RESOLUCIÓN 72 2020 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Síntesis:

RECTIFICA ARTÍCULO 1° RESOLUCIÓN 66-SECLYT-20 - PERMISO DE CIRCULACION - AGENTES - FUNCIONARIOS - MINISTERIOS - ESPACIO PÚBLICO E HIGIENE URBANA - HACIENDA Y FINANZAS - SECRETARÍA DE AMBIENTE - DIRECCIÓN GENERAL ESTRATEGIA DE POLÍTICA GUBERNAMENTAL Y COMUNICACIONAL - SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS - COMUNA 2  - SUBSECRETARÍA GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA

Publicación:

01/04/2020

Sanción:

31/03/2020

Organismo:

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Estado:

No vigente


VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires (Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97, texto consolidado según Ley N°

6.017), el Decreto N° 159/20, las Resoluciones Nros. 53-SECLYT/20 y 66-SECLYT-20,

el Expediente N° 10162918-GCABA-DGTALLEYT-2020, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 159/20 se instruyó a la titular de la Secretaría Legal y Técnica del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a determinar la nómina de

autoridades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que deban circular,

en el ámbito de la Ciudad, o fuera de ella, si el ejercicio de sus competencias lo

amerita, toda vez que el cumplimiento de sus funciones resulta esencial para el normal

funcionamiento de distintos servicios de la Administración Pública del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, en virtud de la mentada instrucción, la titular de la Secretaría Legal y Técnica del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dictó la Resolución RESOL-2020-

53-GCABA-SECLYT por la cual, en su artículo 2°, requirió a los/las titulares de los

Ministerios, de las Secretarías del Poder Ejecutivo, de los entes descentralizados y de

los oganismos fuera de nivel, a que por medio de Comunicaciones Oficiales (CCOO)

del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE) del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, remitan la nómina de las personas, no incluidas

en el Anexo I de dicha Resolución;

Que en virtud de la norma precedentemente citada, los titulares de diversas áreas de

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires informaron la nómina de personas

de dependencias de tales áreas que resultan esenciales para el normal

funcionamiento de distintos servicios de la Admistración Pública del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que a raíz de ello, se dictó la Resolución N° 66-SECLYT-20 por la que se estableció

que para la Jefatura de Gabinete de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se

encuentran autorizados a circular las personas que se identificaron en los Anexos de

dicha Resolución;

Que cuando se resolvió de tal modo se cometió un error, toda vez que las personas

identificadas en las nóminas referidas no se desempeñan en la Jefatura de Gabinete

de Ministros, sino en otros organismos del Gobierno de la Ciudad;

Que corresponde rectificar entonces la Resolución referida, lo que resulta posible por

aplicación del artículo 124 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, porque se trata de un error material y porque la enmienda

no altera lo sustancial del acto;

Que corresponde dictar el acto administrativo rectificatorio.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas y por aplicación del artículo 124 de la

Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

LA SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA

RESUELVE:

Artículo 1°.-Rectifícase el artículo 1° de la Resolución N° 66-SECLYT/20, el que

quedará redactado del siguiente modo:

"Establécese que para los Ministerios de Espacio Público e Higiene Urbana y de

Hacienda y Finanzas, para la Secretaría de Ambiente, para la Dirección General

Estrategia de Política Gubernamental y Comunicacional dependiente de la Secretaría

de Asuntos Estratégicos, para la Comuna 2 y para la Subsecretaría Gestión de

Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, se

encuentran autorizados a circular en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, o fuera de ella, si el ejercicio de sus competencias lo amerita, la nómina de

funcionarios públicos listados los Anexos (IF-2020-10458747-GCABA-MEPHUGC),

(IF-2020- 10422498-GCABA-MHFGC) (IF-2020-10465768-GCABA-SECA), (NO-2020-

10466284-GCABA-DGEPGC), (IF-2020-10414649-GCABA-COMUNA2) e (IF-2020-

10475269-GCABA-SSGRH), respectivamente, que forman parte integrante de la

presente Resolución.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese al Ministerio de Justicia y Seguridad y al Ministerio Jefatura de Gabinete

de Ministros, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General

Técnica, Aministrativa y Legal de la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese.

Montiel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5838- IF-2020-10458747-GCABA-MEPHUGC

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5838- IF-2020- 10422498-GCABA-MHFGC

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5838- IF-2020-10465768-GCABA-SECA

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5838- NO-2020-10466284-GCABA-DGEPGC

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5838- IF-2020-10414649-GCABA-COMUNA2

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5838- IF-2020-10475269-GCABA-SSGRH

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 1 del Decreto N° 224/20 deroga la Resolución N° 72-SECLYT/20.</p>
MODIFICA
<p>Art.1  Resolución 72-SECLYT-20, rectifíca  artículo 1°  Resolución 66-SECLYT-20.</p>