RESOLUCIÓN 115 2020 F/N PROCURACIÓN GENERAL DE LA CIUDAD
Síntesis:
PRORROGA - SUSPENSIÓN DE ATENCIÓN AL PÚBLICO - FORMA PRESENCIAL - DIRECCIÓN SERVICIOS JURÍDICOS A LA COMUNIDAD - CORONAVIRUS - COVID19 - EMERGENCIA SANITARIA
Publicación:
07/04/2020
Sanción:
01/04/2020
Organismo:
F/N PROCURACIÓN GENERAL DE LA CIUDAD
VISTO: Los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 260/PEN/20, 297/PEN/20 y
325/PEN/20 y N° 1/GCABA/20 y el Decreto N° 147/GCABA/20 y la Resolución N°
90/GCABA/PG/20, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 11 de Marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud declaró el
brote del coronavirus COVID-19 como una pandemia;
Que a través del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/20, el titular del Poder
Ejecutivo de la Nación amplió, desde el 13 de Marzo del corriente año, por el plazo de
un año la emergencia pública en materia sanitaria, dictada por la Ley 27.541;
Que el 17 de marzo del corriente el Sr. Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1 mediante el cual declara
la Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el
15 de Junio de 2020 a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para
prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del
coronavirus (COVID-19);
Que en el mencionado decreto se destaca que, conforme lo ha declarado la
Organización Mundial de la Salud, el coronavirus (COVID-19) se está propagando con
mucha celeridad de persona a persona;
Que en razón de ello, a través del Decreto N° 147/GCABA/20 se ha dispuesto, entre
otras cosas, que se faculte a las autoridades superiores con rango no inferior a
Director General o equivalente a autorizar a prestar el servicio de forma remota y
establecer las condiciones en que dicha labor será realizada.
Que en tal contexto, mediante Resolución N° 90/GCABA/PG/20, se resolvió suspender
durante el período comprendido entre los días 17 y 31 de Marzo de 2020, ambos
inclusive, la atención al público en forma presencial en la Dirección de Servicios
Jurídicos a la Comunidad de esta Procuración General y la concurrencia de los
abogados de dicha Dirección a las sedes comunales, manteniendo las consultas de
aquellos consultantes que requieran de asistencia urgente a través de los mails de
contacto;
Que, a su turno, por Decreto N° 297/PEN/20 se estableció, para todas las personas
que habitan en el país o se encuentren en él, en forma temporaria, el aislamiento
social, preventivo y obligatorio, desde el 20 hasta el 31 de marzo de 2020, ambos
inclusive;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 325/PEN/20, se dispuso la prórroga de
la vigencia del Decreto N° 297/PEN/20 hasta el 12 de Abril de 2020, inclusive;
Que consecuentemente con todo lo expuesto corresponde prorrogar el plazo de
suspensión de la atención al público en la Dirección de Servicios Jurídicos a la
Comunidad, establecido en la Resolución N° 90/GCABA/PG/20;
Que, en tal marco, deviene necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, en uso de facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Prorrógase hasta el 12 de abril de 2020 inclusive, la suspensión de
atención al público en forma presencial en la Dirección Servicios Jurídicos a la
Comunidad de esta Procuración General y la concurrencia de los abogados de dicha
Dirección a las sedes comunales, previsto en la Resolución N° 90/GCABA/PG/20.
Artículo 2°.- Mantiénese el sistema de consultas de aquellos que requieran de
asistencia urgente a través
de las casillas de correo electrónico:
pjuarez@buenosaires.gob.ar y mgrela@buenosaires.gob.ar
Artículo 3°.- Autorízase a la Directora del Servicio Jurídico Gratuito a organizar el
desempeño de su área en los términos del artículo 5° del Decreto N°
147/GCABA/2020
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
comuníquese a la Procuraciones Generales Adjuntas, a las Direcciones Generales y a
la Unidad de Auditoría Interna de este Organismo. Cumplido, archívese. Astarloa