DISPOSICIÓN 989 2003 DIRECCIÓN GENERAL DE ATENCIÓN INTEGRAL DE LA SALUD

Síntesis:

ACEPTACIÓN DE LA RENUNCIA DE LA DRA. MARÍA J. FEDULLO COMO MÉDICA CLÍNICA DE CABECERA EN LA ESPECIALIDAD CLÍNICA MÉDICA DEL HOSPITAL DE AGUDOS TEODORO ÁLVAREZ. - RENUNCIA DE AGENTES - PLAN MÉDICOS DE CABECERA

Publicación:

05/01/2004

Sanción:

01/12/2003

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE ATENCIÓN INTEGRAL DE LA SALUD


Visto la Nota N° 3.461/HGATA/03 y;

CONSIDERANDO:

Que, el Hospital General de Agudos Teodoro Álvarez eleva la renuncia de la Dra. María Jesús Fedullo, F.M. N° 360.082, a partir del 1° de noviembre de 2003, como Médica de Cabecera en la especialidad Clínica Médica;

Que atento los términos de la misma corresponde aceptar la renuncia y proceder a dar de baja a la profesional del Plan Médicos de Cabecera, de conformidad con lo establecido en la Resolución N° 80/SS/98;

Por ello, en uso de las facultades conferidas en la Resolución N° 2.307/SS/01;

EL DIRECTOR GENERAL DE

ATENCIÓN INTEGRAL DE LA SALUD

DISPONE:

Artículo 1° - Acéptase la renuncia de la Dra. María Jesús Fedullo, F.M. N° 360.082, como Médica de Cabecera en la especialidad Clínica Médica del Hospital General de Agudos Teodoro Álvarez, a partir del 1° de noviembre de 2003.

Artículo 2° - El Hospital General de Agudos Teodoro Álvarez, requerirá la entrega de las Historias Clínicas a la Dra. María Jesús Fedullo, previa notificación de la presente a la profesional renunciante; debiendo efectuar el Acta de recepción (por triplicado) de las mismas, debiendo constar en cada una de ellas la fecha de la última atención, el nombre, apellido y domicilio del paciente.

Artículo 3° - El Hospital glosará una copia del Acta del artículo 2° a las presentes actuaciones; y a través del Comité de Auditoría, auditará las Historias Clínicas entregadas y producirá el informe respecto de las mismas.

Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y para su conocimiento y demás efectos remítase al Hospital General de Agudos Teodoro Álvarez, quien deberá notificar al interesado conforme los términos del Decreto N° 1.510/97 (B.O. N° 310) y al Jefe de Área Programática, cumplido, pase a la Dirección General de Recursos Humanos de la Secretaría de Hacienda y Finanzas. Hecho, vuelva a la Dirección General de Atención Primaria de la Salud, a los efectos del artículo 3° de la presente.

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