RESOLUCIÓN 149 2020 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Síntesis:
SE RECTIFICA LA RESOLUCIóN N° 96-SAGYP/20
Publicación:
04/11/2020
Sanción:
28/10/2020
Organismo:
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
"2020. Año del General Manuel Belgrano"
VISTO: El TEA A-01-00010725-1/2019-0 caratulado "D.G.C.C. s/ Contratación para
Control de Plagas e Higiene Ambiental"; y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución OAyF N° 275/2019 se autorizó el llamado a Licitación Pública N°
22/2019 de etapa única que tiene por objeto la contratación del servicio de control de
plagas e higiene ambiental para los distintos edificios del Poder Judicial (áreas
administrativa y jurisdiccional) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la forma y
según las características especificadas en el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares que obra como Anexo I de esa Resolución.
Que en particular, la Licitación Pública N° 22/2019 comprende la prestación del
servicio de control de plagas e higiene ambiental en los edificios ubicados en Av. Julio
A. Roca 516/530 (Renglón 1), Beruti 3345 (Renglón 2), Tacuarí 138 (Renglón 3), Av.
Roque Sáenz Peña 636 (Renglón 4), Av. de Mayo 654 (Renglón 5), Beazley 3860
(Renglón 6), Tacuarí 124 (Renglón 7), Bolívar 177 (Renglón 8), Libertad 1042/1046
(Renglón 9), Av. Julio A. Roca 546 (Renglón 10), Av. Julio A. Roca 534/538 (Renglón
11), Av. Figueroa Alcorta 2263 (Renglón 12) y Av. Pedro de Mendoza 2689 (Renglón
13).
Que posteriormente, mediante Resolución OAyF N° 458/2019 se aprobó el
procedimiento llevado a cabo en la Licitación Pública N° 22/2019 de etapa única y se
adjudicó a la empresa a Agus Fumigaciones S.R.L. por la suma total de pesos dos
millones ciento cincuenta y cinco mil trescientos veinte ($2.155.320,00) IVA incluido,
conforme la oferta obrante en los Documentos Adjuntos 33947/19 y 35077/19 y según
el Pliego de Bases y Condiciones Particulares (v. Adjunto 29862/19).
Que la contratación referida se formalizó mediante Orden de Compra N° 1372, retirada
por la adjudicataria el 29 de noviembre de 2019 (v. Adjunto 51009/19).
Que posteriormente, la Dirección General de Obras y Servicios Generales solicitó la
ampliación de la contratación de marras para la provisión del servicio de control de
plagas e higiene ambiental en el edificio de Suipacha 150 (v. Adjunto 36612/20). A su
vez, informó que dicha sede "es asimilable a la O.C N° 1372 en los Renglones N° 2,
2.1, 2.2, 2.3, 2.4, 2.5, 2.6 y 2.7 de la Sede de Beruti 3345" (v. Nota 2F 2404/20).
Que entonces, cumplidos los pasos procedimentales pertinentes, se emitió la
Resolución SAGyP N° 96/2020 que en su artículo 1° aprueba la ampliación contractual
de la Orden de Compra N° 1372 con la firma Agus Fumigaciones S.R.L. para la
provisión del servicio de control de plagas e higiene ambiental en el edificio sito en
Suipacha 150 de esta Ciudad, por la suma total de pesos diecinueve mil ochocientos
setenta y cinco ($19.875,00) IVA incluido, conforme la oferta obrante en los
Documentos Adjuntos 33947/19 y 35077/19 y según el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares de la Licitación Pública N° 22/2019 (v. Adjunto 66460/20).
Que la ampliación se formalizó por la Orden de Compra N° 1428 (v. Adjunto
66061/20), notificada a la adjudicataria el 25 de septiembre del corriente (v. Adjunto
66700/20 y 67318/20).
"2020. Año del General Manuel Belgrano"
Que sin perjuicio de lo dispuesto en la Resolución SAGyP N° 96/2019, la firma Agus
Fumigaciones S.R.L., arguyó que "(...) nos han pedido una cotización para el edificio
de Suipacha 150 y el valor real de mercado, teniendo en cuenta las dimensiones que
son similares al edificio de Beruti 3345, es de $8.900 mensual I.V.A. incluido", razón
por la cual entendió que "(...) hubo un error al confeccionar la Orden de Compra, ya
que es imposible realizar el servicio de control de plagas al precio indicado y por el
término de quince meses" y, en consecuencia, solicitó la rectificación de la Orden de
Compra N° 1428 (v. Adjunto 74090/20).
Que en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley N° 70 (texto consolidado según Ley N°
6.017), la Dirección General de Programación y Administración Contable realizó la
afectación presupuestaria complementaria correspondiente (v. Adjuntos 77760/20 y
77761/20).
