RESOLUCIÓN 1088 2020 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
SE AUTORIZA - DESIGNACIÓN DE PROFESIONALES MÉDICOS - PLANTAS TRANSITORIAS - PLAN DEPORTIVO ANUAL - COLONIA DE INVIERNO Y ESCUELAS DEPORTIVAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD 2020 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA
Publicación:
26/11/2020
Sanción:
18/11/2020
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20 y 875/PEN/20, la
Ordenanza N° 50.284 (Texto Consolidado por Ley 6017) y la Ley N° 6.301, los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 1 y 15-GCABA/20, los Decretos Nros. 210/20
y 378/20, las Resoluciones de Firma Conjunta Nros. 9-MHFGC/20 y 189- MHFGC/20,
la Resolución N° 306/MDEPGC/20 y el Expediente Electrónico N° 2020-27274293-
GCABA- DGPLYCO, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20, el Poder Ejecutivo
Nacional amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°
27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud en
relación con el virus COVID-19 (Coronavirus), por el plazo de un (1) año a partir de la
entrada en vigencia de dicho decreto;
Que posteriormente, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 875-PEN/20 se
dispuso el "Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio" para todas las personas
que residan o transiten en los aglomerados urbanos, comprendiendo a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por su parte y a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para
prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del virus
mencionado, se declaró por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCABA/20 la
Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
prorrogándose la misma mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N° 15/20, hasta el
30 de noviembre de 2020;
Que por la Ley N° 6.301, se declaró en emergencia la situación económica y financiera
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 31 de diciembre de 2020;
Que el artículo 15 de la citada Ley estableció la prohibición de efectuar nuevas
designaciones de cualquier naturaleza o fuente de financiamiento durante la
emergencia referida, debiendo por vía reglamentaria establecerse las excepciones a
las mismas, enmarcándolas exclusivamente en la necesidad de garantizar el
funcionamiento de los servicios esenciales;
Que, en tal sentido, mediante el Decreto N° 210/20 se aprobó la reglamentación de la
Ley N° 6.301, estableciendo en el artículo 15 de su Anexo I, las excepciones referidas;
Que en el mismo artículo se facultó, en forma conjunta, al Jefe de Gabinete de
Ministros y al Ministro de Hacienda y Finanzas, a autorizar otras excepciones, siempre
que estén enmarcadas en garantizar el funcionamiento de servicios esenciales;
Que por las Resoluciones de firma conjunta Nros. 9-MHFGC/20 y 189-MHFGC/20 se
aprobaron las plantas transitorias denominadas "Plan Deportivo Anual" y "Colonia de
Invierno y Escuelas Deportivas para personas con discapacidad 2020", dependientes
de la Subsecretaría de Deportes, de la Vicejefatura de Gobierno, mediante las que se
aprueban los cargos del personal destinado al cumplimiento de los programas en
Polideportivos, Parques, plazas y espacios públicos;
Que en el marco del Decreto N° 378/20 se exceptuó del cumplimiento del aislamiento
social preventivo y obligatorio a diversas actividades, entre ellas, actividad física en
establecimientos públicos o privados (clubes, polideportivos, estudios de danza o
afines) al aire libre o con aforo del TREINTA POR CIENTO (30 %) en relación con la
capacidad máxima habilitada;
Que mediante la Resolución N° 306-MDEPGC/20, se aprobó el "Protocolo para el
desarrollo de actividad física en establecimientos públicos y privados (Clubes,
Polideportivos, Estudios de Danzas y afines) para prevención y manejo de casos de
Covid-19";
Que en el órbita de la Subsecretaría de Deportes dependiente de la Vicejefatura de
Gobierno se encuentra el "Plan Deportivo", integrado por diversos programas entre los
que se destacan, "Buenos Aires Deportiva", "Buenos Aires Compite", "Núcleos
Deportivos" y "Juegos Porteños" dirigidos a los ciudadanos de esta Ciudad sin límite
de edad y ofrecen a sus participantes una alternativa deportivo-recreativa que fomenta
conductas tales como la solidaridad, responsabilidad, compromiso, esfuerzo y el
trabajo en equipo entre otras, generando una efectiva inserción e identificación del
deportivo;
Que por la Ordenanza N° 50.284 se creó el "Programa Integral de Recreación y
Deportes para personas con necesidades especiales", que es un espacio deportivo y
socializador dirigido a personas con discapacidad, sin límite de edad, que habiten en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Programa "Colonia de Invierno y las Escuelas Deportivas para personas con
discapacidad" son parte de dicho Programa Integral y éste se desarrolla de
conformidad con las modalidades establecidas en la citada Ordenanza;
Que, en pos de garantizar la salud de los concurrentes a Polideportivos, Parques,
plazas y espacios públicos, que realizarán las actividades desarrolladas bajo los
programas indicados se requiere contar con profesionales médicos a tales fines;
Que la actividad que desarrollan los profesionales médicos que integran las Plantas
Transitorias Docente y No Docente "Plan Deportivo Anual" y "Colonia de Invierno y
Escuelas Deportivas para personas con discapacidad 2020", dependientes de la
Subsecretaría de Deportes, de la Vicejefatura de Gobierno, es considerada esencial
durante la subsistencia de la situación epidemiológica vigente, a los fines de lo
establecido en el Decreto N° 378/20;
Que en ese sentido, resulta necesario autorizar como excepción al artículo 15 de la
Ley N° 6.301 las designaciones de los profesionales médicos de las Plantas
Transitorias Docente y No Docente afectados al "Plan Deportivo Anual" y "Colonia de
Invierno y Escuelas Deportivas para personas con discapacidad 2020", autorizadas
por las Resoluciones de firma conjunta Nros. 9-MHFGC/20 y 189-MHFGC/20;
Que, conforme lo expresado, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 15 del Anexo I del Decreto
N° 210/20,
Artículo 1°.- Autorízase como excepción enmarcada en el artículo 15 del Anexo I del
Decreto N° 210/20, a efectos de garantizar el funcionamiento de los servicios
esenciales, las designaciones de los profesionales médicos de las Plantas Transitorias
"Plan Deportivo Anual" y "Colonia de Invierno y Escuelas Deportivas para personas
con discapacidad 2020", autorizadas por las Resoluciones de firma conjunta Nros. 9-
MHFGC/20 y 189-MHFGC/20.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección
General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y para
su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Técnica Administrativa y
Legal de Vicejefatura de Gobierno. Cumplido, archívese. Miguel - Mura