RESOLUCIÓN 189 2020 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
SE APRUEBA - PLANTA TRANSITORIA DOCENTE Y NO DOCENTE - PROGRAMA COLONIA DE INVIERNO Y ESCUELAS DEPORTIVAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD 2020 - SE APRUEBA SUPLEMENTO - PERIODO ENTRE 1° DE MARZO Y 31 DE DICIEMBRE DE 2020 - VICEJEFATURA DE GOBIERNO - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Publicación:
27/03/2020
Sanción:
20/03/2020
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: La Ordenanza N° 50.284, las Leyes Nros. 471 y modificatoria (Texto
consolidado Ley N° 6.017), 6.292, los Decretos Nros. 463/19 y sus modificatorios y
617/16 y el Expediente Electrónico N° 09219840-SSDEP/20, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 6.292 establece que el Jefe de Gobierno será asistido en sus funciones
por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que la misma
les confiere;
Que por el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, contemplando a la Subsecretaría de Deportes, dependiente de la
Secretaría de Desarrollo Ciudadano, bajo la órbita de la Vicejefatura de Gobierno;
Que por la Ordenanza N° 50.284 se creó el "Programa Integral de Recreación y
Deportes para personas con necesidades especiales", que es un espacio deportivo y
socializador dirigido a personas con discapacidad, sin límite de edad, que habiten en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Programa "Colonia de Invierno y las Escuelas Deportivas para personas con
discapacidad" son parte de dicho Programa Integral y éste se desarrolla de
conformidad con las modalidades establecidas en la citada Ordenanza;
Que la Subsecretaría de Deportes, de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano,
dependiente de la Vicejefatura de Gobierno, propicia la aprobación de la Planta
Transitoria Docente y No Docente afectada al programa "Colonia de Invierno y
Escuelas Deportivas para personas con discapacidad 2020", por el período
comprendido entre el 1° de marzo y el 31 de diciembre de 2020;
Que en esa línea de ideas, dicha Subsecretaría indica la necesidad de aprobar el
suplemento "Colonia de Invierno y Escuelas Deportivas para personas con
discapacidad 2020" por el período entre el 20 y 31 de julio de 2020 en virtud al período
de receso escolar;
Que de acuerdo el Decreto N° 617/16 se encomendó en forma conjunta en los señores
Vicejefe de Gobierno y el entonces Ministro de Hacienda la aprobación, modificación
y/o convalidación de la Planta Transitoria para la Planta Transitoria Docente y No
Docente afectada al Programa "Colonia de Invierno y las Escuelas Deportivas para
personas con discapacidad";
Que dicha norma se fundamentó, entre otras razones, en que el artículo 17 de la Ley
N° 5.460 establecía que al entonces denominado Ministerio de Hacienda le
correspondía diseñar e implementar las políticas de gestión y administración de los
recursos humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como
también diseñar e implementar la carrera administrativa, así como el régimen gerencial
o cualquier régimen especial establecido en la Ley N° 471 de Relaciones Laborales en
la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley N° 6.292, derogatoria de la anterior mencionada, le confiere al actual
Ministerio de Hacienda y Finanzas las mismas facultades, en lo que concierne a la
presente norma, que las señaladas en la Ley sustituida.
Que resulta de tal manera indudable que las atribuciones encomendadas por el
Decreto N° 617/16 no se han modificado, con la mera salvedad de la adecuación
formal de la denominación de la Jurisdicción bajo cuya responsabilidad se han
asignado.
Que la Dirección General de Planificación y Control Operativo, dependiente de la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda y
Finanzas y la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de Vicejefatura de
Gobierno, ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N° 617/16 y la Ley N°
6.292,
Artículo 1°.- Apruébase la Planta Transitoria Docente y No Docente afectada al
programa "Colonia de Invierno y Escuelas Deportivas para personas con discapacidad
2020", por el período comprendido entre el 1° de marzo y el 31 de diciembre de 2020,
a cargo de la Subsecretaría de Deportes, de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano,
dependiente de la Vicejefatura de Gobierno, de conformidad con lo establecido en los
Anexos I (IF N° 09349101-SSDEP/20) y II (IF N° 09349188-SSDEP/20), que a todos
sus efectos forman parte integrante de la presente Resolución, en el modo y forma que
en cada caso se señala.
Artículo 2°. - Establécese que el personal comprendido en la presente Resolución será
designado con carácter transitorio, carecerá de estabilidad, cesará su Planta
Transitoria automáticamente a la fecha de finalización de la misma y podrá disponerse
su cese anticipado sin expresión de causa.
Artículo 3°. - La retribución del personal que se designe conforme lo establecido por el
artículo 1° de la presente Resolución, será la suma fija remunerativa que en cada caso
se indica como retribución única por todo el período.
Artículo 4°.- Apruébase el suplemento "Colonia de Invierno y Escuelas Deportivas para
personas con discapacidad 2020", que será la suma fija que se indica como retribución
única no remunerativa por todo concepto, de conformidad con el Anexo III (IF N°
09349338-SSDEP/20) y el Anexo IV (IF N° 09349407-SSDEP/20), que a todos sus
efectos forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 5°.- La retribución mensual del personal de la Planta Transitoria establecida en
el artículo 1° de la presente Resolución, y el Suplemento de la misma establecido en el
artículo 4°, será actualizada en los cargos de naturaleza "Docente" (Anexos I y III),
aplicando un incremento proporcional al que se acuerde en el marco de la Paritaria
Docente durante el ejercicio de 2020, y respecto de los cargos de naturaleza "No
Docente" (Anexos II y IV) se aplicará todo incremento que se acuerde durante el
Ejercicio del año 2020 a los agentes de Planta Permanente del Escalafón General del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 6°.- Facúltase al señor Secretario de Desarrollo Ciudadano a designar, cesar y
reconocer los servicios del personal comprendido en el artículo 1° de la presente
Resolución, así como a dictar las normas interpretativas, aclaratorias, operativas y
complementarias para un mejor desarrollo de la citada Planta Transitoria, debiendo
proceder a comunicar a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del
Ministerio de Hacienda y Finanzas, las Resoluciones emergentes de lo planteado.
Artículo 7°. - El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a fin de
dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución.
Artículo 8°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
comuníquese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, a la
Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes y a la Subsecretaría
Gestión de Recursos Humanos dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y
para su conocimiento y demás fines remítase a la Secretaría de Desarrollo Ciudadano
de Vicejefatura de Gobierno. Cumplido, archívese. Santilli - Mura