RESOLUCIÓN 165 2020 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

Síntesis:

SE PRORROGA - PLAZO PARA PRESENTACIÓN DE DECLARACIÓN JURADA - PAGO DEL TRIBUTO CORRESPONDIENTE AL ANTICIPO 3/2020 - IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS - CORONAVIRUS - MEDIDAS EXCEPCIONALES

Publicación:

13/04/2020

Sanción:

08/04/2020

Organismo:

ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS


VISTO: LOS DECRETOS NACIONALES N° 297/PEN/2020 (BORA N° 34334) Y N°

325/PEN/2020 (BORA N° 34344) Y LA RESOLUCIÓN N° 4651/MEFGC/19 (BOCBA

N° 5740) CON LAS MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR LAS RESOLUCIONES

N° 138/MHFGC/19 (BOCBA N° 5772) Y N° 1233/MHFGC/20 (BOCBA N° 5833), Y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 4651/MEFGC/19, modificada por las Resoluciones N°

138/MHFGC/19 y N° 1233/MHFGC/20, fueron establecidas las fechas de vencimiento

de los tributos que percibe la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos

correspondientes al ejercicio fiscal 2020;

Que a partir de la aparición de la Pandemia del Coronavirus (COVID-19), el Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha adoptado múltiples medidas de

prevención y control tendientes a reducir el riesgo de propagación del contagio de la

citada enfermedad;

Que por medio del Decreto Nacional N° 297/PEN/2020, en el marco de la Emergencia

Sanitaria ocasionada por la Pandemia del Coronavirus (COVID-19), se dispuso el

aislamiento social, preventivo y obligatorio, el cual ha sido prorrogado por el Decreto

Nacional N° 325/PEN/2020;

Que como consecuencia de las restricciones impuestas por la Emergencia Sanitaria,

considerando las especiales características económicas y de estructura gerencial de

los contribuyentes y/o responsables comprendidos en la Categoría Locales del

Impuesto sobre los Ingresos Brutos, resulta oportuno prorrogar la fecha de

vencimiento de la presentación de la Declaración Jurada y el pago del tributo

correspondiente al mes de marzo del corriente año, exclusivamente respecto de

dichos contribuyentes y/o responsables, cuyos vencimientos operan entre los días 13 y

17 de abril de 2020;

Que es propósito de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos afianzar

la comunicación y la relación Fisco - Contribuyente, permitiendo el cumplimiento de las

obligaciones tributarias en tiempo y forma.

Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por la Resolución N°

4651/MEFGC/19 y sus modificatorias N° 138/MHFGC/19 y N° 1233/MHFGC/20,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE

Artículo 1°.- Prorrógase el plazo para la presentación de la Declaración Jurada y el

pago del tributo correspondiente al Anticipo 3/2020 del Impuesto sobre los Ingresos

Brutos, cuyos vencimientos operan entre los días 13 y 17 de abril de 2020,

exclusivamente respecto de los contribuyentes y/o responsables comprendidos en la

Categoría Locales, según se detalla a continuación:

Fecha de vencimiento según terminación número de CUIT

(dígito verificador)

0 a 1

2 a 3

4 a 5

6 a 7

8 a 9

Anticipo 3

27/04/2020

28/04/2020

29/04/2020

30/04/2020

04/05/2020

Artículo 2°.- Si la fecha establecida en el artículo anterior resultara día no laborable

para la Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o entidades

bancarias, el vencimiento se producirá el día hábil siguiente.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

comuníquese a la Subdirección General de Sistemas dependiente de la Dirección

General de Planificación y Control, al Banco de la Ciudad de Buenos Aires y a las

Direcciones Generales de Rentas, de Análisis Fiscal y demás áreas dependientes de

esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos para su conocimiento y

demás efectos. Cumplido archívese. Ballotta

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 165-AGIP/20 prorroga el plazo para la presentación de la Declaración Jurada y el<br />pago del tributo correspondiente al Anticipo 3/2020 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, cuyos vencimientos operan entre los días 13 y 17 de abril de 2020, quedando modificada la Resolución N° 4651-MEFGC/19.</p>