RESOLUCIÓN 96 2020 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Síntesis:
SE POSTERGA LA FECHA LÍMITE PARA LA PRESENTACIÓN Y APERTURA PÚBLICA DE OFERTAS EN EL MARCO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA N° 6/20
Publicación:
13/04/2020
Sanción:
20/03/2020
Organismo:
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
VISTO: El TEA A-01-00024122-5-/2019 caratulado "D.G.C.C. s/ Adquisición de
Baterías para UPS de Centro de Cómputos"; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución OAyF N° 85/2020 se autorizó el llamado a Licitación Pública
N° 06/2020 de etapa única que tiene por objeto la adquisición, instalación y puesta en
funcionamiento de baterías para los equipos UPS existentes en los distintos Centros
de Cómputos del Poder Judicial (áreas administrativa y jurisdiccional) de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, en la forma y según las características especificadas en el
Pliego de Bases y Condiciones Particulares que como Anexo I integra esa resolución,
con un presupuesto oficial de cincuenta y siete mil cuatrocientos cuarenta y cinco
dólares estadounidenses (US$ 57.445,00) IVA incluido (v. Adjunto 8298/20).
Que asimismo, por Resolución OAyF N° 85/2020 se estableció el 16 de marzo del
corriente a las 12:00 horas, o el día hábil siguiente a la misma hora si resultara feriado
o se decretara asueto, como fecha límite para recibir consultas y el 30 de marzo de
2020 a las 12:00 horas, o el día hábil siguiente a la misma hora si resultara feriado o
se decretara asueto, como fecha límite para la presentación de ofertas y la apertura
pública de ofertas en el marco de la Licitación Pública N° 6/2020.
Que la Dirección General de Compras y Contrataciones designó al miembro
permanente para asistir al acto de apertura de ofertas, a los miembros titulares y
suplentes de la Comisión de Evaluación de Ofertas y al Director de Informática y
Tecnología como responsable técnico en el marco de la Licitación Pública N° 06/2020.
A su vez, puso en conocimiento de la Dirección General de Control de Gestión y
Auditoría Interna la tramitación de la Licitación en cuestión (v. Adjunto 9551/20).
Que se dio cumplimiento a la publicación de la convocatoria en la página web del
Poder Judicial y en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se
realizaron las comunicaciones pertinentes a la Unión Argentina de Proveedores del
Estado y a la Cámara Argentina de Comercio y se remitieron invitaciones electrónicas
a diferentes firmas del rubro (v. Adjunto 9551/20).
Que sin perjuicio de ello, en virtud del contexto mundial a raíz del coronavirus y las
medidas adoptadas por las autoridades nacionales y considerando la proximidad de la
fecha de apertura de la contratación de marras, la Dirección General de Compras y
Contrataciones sugirió la postergación del acto de apertura de ofertas de la Licitación
Pública N° 06/2020 para el 30 de abril de 2020 (v. Memo 4071/20). A su turno, informó
que al día de la fecha ninguna empresa había retirado los Pliegos necesarios para
participar en dicha contratación.
Que solicitada que fuera al efecto, tomó intervención la Dirección General de Asuntos
Jurídicos y emitió el Dictamen DGAJ N° 9598/2020. Allí, tras realizar una reseña de lo
actuado y el análisis jurídico pertinente, destacó que "(...) para dar publicidad
adecuada a la nueva fecha, deberán efectuarse las publicaciones de rigor, con la
antelación que la normativa vigente exige" y concluyó: "En virtud de los antecedentes
reseñados, y análisis jurídico efectuado, esta Dirección General de Asuntos Jurídicos
opina que resulta jurídicamente viable lo sugerido por la Dirección General de
Compras y Contrataciones, quedando a cargo de la Oficina de Administración y
Financiera decidir al respecto. En caso afirmativo, deberá cumplirse con la publicidad
mencionada en la última parte del párrafo anterior".
Que puesto bajo análisis de esta Oficina de Administración y Financiera resulta
pertinente poner de resalto que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/2020 del
Poder Ejecutivo de la Nación y Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/2020 del Jefe
de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se declaró la emergencia
pública sanitaria en el ámbito nacional y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, lo
que exige la adopción de medidas tendientes a evitar y/o reducir la propagación del
COVID-19 en nuestro territorio.
