RESOLUCIÓN 161 2020 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

Síntesis:

SE PRORRÓGA  - HASTA EL DÍA 17 DE ABRIL DE 2020 - PLAZO PARA EL PAGO DE LA CUOTA 4/2020 - IMPUESTO INMOBILIARIO - TASA RETRIBUTIVA - SERVICIOS DE ALUMBRADO BARRIDO Y LIMPIEZA - MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE SUMIDEROS - CUYOS VENCIMIENTOS ORIGINALES OPERAN LOS DÍAS 7 Y 14 DE ABRIL DE 2020 - EL PLAZO PARA EL PAGO DE LA CUOTA 2/2020 - IMPUESTO DE PATENTES SOBRE VEHÍCULOS EN GENERAL - CUYOS VENCIMIENTOS ORIGINALES OPERAN LOS DÍAS 8 Y 15 DE ABRIL DE 2020 - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA

Publicación:

06/04/2020

Sanción:

03/04/2020

Organismo:

ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS


VISTO: LOS DECRETOS NACIONALES N° 297/PEN/2020 (BORA N° 34334) Y N°

325/PEN/2020 (BORA N° 34344) Y LA RESOLUCIÓN N° 4651/MEFGC/19 (BOCBA

N° 5740) CON LAS MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR LAS RESOLUCIONES

N° 138/MHFGC/19 (BOCBA N° 5772) Y N° 1233/MHFGC/20 (BOCBA N° 5833), Y

CONSIDERANDO:

Que a partir de la aparición de la Pandemia del Coronavirus (COVID-19), el Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha adoptado múltiples medidas de

prevención y control tendientes a reducir el riesgo de propagación del contagio de la

citada enfermedad;

Que por medio del Decreto Nacional N° 325/PEN/2020 se ha dispuesto la extensión

del aislamiento social, preventivo y obligatorio, originalmente ordenado por el Decreto

Nacional N° 297/PEN/2020, en el marco de la Emergencia Sanitaria ocasionada por la

Pandemia del Coronavirus (COVID-19);

Que por la Resolución N° 4651/MEFGC/19, modificada por las Resoluciones N°

138/MHFGC/19 y N° 1233/MHFGC/20, fueron establecidas las fechas de vencimiento

de los tributos que percibe la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos

correspondientes al ejercicio fiscal 2020;

Que como consecuencia de las restricciones impuestas por la Emergencia Sanitaria,

considerando las características disímiles del universo de contribuyentes afectados,

podría dificultarse la cancelación de la Cuota N° 4/2020 del Impuesto Inmobiliario y

Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y

Conservación de Sumideros y de la Cuota N° 2/2020 del Impuesto de Patentes sobre

Vehículos en General, exclusivamente respecto de aquellas cuyos vencimientos

operan entre los días 7 y 15 de abril del corriente año;

Que es propósito de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos afianzar

la comunicación y la relación Fisco - Contribuyente, permitiendo el cumplimiento de las

obligaciones tributarias en tiempo y forma.

Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por la Resolución N°

4651/MEFGC/19 y sus modificatorias N° 138/MHFGC/19 y N° 1233/MHFGC/20,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE

Artículo 1°.- Prorrógase hasta el día 17 de abril de 2020, el plazo para el pago de la

Cuota N° 4/2020 del Impuesto Inmobiliario y Tasa Retributiva de los Servicios de

Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros, cuyos

vencimientos originales operan los días 7 y 14 de abril de 2020.

Artículo 2°.- Prorrógase hasta el día 17 de abril de 2020, el plazo para el pago de la

Cuota N° 2/2020 del Impuesto de Patentes sobre Vehículos en General, cuyos

vencimientos originales operan los días 8 y 15 de abril de 2020.

Artículo 3°.- Si la fecha establecida en el artículo anterior resultara día no laborable

para la Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o entidades

bancarias, el vencimiento se producirá el día hábil siguiente.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

comuníquese a la Subdirección General de Sistemas dependiente de la Dirección

General de Planificación y Control, al Banco de la Ciudad de Buenos Aires y a las

Direcciones Generales de Rentas, de Análisis Fiscal y demás áreas dependientes de

esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos para su conocimiento y

demás efectos. Cumplido archívese. Ballotta

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art.1 de la Resolución 161-AGIP-20, prorróga hasta el día 17 de abril de 2020, el plazo para el pago de la Cuota Nº 4/2020 del Impuesto Inmobiliario y Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros, cuyos vencimientos originales operan los días 7 y 14 de abril de 2020. Dada por la Resolución 4651-MEFGC-19, modificada por las Resoluciones 138-MHFGC-19 y  1233-MHFGC-20.</p><p>Art.2 de la Resolución 161-AGIP-20, prorróga hasta el día 17 de abril de 2020, el plazo para el pago de la Cuota Nº 2/2020 del Impuesto de Patentes sobre Vehículos en General, cuyos vencimientos originales operan los días 8 y 15 de abril de 2020. Dada por la Resolución 4651-MEFGC-19, modificada por las Resoluciones 138-MHFGC-19 y 1233-MHFGC-20.</p>