DECRETO 615 1997
Síntesis:
AUTORÍZASE AL SEÑOR SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN, PROFESOR MARIO A. GIANNONI, A ASISTIR A LA SESIÓN DE INFORMACIÓN SOBRE MATERIALES DIDÁCTICOS ORGANIZADO POR EL ORGANISMO FRANCÉS CFMEACTIM
Publicación:
12/06/1997
Sanción:
12/05/1997
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Expediente N° 31.072-97, y
CONSIDERANDO:
Que se celebrará la sesión de información sobre Materiales Didácticos organizado por el organismo francés CFME-ACTIM (Agencia para la promoción internacional de las tecnologías y de las empresas francesas);
Que ha sido invitado a participar el profesor Mario Alberto Giannoni, en su calidad de Subsecretario de Educación;
Que es pertinente exceptuar el caso de las limitaciones establecidas por los artículos 17 y 21 del Decreto N° 2.388-92;
Por ello, en uso de las facultades legales conferidas por el artículo 104, de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,
Artículo 1° - Autorízase al señor Subsecretario de Educación, profesor Mario Alberto Giannoni, F.M. N° 521.289, D.N.I. N° 8.353.129 a asistir a la sesión de información sobre Materiales Didácticos organizado por el Organismo francés CFME-ACTIM (Agencia para la promoción internacional de las tecnologías y de las empresas francesas), a realizarse en la ciudad de París (Francia), entre los días 26 y 30 de mayo de 1997.
Art. 2° - Entréguese sin cargo de rendir cuenta documentada de su inversión en concepto de viáticos la suma de pesos un mil ($ 1.000,00), siendo el profesor Mario Alberto Giannoni responsable de la administración y rendición de los fondos asignados.
Art. 3° - Autorízase a la Contaduría General a incluir en una Orden General de Pago la suma de pesos un mil ($ 1.000,00) sin cargo de rendir cuenta documentada de su inversión. El gasto será imputado en las partidas del Presupuesto en vigor.
Art. 4° - Exceptúase el caso de las limitaciones establecidas por los artículos 17 y 21 del Decreto N° 2.388 (B.M. N° 19.372).
Art. 5° - El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Educación y de Hacienda y Finanzas.
Art. 6° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales de Contaduría General y de Tesorería, las que intervendrán en las respectivas copias autenticadas que se acompañan al efecto y a la Secretaría de Educación.