RESOLUCIÓN 1088 2020 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE AUTORIZA - DESIGNACIÓN DE PROFESIONALES MÉDICOS - PLANTAS TRANSITORIAS - PLAN DEPORTIVO ANUAL - COLONIA DE INVIERNO Y ESCUELAS DEPORTIVAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD 2020 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA

Publicación:

26/11/2020

Sanción:

18/11/2020

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20 y 875/PEN/20, la

Ordenanza N° 50.284 (Texto Consolidado por Ley 6017) y la Ley N° 6.301, los

Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 1 y 15-GCABA/20, los Decretos Nros. 210/20

y 378/20, las Resoluciones de Firma Conjunta Nros. 9-MHFGC/20 y 189- MHFGC/20,

la Resolución N° 306/MDEPGC/20 y el Expediente Electrónico N° 2020-27274293-

GCABA- DGPLYCO, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20, el Poder Ejecutivo

Nacional amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°

27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud en

relación con el virus COVID-19 (Coronavirus), por el plazo de un (1) año a partir de la

entrada en vigencia de dicho decreto;

Que posteriormente, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 875-PEN/20 se

dispuso el "Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio" para todas las personas

que residan o transiten en los aglomerados urbanos, comprendiendo a la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que por su parte y a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para

prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del virus

mencionado, se declaró por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCABA/20 la

Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

prorrogándose la misma mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N° 15/20, hasta el

30 de noviembre de 2020;

Que por la Ley N° 6.301, se declaró en emergencia la situación económica y financiera

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 31 de diciembre de 2020;

Que el artículo 15 de la citada Ley estableció la prohibición de efectuar nuevas

designaciones de cualquier naturaleza o fuente de financiamiento durante la

emergencia referida, debiendo por vía reglamentaria establecerse las excepciones a

las mismas, enmarcándolas exclusivamente en la necesidad de garantizar el

funcionamiento de los servicios esenciales;

Que, en tal sentido, mediante el Decreto N° 210/20 se aprobó la reglamentación de la

Ley N° 6.301, estableciendo en el artículo 15 de su Anexo I, las excepciones referidas;

Que en el mismo artículo se facultó, en forma conjunta, al Jefe de Gabinete de

Ministros y al Ministro de Hacienda y Finanzas, a autorizar otras excepciones, siempre

que estén enmarcadas en garantizar el funcionamiento de servicios esenciales;

Que por las Resoluciones de firma conjunta Nros. 9-MHFGC/20 y 189-MHFGC/20 se

aprobaron las plantas transitorias denominadas "Plan Deportivo Anual" y "Colonia de

Invierno y Escuelas Deportivas para personas con discapacidad 2020", dependientes

de la Subsecretaría de Deportes, de la Vicejefatura de Gobierno, mediante las que se

aprueban los cargos del personal destinado al cumplimiento de los programas en

Polideportivos, Parques, plazas y espacios públicos;

Que en el marco del Decreto N° 378/20 se exceptuó del cumplimiento del aislamiento

social preventivo y obligatorio a diversas actividades, entre ellas, actividad física en

establecimientos públicos o privados (clubes, polideportivos, estudios de danza o

afines) al aire libre o con aforo del TREINTA POR CIENTO (30 %) en relación con la

capacidad máxima habilitada;

Que mediante la Resolución N° 306-MDEPGC/20, se aprobó el "Protocolo para el

desarrollo de actividad física en establecimientos públicos y privados (Clubes,

Polideportivos, Estudios de Danzas y afines) para prevención y manejo de casos de

Covid-19";

Que en el órbita de la Subsecretaría de Deportes dependiente de la Vicejefatura de

Gobierno se encuentra el "Plan Deportivo", integrado por diversos programas entre los

que se destacan, "Buenos Aires Deportiva", "Buenos Aires Compite", "Núcleos

Deportivos" y "Juegos Porteños" dirigidos a los ciudadanos de esta Ciudad sin límite

de edad y ofrecen a sus participantes una alternativa deportivo-recreativa que fomenta

conductas tales como la solidaridad, responsabilidad, compromiso, esfuerzo y el

trabajo en equipo entre otras, generando una efectiva inserción e identificación del

deportivo;