Que los acontecimientos excepcionales de naturaleza epidemiológica que
comprometen la salud pública del país imponen restricciones a la movilidad de las
personas y al uso del transporte público con el objetivo de evitar la propagación del
coronavirus.
Que en razón de lo antedicho, es ostensible que resultaría imprudente no atender la
sugerencia de postergación de la fecha de apertura pública de ofertas de la Licitación
Pública N° 6/2020, máxime si se toma en consideración que ningún oferente adquirió
los pliegos de la licitación que aquí nos ocupan por lo que no se verían afectados
derechos subjetivos de terceros.
Que en punto a la normativa aplicable al caso, la ley 4764 modificó parcialmente la Ley
2095 e incluyó dentro del artículo 13 referido a la formalidad de la actuaciones, el
inciso b) que incorpora "La suspensión o postergación de la fecha de apertura de
ofertas" como uno de los casos en que debe dictarse acto administrativo, con los
requisitos establecidos en el artículo 7° de la Ley de Procedimientos Administrativos
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que a su vez la Resolución CM N° 1/2014 determina que corresponde a esta
dependencia suscribir los actos administrativos que suspendan o modifiquen la fecha
de apertura de ofertas contrataciones cuyo presupuesto oficial no supere las
setecientas mil (700.000.-) unidades de compra, como en el caso que nos ocupa.
Que en consecuencia, en línea con lo propiciado por la Dirección General de Compras
y Contrataciones, visto lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos y
con especial atención a los acontecimientos excepcionales de naturaleza
epidemiológica que comprometen la salud pública del país, corresponderá postergar la
fecha límite para la presentación y apertura pública de ofertas en el marco de la
Licitación Pública N° 06/2020 para el 30 de abril de 2020 a las 12:00 horas o el día
hábil siguiente a la misma hora si resultara feriado o se decretara asueto, pudiéndose
realizar consultas hasta las 12:00 horas del 23 de abril de 2020 o el día hábil siguiente
a la misma hora si resultara feriado o se decretara asueto.
Que finalmente, deberá instruirse a la Dirección General de Compras y Contrataciones
para que realice las publicaciones y notificaciones de este acto de conformidad con lo
establecido en la Ley N° 2095, su modificatoria Ley N° 4764, su reglamentación y en la
Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-. En particular deberá
comunicar la postergación de las fechas que se dispondrá en este acto a todas las
firmas previamente invitadas, a la Unión Argentina de Proveedores del Estado y a la
Cámara Argentina de Comercio, debiendo dejar constancia en el expediente de
marras de la totalidad de las comunicaciones efectuadas.
Por lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus
modificatorias;
EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL
PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1°: Postérguese la fecha límite para la presentación y apertura pública de
ofertas en el marco de la Licitación Pública N° 06//2020 para el 30 de abril de 2020 a
las 12:00 horas o el día hábil siguiente a la misma hora si resultara feriado o se
decretara asueto, pudiéndose realizar consultas hasta las 12:00 horas del 23 de abril
de 2020 o el día hábil siguiente a la misma hora si resultara feriado o se decretara
asueto.
Artículo 2°: Instrúyase a la Dirección General de Compras y Contrataciones para que
realice las publicaciones y notificaciones de este acto de conformidad con lo
establecido en la Ley N° 2095, su modificatoria Ley N° 4764, su reglamentación y en la
Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-. En particular deberá
comunicar la postergación de las fechas que se dispuso en este acto a todas las
firmas previamente invitadas, a la Unión Argentina de Proveedores del Estado y a la
Cámara Argentina de Comercio, debiendo dejar constancia en el expediente de
marras de la totalidad de las comunicaciones efectuadas.
Artículo 3°: Regístrese, publíquese como se ordenara y comuníquese a la Dirección
General de Informática y Tecnología y a la Dirección General de Programación y
Administración Contable. Pase a la Dirección General de Compras y Contrataciones, a
sus efectos. Montenegro