RESOLUCIÓN 72 2020 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Síntesis:
RECTIFICA ARTÍCULO 1° RESOLUCIÓN 66-SECLYT-20 - PERMISO DE CIRCULACION - AGENTES - FUNCIONARIOS - MINISTERIOS - ESPACIO PÚBLICO E HIGIENE URBANA - HACIENDA Y FINANZAS - SECRETARÍA DE AMBIENTE - DIRECCIÓN GENERAL ESTRATEGIA DE POLÍTICA GUBERNAMENTAL Y COMUNICACIONAL - SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS - COMUNA 2 - SUBSECRETARÍA GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA
Publicación:
01/04/2020
Sanción:
31/03/2020
Organismo:
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Estado:
No vigente
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires (Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97, texto consolidado según Ley N°
6.017), el Decreto N° 159/20, las Resoluciones Nros. 53-SECLYT/20 y 66-SECLYT-20,
el Expediente N° 10162918-GCABA-DGTALLEYT-2020, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 159/20 se instruyó a la titular de la Secretaría Legal y Técnica del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a determinar la nómina de
autoridades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que deban circular,
en el ámbito de la Ciudad, o fuera de ella, si el ejercicio de sus competencias lo
amerita, toda vez que el cumplimiento de sus funciones resulta esencial para el normal
funcionamiento de distintos servicios de la Administración Pública del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, en virtud de la mentada instrucción, la titular de la Secretaría Legal y Técnica del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dictó la Resolución RESOL-2020-
53-GCABA-SECLYT por la cual, en su artículo 2°, requirió a los/las titulares de los
Ministerios, de las Secretarías del Poder Ejecutivo, de los entes descentralizados y de
los oganismos fuera de nivel, a que por medio de Comunicaciones Oficiales (CCOO)
del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE) del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, remitan la nómina de las personas, no incluidas
en el Anexo I de dicha Resolución;
Que en virtud de la norma precedentemente citada, los titulares de diversas áreas de
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires informaron la nómina de personas
de dependencias de tales áreas que resultan esenciales para el normal
funcionamiento de distintos servicios de la Admistración Pública del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que a raíz de ello, se dictó la Resolución N° 66-SECLYT-20 por la que se estableció
que para la Jefatura de Gabinete de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se
encuentran autorizados a circular las personas que se identificaron en los Anexos de
dicha Resolución;
Que cuando se resolvió de tal modo se cometió un error, toda vez que las personas
identificadas en las nóminas referidas no se desempeñan en la Jefatura de Gabinete
de Ministros, sino en otros organismos del Gobierno de la Ciudad;
Que corresponde rectificar entonces la Resolución referida, lo que resulta posible por
aplicación del artículo 124 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, porque se trata de un error material y porque la enmienda
no altera lo sustancial del acto;
Que corresponde dictar el acto administrativo rectificatorio.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas y por aplicación del artículo 124 de la
Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.-Rectifícase el artículo 1° de la Resolución N° 66-SECLYT/20, el que
quedará redactado del siguiente modo:
"Establécese que para los Ministerios de Espacio Público e Higiene Urbana y de
Hacienda y Finanzas, para la Secretaría de Ambiente, para la Dirección General
Estrategia de Política Gubernamental y Comunicacional dependiente de la Secretaría
de Asuntos Estratégicos, para la Comuna 2 y para la Subsecretaría Gestión de
Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, se
encuentran autorizados a circular en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, o fuera de ella, si el ejercicio de sus competencias lo amerita, la nómina de
funcionarios públicos listados los Anexos (IF-2020-10458747-GCABA-MEPHUGC),
(IF-2020- 10422498-GCABA-MHFGC) (IF-2020-10465768-GCABA-SECA), (NO-2020-
10466284-GCABA-DGEPGC), (IF-2020-10414649-GCABA-COMUNA2) e (IF-2020-
10475269-GCABA-SSGRH), respectivamente, que forman parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese al Ministerio de Justicia y Seguridad y al Ministerio Jefatura de Gabinete
de Ministros, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General
Técnica, Aministrativa y Legal de la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese.
Montiel