Que por la Ordenanza N° 50.284 se creó el "Programa Integral de Recreación y

Deportes para personas con necesidades especiales", que es un espacio deportivo y

socializador dirigido a personas con discapacidad, sin límite de edad, que habiten en la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el Programa "Colonia de Invierno y las Escuelas Deportivas para personas con

discapacidad" son parte de dicho Programa Integral y éste se desarrolla de

conformidad con las modalidades establecidas en la citada Ordenanza;

Que, en pos de garantizar la salud de los concurrentes a Polideportivos, Parques,

plazas y espacios públicos, que realizarán las actividades desarrolladas bajo los

programas indicados se requiere contar con profesionales médicos a tales fines;

Que la actividad que desarrollan los profesionales médicos que integran las Plantas

Transitorias Docente y No Docente "Plan Deportivo Anual" y "Colonia de Invierno y

Escuelas Deportivas para personas con discapacidad 2020", dependientes de la

Subsecretaría de Deportes, de la Vicejefatura de Gobierno, es considerada esencial

durante la subsistencia de la situación epidemiológica vigente, a los fines de lo

establecido en el Decreto N° 378/20;

Que en ese sentido, resulta necesario autorizar como excepción al artículo 15 de la

Ley N° 6.301 las designaciones de los profesionales médicos de las Plantas

Transitorias Docente y No Docente afectados al "Plan Deportivo Anual" y "Colonia de

Invierno y Escuelas Deportivas para personas con discapacidad 2020", autorizadas

por las Resoluciones de firma conjunta Nros. 9-MHFGC/20 y 189-MHFGC/20;

Que, conforme lo expresado, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 15 del Anexo I del Decreto

N° 210/20,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

Y EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Autorízase como excepción enmarcada en el artículo 15 del Anexo I del

Decreto N° 210/20, a efectos de garantizar el funcionamiento de los servicios

esenciales, las designaciones de los profesionales médicos de las Plantas Transitorias

"Plan Deportivo Anual" y "Colonia de Invierno y Escuelas Deportivas para personas

con discapacidad 2020", autorizadas por las Resoluciones de firma conjunta Nros. 9-

MHFGC/20 y 189-MHFGC/20.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección

General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y para

su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Técnica Administrativa y

Legal de Vicejefatura de Gobierno. Cumplido, archívese. Miguel - Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución N° 1088-MHFGC/20 autoriza a efectos de garantizar el funcionamiento de los servicios esenciales, las designaciones de los profesionales médicos de las Plantas Transitorias “Plan Deportivo Anual” y Colonia de Invierno y Escuelas Deportivas para personas con discapacidad 2020, en el marco de la emergencia declarada por DNU 1/20. </p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución N° 1088-MHFGC/20 autoriza a efectos de garantizar el funcionamiento de los servicios esenciales, las designaciones de los profesionales médicos de la Planta Transitoria Colonia de Invierno y Escuelas Deportivas para personas con discapacidad 2020, la cual fuera aprobada mediante la Resolución N° 189-MHFGC/2020.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución N° 1088-MHFGC/20 autoriza a efectos de garantizar el funcionamiento de los servicios esenciales, las designaciones de los profesionales médicos de la Planta Transitoria “Plan Deportivo Anual”, la cual fuera aprobada mediante la Resolución N° 9-MHFGC/2020.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución N° 1088-MHFGC/20 autoriza a efectos de garantizar el funcionamiento de los servicios esenciales, las designaciones de los profesionales médicos de las Plantas Transitorias “Plan Deportivo Anual” y Colonia de Invierno y Escuelas Deportivas para personas con discapacidad 2020, en el marco de la excepcion establecida mediante el art. 15 del Anexo I del Decreto N° 210/20.</p>