Que la Dirección General de Compras y Contrataciones indicó que "(...) erróneamente
tomó como referencia el monto mensual de Pesos Un Mil Trescientos Veinticinco ($
1.325.-) IVA incluido, que fuera originalmente adjudicado para uno de los subrenglones
del inmueble sito en Beruti 3345 de esta Ciudad, cuando se debió haber tomado el
monto mensual por la totalidad de los subrenglones que conforman el Renglón 2,
conforme lo oportunamente manifestado por la Dirección General de Obras y Servicios
Generales en Nota 2F N° 2404/20" por lo cual entendió que "(...) advertido el error en
atención a la Nota presentada por la adjudicataria (ADJ 74090/20), corresponde
proceder a rectificar la Orden de Compra N° 1428 (ADJ 66061/20) y la Resolución
SAGyP n° 96/20, ya que a los efectos de la ampliación contractual en cuestión, el
inmueble sito en Suipacha 150 debe ser asimilado a la totalidad del ubicado en Beruti
3345".
Que así pues, la Dirección General de Compras y Contrataciones manifestó que "(...)
el monto mensual por la totalidad de los subrenglones que conforman el Renglón 2
asciende a la suma de Pesos Nueve Mil Doscientos Setenta y Cinco ($ 9.275.-),
resultando un valor total por la ampliación contractual de Pesos Ciento Veintinueve Mil
Ochocientos Cincuenta ($ 129.850) IVA incluido, considerando un plazo de catorce
meses (octubre 2020 hasta la finalización del contrato)" y en consonancia con ello
sugirió la rectificación de la Resolución SAGyP N° 96/20 y de la Orden de Compra N°
1428 (v. Nota 4048/20).
Que en tal estado llega la cuestión para tratamiento de esta Secretaría de
Administración General y Presupuesto.
Que la Ley N° 6.302 al modificar la Ley N° 31 (texto consolidado según Ley N° 6.017)
creó la Secretaría de Administración General y Presupuesto y estableció dentro de sus
funciones la de ejecutar, bajo el control de la Comisión de Administración, Gestión y
Modernización Judicial, el presupuesto anual del Poder Judicial de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires (cfr. inc. 4 del art. 28) y la de realizar las contrataciones de
bienes y servicios (...) (cfr. inc. 6 del art. 28).
Que en virtud de lo establecido en la normativa precitada, esta Secretaría de
Administración General y Presupuesto resulta competente para resolver el presente
trámite.
Que a su turno, cabe destacar que el artículo 120 de la Ley de Procedimientos
Administrativos -Decreto 1.510/97 (texto consolidado según Ley N° 6.017) - establece
que "en cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente materiales o de
hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o
decisión", tal como sucede en este caso.
"2020. Año del General Manuel Belgrano"
Que en atención a lo expuesto, a efectos de corregir el error aritmético señalado por la
Dirección General de Compras y Contrataciones, corresponderá rectificar el texto del
artículo 1° de la Resolución SAGyP N° 96/2020 el que deberá quedar redactado de la
siguiente forma: "Apruébase la ampliación contractual de la Orden de Compra N° 1372
con la firma Agus Fumigaciones S.R.L. para la provisión del servicio de control de
plagas e higiene ambiental en el edificio sito en Suipacha 150 de esta Ciudad, por la
suma total de pesos ciento veintinueve mil ochocientos cincuenta ($129.850,00) IVA
incluido, considerando un plazo de catorce (14.-) meses (octubre 2020 hasta
noviembre de 2021, ambos inclusive), conforme la oferta obrante en los Adjuntos
33947/19 y 35077/19 y según el Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la
Licitación Pública N° 22/2019".
Que en tal sentido, se instruirá a la Dirección General de Compras y Contrataciones a
efectos de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el
perfeccionamiento de la presente ampliación y las publicaciones y notificaciones de
este acto conforme lo establecido en la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N°
6.017), su reglamentaria la Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos
Administrativos -Decreto 1.510/97- (texto consolidado según Ley N° 6.017). Asimismo,
deberá notificar a la adjudicataria.
Por lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N° 31 (texto
consolidado según Ley N° 6.017) y sus modificatorias;
LA SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL Y PRESUPUESTO
DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1°: Rectifícase el texto del artículo 1° de la Resolución SAGyP N° 96/2020 el
que quedará redactado de la siguiente forma: "Apruébase la ampliación contractual de
la Orden de Compra N° 1372 con la firma Agus Fumigaciones S.R.L. para la provisión
del servicio de control de plagas e higiene ambiental en el edificio sito en Suipacha
150 de esta Ciudad, por la suma total de pesos ciento veintinueve mil ochocientos
cincuenta ($129.850,00) IVA incluido, considerando un plazo de catorce (14.-) meses
(octubre 2020 hasta noviembre de 2021, ambos inclusive), conforme la oferta obrante
en los Adjuntos 33947/19 y 35077/19 y según el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares de la Licitación Pública N° 22/2019".
Artículo 2°: Instrúyase a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos
de que por su intermedio se realicen las tareas necesarias para el perfeccionamiento
de la presente ampliación y las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo
establecido en la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017), su
reglamentaria la Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos
Administrativos -Decreto 1.510/97- (texto consolidado según Ley N° 6.017). Asimismo,
deberá notificar a la adjudicataria.
Artículo 3°: Regístrese, publíquese como se ordenara precedentemente y
comuníquese a la Dirección General de Obras y Servicios Generales y a la Dirección
General de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección General de
Compras y Contrataciones para su cumplimentación, y oportunamente archívese.
Ferrero