito de su competencia.

Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por la Ley N° 114 (texto

consolidado por Ley N° 6.017) y la Resolución N° 1.589-GCABA-CDNNyA/19,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL

DE RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL DEL CONSEJO

DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

DISPONE:

Artículo 1°.- Apruébase el Protocolo de prevención de dengue, zika y fiebre

chikungunya, enfermedad transmitida por mosquito, y prevención del síndrome

pulmonar por hantavirus, enfermedad transmitida por roedores, que regirá para los

dispositivos dependientes de las Direcciones y Subdirecciones Operativas

pertenecientes a esta Dirección General de Responsabilidad Penal Juvenil, que como

Anexo I (IF 2020-09938311-GCABA-DGRPJ/20) forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Apruébase el Protocolo de prevención y manejo del COVID-19, que regirá

para los dispositivos dependientes de las Direcciones y Subdirecciones Operativas

pertenecientes a esta Dirección General de Responsabilidad Penal Juvenil, que como

Anexo II (IF 2020-09938285-GCABA-DGRPJ/20) forma parte integrante de la

presente.

Artículo 3°.- Instrúyese a los/las titulares de las Subdirecciones Operativas a cargo de

los dispositivos dependientes de esta Dirección General de Responsabilidad Penal

Juvenil para que exhiban en un lugar visible en la entrada de cada dispositivo el cartel

que como Anexo III (IF 2020-09938254-GCABA-DGRPJ/20) forma parte integrante de

la presente.

Artículo 4°.- Apruébanse los esquemas de trabajo de contingencia que regirán para las

Direcciones Operativas y Subdirecciones Operativas de esta Dirección General de

Responsabilidad Penal Juvenil, que como Anexo IV (IF 2020-09938219-GCABA-

DGRPJ/20) forma parte integrante de la presente, y encomiéndase a los/las titulares

de las Direcciones Operativas y Subdirecciones Operativos su diagramación e

implementación.

Artículo 5°.- Comuníquese a la Dirección Operativa de Recursos Humanos,

dependiente de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa de este Consejo,

y remítase a la Dirección Operativa de Asuntos Judiciales y Administrativos,

dependiente de esta Dirección General, para su conocimiento, comunicar a la

Dirección Operativa de Centros Socioeducativos de Privación de Libertad Ambulatoria

y a la Dirección Operativa de Dispositivos Alternativos a la Privación de la Libertad

Ambulatoria, y demás efectos. Kierszenbaum


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5835

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5835

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5835

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5835

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art.1 de la Resolución 340-CDNNYA/22, deja sin efecto la  Disposición 17--CDNNYA/20.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 Disposición 18-CDNNYA-20 rectifica artículo 5 Disposición N17-GCABA-DGRPJ-20.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1° de la Resolución N° 450/CDNNYA/20 aprueba el PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A CASOS<br />SOSPECHOSOS COVID-19 para ser aplicado en los dispositivos bajo la órbita de la Dirección General de Responsabilidad Penal Juvenil de este Consejo de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes.</p>