RESOLUCIÓN 1608 2020 MINISTERIO DE CULTURA
Síntesis:
SE PRORROGA PLAZO - PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE SUBSIDIOS - RÉGIMEN DE FOMENTO PARA LA ACTIVIDAD DE LA DANZA NO OFICIAL
Publicación:
07/04/2020
Sanción:
30/03/2020
Organismo:
MINISTERIO DE CULTURA
VISTO: La Ley N° 340 (texto consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto N° 1.599-
GCBA-01 y modificatorios, la Resolución N° 1563/MCGC/2020 y el Expediente
Electrónico 2020-10016384-GCABADGDCC, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 340 (texto consolidado por Ley N° 6.017) crea el Régimen de Fomento
para la actividad de la Danza No Oficial, con el objeto de propiciar, fomentar y proteger
en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el desarrollo escénico de la
danza y apoyar la creación y reposición coreográfica;
Que el Decreto N° 1.599/GCABA/01 y modificatorios se reglamenta la referida Ley;
Que el Decreto N° 93/20 modificó la estructura organizativa del Ministerio de Cultura
del Gobierno de laCiudad Autónoma de Buenos Aires estableciendo a la Gerencia
Operativa Operaciones y Regímenes de Promoción Cultural, a cargo de coordinar e
implementar todos los aspectos de carácter administrativo del Régimen de Fomento
para la actividad de la Danza No Oficial, bajo la órbita de la Dirección General
Desarrollo Cultural y Creativo;
Que el Decreto N° 1.599/GCABA/01 faculta al Ministerio de Cultura a dictar las normas
complementarias, instrumentales e interpretativas que fueren necesarias para la mejor
y más adecuada aplicación de la reglamentación que aprueba dicha norma;
Que mediante Resolución N° 1563-MCGC/20 este Ministerio convocó a los sujetos
comprendidos en el marco del referido Régimen para la presentación de solicitudes de
subsidios, desde las 16 horas del día 20 de marzo de 2020 hasta las 17 horas del día
3 de abril de 2020;
Que mediante IF-10587943-DGDCC-2020 se propicia el dictado del acto
administrativo que prorrogue el plazo establecido por la Resolución N° 1563-MCGC/20
para la presentación de solicitudes de subsidios hasta las 17 horas del día 10 de abril
del 2020, atento que el mismo resultó exiguo.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Prorrógase el plazo establecido por la Resolución N° 1563-MCGC/20 para
la presentación de solicitudes de subsidios en el marco del Régimen de Fomento para
la actividad de la Danza No Oficial, el cual se extenderá hasta las 17 horas del día 10
de abril del 2020.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa
Operaciones y Regímenes de Promoción Cultural de la Dirección General Desarrollo
Cultural y Creativo de este Ministerio. Cumplido, archívese. Avogadro