LEY 1187 2003
Síntesis:
MODIFICA ORDENANZA 40593 - ESTATUTO DEL DOCENTE MUNICIPAL - BM 17590 - RÉGIMEN DE LICENCIAS DE DOCENTES - LICENCIAS ESPECIALES - LICENCIA POR ADOPCIÓN - LEYES 360-2000 Y 465/2000
Publicación:
05/01/2004
Sanción:
20/11/2003
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
18/12/2003
Estado:
No vigente
Artículo 1° - Modifícase el inciso d del artículo 70 de la Ordenanza Municipal N° 40.593 (Estatuto del Docente Municipal, B.M. N° 17.590), el que queda redactado de la siguiente forma:
d) En caso de adopción, se otorgarán ciento veinte (120) días corridos, con percepción íntegra de haberes, a partir del momento en que la autoridad judicial o administrativa competente notifique a la docente la concesión de la guarda con vistas a la adopción (Ver Ley N° 360/2000 y Ley N° 465/2000). Vencido este último plazo, el personal podrá optar por ciento veinte (120) días corridos más sin percepción de haberes.
Artículo 2° - Comuníquese, etc.- Felgueras - Alemany
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el Art. 8° del Decreto N° 2.343/GCBA/98, certifico que la Ley N° 1.187 (Expediente N° 76.475/2003), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 20 de noviembre de 2003, ha quedado automáticamente promulgada el día 18 de diciembre de 2003.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría de Educación. Cohen