RESOLUCIÓN 90 2020 F/N PROCURACION GENERAL DE LA CIUDAD
Síntesis:
SE SUSPENDE - ATENCIÓN AL PÚBLICO - FORMA PRESENCIAL - DIRECCIÓN DE SERVICIOS JURÍDICOS A LA COMUNIDAD - PROCURACIÓN GENERAL - CONCURRENCIA DE ABOGADOS - SEDES COMUNALES - ENTRE LOS DÍAS 17 Y 31 DE MARZO DE 2020 AMBOS INCLUSIVE
Publicación:
25/03/2020
Sanción:
17/03/2020
Organismo:
F/N PROCURACION GENERAL DE LA CIUDAD
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VISTO: Los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/20 y N° 1/GCABA/20, y el
Decreto N° 147/GCABA/20, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 11 de Marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud declaró el
brote del coronavirus COVID-19 como una pandemia.
Que a través del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/2020, el titular del
Poder Ejecutivo de la Nación amplió, desde el 13 de Marzo del corriente año, por el
plazo de un año la emergencia pública en materia sanitaria, dictada por la Ley 27.541.
Que en el día de la fecha el Sr. Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires ha dictado el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1 mediante el cual declara la
Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el
15 de Junio de 2020 a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para
prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del
coronavirus (COVID-19).
Que en el mencionado decreto se destaca que, conforme lo ha declarado la
Organización Mundial de la Salud, el coronavirus (COVID-19) se está propagando con
mucha celeridad de persona a persona.
Que en razón de ello, a través del Decreto N° 147/GCABA/2020 se ha dispuesto, entre
otras cosas, que se faculte a las autoridades superiores con rango no inferior a
Director General o equivalente a autorizar a prestar el servicio de forma remota y
establecer las condiciones en que dicha labor será realizada.
Que las razones por las que se dispuso la emergencia pública en materia sanitaria por
parte del Estado Nacional y del Sr. Jefe de Gobierno justifican la adopción de medidas
extraordinarias en el ámbito de esta Procuración General, con el fin de mitigar los
efectos de la pandemia y proteger la salud pública.
Que en sintonía con ello, el objetivo de este Organismo de la Constitución es colaborar
en la disminución del tránsito de personas en las calles, en medios de transporte
público, como así también en la sede de esta Procuración General.
Que en tal contexto, corresponde suspender la atención al público en la Dirección de
Servicios Jurídicos a la Comunidad y mantener las consultas de aquellos consultantes
que requieran de asistencia urgente a través de medios telemáticos.
Que, en tal marco, deviene necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, en uso de facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Suspéndase durante el período comprendido entre los días 17 y 31 de
Marzo de 2020, ambos inclusive, la atención al público en forma presencial en la
Dirección de Servicios Jurídicos a la Comunidad de esta Procuración General y la
concurrencia de los abogados de dicha Dirección a las sedes comunales.
Artículo 2°.- Manténgase las consultas de aquellos consultantes que requieran de
asistencia urgente a través de los mails de contacto: pjuarez@buenosaires.gob.ar y
mgrela@buenosaires.gob.ar
Artículo 3°.- Autorízase a la Directora del Servicio Jurídico Gratuito a organizar el
desempeño de su área en los términos del artículo 5° del Decreto N° 147/GCABA/2020
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
comuníquese a la Procuraciones Generales Adjuntas, a las Direcciones Generales y a
la Unidad de Auditoría Interna de este Organismo. Cumplido, archívese. Astarloa