LEY 1187 2003

Síntesis:

MODIFICA ORDENANZA 40593 - ESTATUTO DEL DOCENTE MUNICIPAL - BM 17590 - RÉGIMEN DE LICENCIAS DE DOCENTES - LICENCIAS ESPECIALES - LICENCIA POR ADOPCIÓN - LEYES 360-2000 Y 465/2000

Publicación:

05/01/2004

Sanción:

20/11/2003

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

18/12/2003

Estado:

No vigente


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1° - Modifícase el inciso d del artículo 70 de la Ordenanza Municipal N° 40.593 (Estatuto del Docente Municipal, B.M. N° 17.590), el que queda redactado de la siguiente forma:

d) En caso de adopción, se otorgarán ciento veinte (120) días corridos, con percepción íntegra de haberes, a partir del momento en que la autoridad judicial o administrativa competente notifique a la docente la concesión de la guarda con vistas a la adopción (Ver Ley N° 360/2000 y Ley N° 465/2000). Vencido este último plazo, el personal podrá optar por ciento veinte (120) días corridos más sin percepción de haberes.

Artículo 2° - Comuníquese, etc.- Felgueras - Alemany

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el Art. 8° del Decreto N° 2.343/GCBA/98, certifico que la Ley N° 1.187 (Expediente N° 76.475/2003), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 20 de noviembre de 2003, ha quedado automáticamente promulgada el día 18 de diciembre de 2003.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría de Educación. Cohen

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 1187, modifica el inciso d) del artículo 70 de la Ordenanza Municipal 40593.</p>