RESOLUCIÓN 76 2020 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Síntesis:
SE ESTABLECE NÓMINA - FUNCIONARIOS PÚBLICOS AUTORIZADOS A CIRCULAR POR LA CIUDAD - MINISTERIO ESPACIO PÚBLICO E HIGIENE URBANA - DIRECCIÓN GENERAL PROYECTOS ESTRATÉGICOS Y CALIDAD DE VIDA - SECRETARÍA ASUNTOS ESTRATÉGICOS DE LA CIUDAD - SE RECTIFICA - RESOLUCIÓN 73-SECLYT-20 - SECRETARÍA DE AMBIENTE - CORONAVIRUS - EMERGENCIA SANITARIA - COVID-19
Publicación:
02/04/2020
Sanción:
01/04/2020
Organismo:
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Estado:
No vigente
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires (Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97, texto consolidado según Ley N°
6.017), el Decreto N° 159/20, las Resoluciones Nros. 53- SECLYT/20 y 71-
SECLYT/20, el Expediente N° 10162918- -GCABA-DGTALLEYT/20, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 159/20 se instruyó a la titular de la Secretaría Legal y Técnica
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a determinar la nómina de las
autoridades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que deban circular,
en el ámbito de la Ciudad, o fuera de ella, si el ejercicio de sus competencias lo
amerita, toda vez que el cumplimiento de sus funciones resulta esencial para el normal
funcionamiento de distintos servicios en la Administración Pública del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, en virtud de la mentada instrucción, la titular de la Secretaría Legal y Técnica del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dictó la Resolución N° RESOL-
2020-53-GCABA-SECLYT por la cual, en su artículo 2°, requirió a los/las titulares de
los Ministerios, de las Secretarías del Poder Ejecutivo, de los entes descentralizados y
de los organismos fuera de nivel, a que en el término de 24 horas y por medio de
Comunicaciones Oficiales (CCOO) del Sistema de Administración de Documentos
Electrónicos (SADE) del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, remitan la
nómina de las personas, no incluidas en el Anexo I de dicha Resolución;
Que a raíz de la norma precedentemente citada, el Ministerio de Espacio Público e
Higiene Urbana y la Dirección General Proyectos Estratégicos y Calidad de Vida,
dependiente de la Secretaría de Asuntos Estratégicos informaron la nómina de las
personas de cada una de sus dependencias que se encuentran habilitadas a tal
efecto;
Que a raíz de ello, corresponde dictar el acto administrativo que determine la nómina
del personal aludido;
Que, asimismo en función de lo reglado por el Decreto N° 159/20 y la Resolución N°
53-SECLYT/20 se dictó la Resolución N° 73-SECLYT-20 por la que se estableció una
nómina de personas autorizadas para circular, integrantes de la Secretaría de
Ambiente;
Que por error se indicó más el documento generado en el módulo Generador de
Documentos Electrónicos (GEDO) que contiene la nómina apuntada;
Que corresponde rectificar entonces la Resolución referida, indicando en forma
correcta el documento que contiene la nómina de personas de la Secretaría de
Ambiente autorizadas a circular, lo que resulta posible por aplicación del artículo 124
de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
porque se trata de un error material y porque la enmienda no altera lo sustancial del
acto;
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello y en uso de las facultades conferidas,
Artículo 1°.- Establécese que para el Ministerio Espacio Público e Higiene Urbana de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se encuentran autorizados a circular en el
ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o fuera de ella, si el ejercicio de sus
competencias lo amerita, la nómina de funcionarios públicos listados en el Anexo I (IF-
2020-10719332-GCABA-MEPHUGC) que forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 2°.- Establécese que, para la Dirección General Proyectos Estratégicos y
Calidad de Vida, dependiente de la Secretaría Asuntos Estratégicos de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, se encuentran autorizados a circular en el ámbito de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o fuera de ella, si el ejercicio de sus competencias
lo amerita, la nómina de funcionarios públicos listados en el Anexo II (NO-2020-
10742947-GCABA-DGPECV) que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Rectifíquese el artículo 1° de la Resolución N° 73-SECLYT/20, el que
quedará redactado del siguiente modo:
"Artículo 1°.- Establécese que, para la Secretaría de Ambiente de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, se encuentran autorizados a circular en el ámbito de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, o fuera de ella, si el ejercicio de sus competencias lo
amerita, la nómina de funcionarios públicos listados en el Anexo (IF-2020-10622268-
GCABA- APRA) que forma parte integrante de la presente Resolución.".
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese al Ministerio de Justicia y Seguridad y, para su conocimiento y demás
efectos, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la
Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese. Montiel