DECRETO 1805 1999
Síntesis:
ADICIONAL SELECTIVO Y TRANSITORIO POR FUNCIÓN SUPERIOR ASIGNASE A LAS DIRECCIONES GENERALES DE PROMOCIÓN Y DESARROLLO TURISTICO Y TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL, DEPENDIENTES DE LA SECRETARIA DE TURISMO
Publicación:
28/09/1999
Sanción:
06/09/1999
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Decreto N° 480-GCBA-96 y el Decreto N° 801-99, y
CONSIDERANDO:
Que por la norma citada en primer término en su Art. 4° se crea para el cargo y función Director General un Adicional Selectivo y Transitorio por Función Superior;
Que por el decreto citado en segundo término se creó la Secretaría de Turismo y se aprobó su estructura orgánica, encontrándose dentro de ésta las Direcciones Generales de Promoción y Desarrollo Turístico y Técnica Administrativa y Legal;
Qae el adicional creado por el Decreto N° 480-GCBA-96 es asignado en forma selectiva y transitoria por el Jefe de Gobierno;
Por ello y en uso de las facultades que le confiere el Art. 104, Inc. 9) de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,
Artículo. 1° Asígnase a partir del 1° de julio de 1999 el Adicional Selectivo y Transitorio por Función Superior creado por Art. 4° del Decreto N° 480-GCBA-96 a las Direcciones Generales de Promoción y Desarrollo Turístico y Técnica, Administrativa y Legal dependientes de la Secretaría de Turismo.
Art. 2° La Secretaría de Hacienda y Finanzas, a través de sus organismos competentes, arbitrará los medios necesarios para dar cumplimiento al presente.
Art. 3° El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Turismo y de Hacienda y Finanzas.
Art. 4° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales de Recursos Humanos y de la Oficina de la Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese.