RESOLUCIÓN 96 2020 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Síntesis:

SE POSTERGA LA FECHA LÍMITE PARA LA PRESENTACIÓN Y APERTURA PÚBLICA DE OFERTAS EN EL MARCO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA N° 6/20

Publicación:

13/04/2020

Sanción:

20/03/2020

Organismo:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


VISTO: El TEA A-01-00024122-5-/2019 caratulado "D.G.C.C. s/ Adquisición de

Baterías para UPS de Centro de Cómputos"; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución OAyF N° 85/2020 se autorizó el llamado a Licitación Pública

N° 06/2020 de etapa única que tiene por objeto la adquisición, instalación y puesta en

funcionamiento de baterías para los equipos UPS existentes en los distintos Centros

de Cómputos del Poder Judicial (áreas administrativa y jurisdiccional) de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, en la forma y según las características especificadas en el

Pliego de Bases y Condiciones Particulares que como Anexo I integra esa resolución,

con un presupuesto oficial de cincuenta y siete mil cuatrocientos cuarenta y cinco

dólares estadounidenses (US$ 57.445,00) IVA incluido (v. Adjunto 8298/20).

Que asimismo, por Resolución OAyF N° 85/2020 se estableció el 16 de marzo del

corriente a las 12:00 horas, o el día hábil siguiente a la misma hora si resultara feriado

o se decretara asueto, como fecha límite para recibir consultas y el 30 de marzo de

2020 a las 12:00 horas, o el día hábil siguiente a la misma hora si resultara feriado o

se decretara asueto, como fecha límite para la presentación de ofertas y la apertura

pública de ofertas en el marco de la Licitación Pública N° 6/2020.

Que la Dirección General de Compras y Contrataciones designó al miembro

permanente para asistir al acto de apertura de ofertas, a los miembros titulares y

suplentes de la Comisión de Evaluación de Ofertas y al Director de Informática y

Tecnología como responsable técnico en el marco de la Licitación Pública N° 06/2020.

A su vez, puso en conocimiento de la Dirección General de Control de Gestión y

Auditoría Interna la tramitación de la Licitación en cuestión (v. Adjunto 9551/20).

Que se dio cumplimiento a la publicación de la convocatoria en la página web del

Poder Judicial y en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se

realizaron las comunicaciones pertinentes a la Unión Argentina de Proveedores del

Estado y a la Cámara Argentina de Comercio y se remitieron invitaciones electrónicas

a diferentes firmas del rubro (v. Adjunto 9551/20).

Que sin perjuicio de ello, en virtud del contexto mundial a raíz del coronavirus y las

medidas adoptadas por las autoridades nacionales y considerando la proximidad de la

fecha de apertura de la contratación de marras, la Dirección General de Compras y

Contrataciones sugirió la postergación del acto de apertura de ofertas de la Licitación

Pública N° 06/2020 para el 30 de abril de 2020 (v. Memo 4071/20). A su turno, informó

que al día de la fecha ninguna empresa había retirado los Pliegos necesarios para

participar en dicha contratación.

Que solicitada que fuera al efecto, tomó intervención la Dirección General de Asuntos

Jurídicos y emitió el Dictamen DGAJ N° 9598/2020. Allí, tras realizar una reseña de lo

actuado y el análisis jurídico pertinente, destacó que "(...) para dar publicidad

adecuada a la nueva fecha, deberán efectuarse las publicaciones de rigor, con la

antelación que la normativa vigente exige" y concluyó: "En virtud de los antecedentes

reseñados, y análisis jurídico efectuado, esta Dirección General de Asuntos Jurídicos

opina que resulta jurídicamente viable lo sugerido por la Dirección General de

Compras y Contrataciones, quedando a cargo de la Oficina de Administración y

Financiera decidir al respecto. En caso afirmativo, deberá cumplirse con la publicidad

mencionada en la última parte del párrafo anterior".

Que puesto bajo análisis de esta Oficina de Administración y Financiera resulta

pertinente poner de resalto que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/2020 del

Poder Ejecutivo de la Nación y Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/2020 del Jefe

de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se declaró la emergencia

pública sanitaria en el ámbito nacional y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, lo

que exige la adopción de medidas tendientes a evitar y/o reducir la propagación del

COVID-19 en nuestro territorio.

Que los acontecimientos excepcionales de naturaleza epidemiológica que

comprometen la salud pública del país imponen restricciones a la movilidad de las

personas y al uso del transporte público con el objetivo de evitar la propagación del

coronavirus.

Que en razón de lo antedicho, es ostensible que resultaría imprudente no atender la

sugerencia de postergación de la fecha de apertura pública de ofertas de la Licitación

Pública N° 6/2020, máxime si se toma en consideración que ningún oferente adquirió

los pliegos de la licitación que aquí nos ocupan por lo que no se verían afectados

derechos subjetivos de terceros.

Que en punto a la normativa aplicable al caso, la ley 4764 modificó parcialmente la Ley

2095 e incluyó dentro del artículo 13 referido a la formalidad de la actuaciones, el

inciso b) que incorpora "La suspensión o postergación de la fecha de apertura de

ofertas" como uno de los casos en que debe dictarse acto administrativo, con los

requisitos establecidos en el artículo 7° de la Ley de Procedimientos Administrativos

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que a su vez la Resolución CM N° 1/2014 determina que corresponde a esta

dependencia suscribir los actos administrativos que suspendan o modifiquen la fecha

de apertura de ofertas contrataciones cuyo presupuesto oficial no supere las

setecientas mil (700.000.-) unidades de compra, como en el caso que nos ocupa.

Que en consecuencia, en línea con lo propiciado por la Dirección General de Compras

y Contrataciones, visto lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos y

con especial atención a los acontecimientos excepcionales de naturaleza

epidemiológica que comprometen la salud pública del país, corresponderá postergar la

fecha límite para la presentación y apertura pública de ofertas en el marco de la

Licitación Pública N° 06/2020 para el 30 de abril de 2020 a las 12:00 horas o el día

hábil siguiente a la misma hora si resultara feriado o se decretara asueto, pudiéndose

realizar consultas hasta las 12:00 horas del 23 de abril de 2020 o el día hábil siguiente

a la misma hora si resultara feriado o se decretara asueto.

Que finalmente, deberá instruirse a la Dirección General de Compras y Contrataciones

para que realice las publicaciones y notificaciones de este acto de conformidad con lo

establecido en la Ley N° 2095, su modificatoria Ley N° 4764, su reglamentación y en la

Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-. En particular deberá

comunicar la postergación de las fechas que se dispondrá en este acto a todas las

firmas previamente invitadas, a la Unión Argentina de Proveedores del Estado y a la

Cámara Argentina de Comercio, debiendo dejar constancia en el expediente de

marras de la totalidad de las comunicaciones efectuadas.

Por lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus

modificatorias;

EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°: Postérguese la fecha límite para la presentación y apertura pública de

ofertas en el marco de la Licitación Pública N° 06//2020 para el 30 de abril de 2020 a

las 12:00 horas o el día hábil siguiente a la misma hora si resultara feriado o se

decretara asueto, pudiéndose realizar consultas hasta las 12:00 horas del 23 de abril

de 2020 o el día hábil siguiente a la misma hora si resultara feriado o se decretara

asueto.

Artículo 2°: Instrúyase a la Dirección General de Compras y Contrataciones para que

realice las publicaciones y notificaciones de este acto de conformidad con lo

establecido en la Ley N° 2095, su modificatoria Ley N° 4764, su reglamentación y en la

Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-. En particular deberá

comunicar la postergación de las fechas que se dispuso en este acto a todas las

firmas previamente invitadas, a la Unión Argentina de Proveedores del Estado y a la

Cámara Argentina de Comercio, debiendo dejar constancia en el expediente de

marras de la totalidad de las comunicaciones efectuadas.

Artículo 3°: Regístrese, publíquese como se ordenara y comuníquese a la Dirección

General de Informática y Tecnología y a la Dirección General de Programación y

Administración Contable. Pase a la Dirección General de Compras y Contrataciones, a

sus efectos. Montenegro

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