ACORDADA 13 2020 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Síntesis:
SE DISPONE - EXTENSIÓN - DECLARACIÓN DE DÍAS INHÁBILES - ACORDADA N° 11/20 - AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO - CORONAVIRUS - TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Publicación:
06/04/2020
Sanción:
31/03/2020
Organismo:
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
ACORDADA N.° 13/TSJ/20
Buenos Aires, 31 de marzo de 2020
En la Ciudad de Buenos Aires, el Tribunal Superior de Justicia, integrado por su
presidente, la Sra. juez Inés M. WEINBERG, su vicepresidente jueza Marcela DE
LANGHE, la jueza Dra. Alicia E. C. RUIZ, el juez Luis. F.LOZANO y el juez Dr.
Santiago OTAMENDI;
CONSIDERA:
El Poder Ejecutivo Nacional, a través del DNU n° 297/2020 dispuso el "aislamiento
social, preventivo y obligatorio hasta el 31 de marzo, pudiéndose prorrogar este plazo
por el tiempo que se considere necesario, en atención a la situación epidemiológica".
Es así que el Poder Ejecutivo Nacional resolvió extender la medida de "aislamiento
social, preventivo y obligatorio" en función de la evolución de la pandemia y las
recomendaciones de las autoridades sanitarias.
Ello así corresponde extender la declaración de días inhábiles dispuesta por la
Acordada n° 11/2020, así como todos sus efectos, durante el período que dure la
declaración de aislamiento social preventivo y obligatorio dispuesta por el Poder
Ejecutivo Nacional.
Por ello y en ejercicio de las facultades atribuidas por el artículo 114 de la Constitución
de la Ciudad de Buenos Aires;
1. Disponer la extensión de la declaración de días inhábiles dispuesta por la Acordada
n° 11/2020, así como todos sus efectos, durante el período que dure la declaración de
aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesta por el Poder Ejecutivo Nacional.
2. Mandar se registre, se publique en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, se comunique al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, al
Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires y al Ministerio Público, y se
notifique al personal a través de la Dirección General de Administración.
La Señora Jueza Dra. Alicia E. C. RUIZ no suscribe la presente por tener una dificultad
técnica para firmar en el Sistema a distancia. Weinberg - de Langhe - Lozano -
Otamendi