RESOLUCIÓN 147 2020 F/N PROCURACION GENERAL DE LA CIUDAD

Síntesis:

SE PRORROGA - SUSPENSIÓN DE LA ATENCIÓN AL PÚBLICO - FORMA PRESENCIAL - DIRECCIÓN SERVICIOS JURÍDICOS A LA COMUNIDAD - PROCURACIÓN GENERAL - CONCURRENCIA DE ABOGADOS A LAS SEDES COMUNALES - COVID-19 - CORONAVIRUS - PANDEMIA - EMERGENCIA SANITARIA

Publicación:

29/04/2020

Sanción:

26/04/2020

Organismo:

F/N PROCURACION GENERAL DE LA CIUDAD


VISTO: La Ley Nacional N° 27.541, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros.

260/PEN/20, 297/PEN/20, 325/PEN/20, 355/PEN/20, 408/PEN/20 y 1/20, el Decreto

N° 147/20, las Resoluciones Nros. 90-GCABA-PG/20, 115-GCABA-PG/20 y 129-

GCABA-PG/20, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 11 de Marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud declaró el

brote del coronavirus COVID-19 como una pandemia;

Que a través del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/20, el titular del Poder

Ejecutivo de la Nación amplió, desde el 13 de Marzo del corriente año, por el plazo de

un año la emergencia pública en materia sanitaria, dictada por la Ley Nacional N°

27.541;

Que el 17 de marzo del corriente el Sr. Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1 mediante el cual declara

la Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el

15 de Junio de 2020, a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para

prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del

coronavirus (COVID-19);

Que en el mencionado Decreto se destaca que, conforme lo ha declarado la

Organización Mundial de la Salud, el coronavirus (COVID-19) se está propagando con

mucha celeridad de persona a persona;

Que, en razón de ello, a través del Decreto N° 147/20 se ha dispuesto, entre otras

cuestiones, facultar a las autoridades superiores con rango no inferior a Director

General o equivalente a autorizar a prestar el servicio de forma remota y establecer las

condiciones en que dicha labor se realice;

Que, en tal contexto, mediante Resolución N° 90-GCABA-PG/20 se resolvió suspender

durante el período comprendido entre los días 17 y 31 de Marzo de 2020, ambos

inclusive, la atención al público en forma presencial en la Dirección de Servicios

Jurídicos a la Comunidad de esta Procuración General y la concurrencia de los

abogados de dicha Dirección a las sedes comunales, manteniendo las consultas de

aquellos consultantes que requieran de asistencia urgente a través de los mails de

contacto;

Que, a su turno, por Decreto N° 297/PEN/20 se estableció para todas las personas

que habitan en el país o se encuentren en él, en forma temporaria, el aislamiento

social, preventivo y obligatorio, desde el 20 hasta el 31 de marzo de 2020, ambos

inclusive;

Que, por su parte, por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 408/PEN/20 se estableció

la prórroga de la vigencia del Decreto N° 297/PEN/20, antes prorrogado por sus

similares Nros. 325/PEN/20 y 355/PEN/20, hasta el 10 Mayo de 2020, inclusive;

Que por Resolución N° 129-GCABA-PG/20 se prorrogó hasta el 26 de abril de 2020

inclusive, la suspensión prevista en la Resolución N° 90-GCABA-PG/20, prorrogada

por su similar N° 115-GCABA-PG/20;

Que, por lo tanto, en consonancia con las medidas ya adoptadas corresponde

prorrogar el plazo de suspensión de la atención al público en la Dirección de Servicios

Jurídicos a la Comunidad, establecido en la Resolución N° 90-GCABA-PG/20,

oportunamente prorrogado por sus similares Nros. 115-GCABA-PG/20 y 129-GCABA-

PG/20;

Que, en tal marco, deviene necesario dictar el acto administrativo pertinente;

Por ello, en uso de facultades que le son propias,

EL PROCURADOR GENERAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Prorrógase, hasta el 10 de Mayo de 2020 inclusive, la suspensión de la

atención al público en forma presencial en la Dirección Servicios Jurídicos a la

Comunidad de esta Procuración General y de la concurrencia de los abogados de

dicha Dirección a las sedes comunales, prevista en la Resolución N° 90-GCABA-

PG/20.

Artículo 2°.- Mantiénese el sistema de consultas de aquéllos que requieran de

asistencia urgente a través de las casillas de correo electrónico:

pjuarez@buenosaires.gob.ar y mgrela@buenosaires.gob.ar.

Artículo 3°.- Autorízase a la Directora del Servicio Jurídico Gratuito a organizar el

desempeño de su área en los términos del artículo 5 del Decreto N° 147/20.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

comuníquese a la Procuraciones Generales Adjuntas, a las Direcciones Generales y a

la Unidad de Auditoría Interna de este Organismo. Cumplido, archívese. Astarloa

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de Resolución 147-PG-20 prorroga hasta el 10 de Mayo de 2020 inclusive, la suspensión de la atención al público en forma presencial en la Dirección Servicios Jurídicos a la Comunidad de la Procuración General y de la concurrencia de los abogados de dicha Dirección a las sedes comunales, prevista en la Resolución 90-PG-20.</p>