RESOLUCIÓN 99 1997 SECRETARIA DE GOBIERNO

Síntesis:

SUSPENDE POR EL TÉRMINO DE CIENTO OCHENTA (180) DÍAS LA INICIACIÓN DE LOS TRÁMITES PARA LA HABILITACIÓN DE NUEVAS CARTELERAS, ESTRUCTURAS, ETC, EN LA VÍA PÚBLICA

Publicación:

12/05/1997

Sanción:

09/05/1997

Organismo:

SECRETARIA DE GOBIERNO


Visto lo normado en el Código de Habilitaciones y Verificaciones, Título 4 "De la Publicidad", Sección 13 "Anuncios" que regula lo relativo a la publicidad en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, y el artículo 95 de la Ley N° 24.449, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 41 de la Constitución Nacional asegura a todos los habitantes el derecho a un medio ambiente sano, alentando el dictado de normas que contengan presupuestos mínimos de protección del ciudadano de toda forma de polución, incluida la visual;

Que es acorde con la norma indicada la establecida en el artículo 27, inciso 2) de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, que obliga a desarrollar al gobierno, políticas de preservación de la calidad visual para sus habitantes;

Que la publicidad que conspire contra estos principios debe ser regulada de acuerdo a lo establecido en el artículo 27, inciso 9) de la Constitución de la Ciudad;

Que el Gobierno de la Ciudad ha emprendido un relevamiento para detectar todos los anuncios que estén en contravención con las normas existentes en la materia;

Que asimismo es imprescindible realizar un estudio de normas que armonicen los derechos con las actividades comerciales y publicitarias de los ciudadanos;

Que la Dirección General de Registros y Certificaciones, dependiente de esta Secretaría, es la repartición de competencia específica a los efectos de la habilitación de avisos publicitarios en vía pública;

Que conforme a lo expuesto, resulta necesario suspender temporariamente la habilitación de nuevos anuncios publicitarios, así como los trámites que se encuentren pendientes de aprobación, hasta que se concrete un relevamiento integral de la publicidad existente;

Por ello,

EL SECRETARIO DE GOBIERNO

RESUELVE:

Artículo 1° - Suspéndese por el término de ciento ochenta (180) días la iniciación de los trámites para la habilitación de nuevos anuncios publicitarios en la vía pública.

Art. 2° - Suspéndese por el mismo término los trámites de habilitación iniciados antes de la entrada en vigencia de la presente resolución.

Art. 3° - Suspéndese la instalación de las carteleras que no obstante estar habilitadas, no hubiesen sido emplazadas dentro del plazo estipulado en el punto 13.2.14 del Código de Habilitaciones y Verificaciones.

Art. 4° - Procédase a realizar un relevamiento pormenorizado de los anuncios existentes en toda la ciudad a fin de determinar la legitimidad de su instalación.

Art. 5° - El cumplimiento de la presente reedución estará a cargo de la Dirección General de Registros y Verificaciones dependiente de esta Secretaría de Gobierno.

Art. 6° - La presente resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación.

Art. 7° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Registros y Verficaciones y de Policía Municipal. Cumplido, archívese.

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