DISPOSICIÓN 46 2020 DIRECCION GENERAL PROMOCION DEL LIBRO, BIBLIOTECAS Y LA CULTURA

Síntesis:

SE MODIFICA - DISPOSICIÓN 25-DGPLBC/20 - AUTORIZACION - PRESTACIÓN DE TAREAS - FORMA REMOTA - ONLINE - TELETRABAJO - TRANSITORIAMENTE - TRABAJADORES - CUALQUIERA SEA SU ESCALAFÓN - SU MODALIDAD DE CONTRATACIÓN - DIRECCIÓN GENERAL - MINISTERIO DE CULTURA - COVID 19 - EMERGENCIA SANITARIA - PANDEMIA - CORONAVIRUS - DECRETO 147/20 -  DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA 297-PEN/20 - MODIFICATORIOS - PRÓRROGAS 

Publicación:

24/04/2020

Sanción:

17/04/2020

Organismo:

DIRECCION GENERAL PROMOCION DEL LIBRO, BIBLIOTECAS Y LA CULTURA


VISTO: El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297-PEN/20, y sus modificatorios, el

Decreto N° 147/20, la Disposición N° 25-DGPLBC/20, el Expediente Electrónico N°

10143117-GCABA-DGPLBC/20, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297-PEN/20 se estableció la

medida de "aislamiento social, preventivo y obligatorio" desde el 20 hasta el 31 de

marzo inclusive del corriente año, para todas las personas que habitan en el país o se

encuentren en él en forma temporaria, pudiendo la misma ser prorrogada por el tiempo

que se considere necesario en atención a la situación epidemiológica;

Que por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 325-PEN/20 y 355-PEN/20 se

prorrogó la vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297-PEN/20, hasta los

días 12 de abril y 26 de abril de 2020 respectivamente;

Que por la Disposición N° 25-DGPLBC/20, se autorizó la prestación de tareas de

forma remota y mediante la modalidad "online" o teletrabajo, de manera transitoria,

para todos los trabajadores pertenecientes a esta Dirección General conforme los

lineamientos del Decreto N° 147/20;

Que a los fines de cumplimentar con las recomendaciones y medidas decretadas por

el Poder Ejecutivo Nacional, resulta necesario ampliar los términos del artículo 1° de la

Disposición N° 25-DGPLBC/20;

Que es pertinente el dictado del acto administrativo que modifique en forma parcial la

Disposición mencionada en el párrafo precedente;

Por ello, en uso de las facultades otorgadas por el Decreto N° 147/20,

LA DIRECTORA GENERAL

DE PROMOCIÓN DEL LIBRO, BIBLIOTECAS Y LA CULTURA

DISPONE:

Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 1° de la Disposición N° 25-DGPLBC/20, que

quedará redactado de la siguiente manera: "Autorízase la prestación de tareas de

forma remota y mediante la modalidad "online" o teletrabajo, de manera transitoria,

para todos los trabajadores, cualquiera sea su escalafón y su modalidad de

contratación, pertenecientes a las reparticiones dependientes de esta Dirección

General, conforme lo previsto en el Decreto N° 147/20, en el Decreto de Necesidad y

Urgencia N° 297-PEN/20, y sus modificatorios, y sus eventuales prórrogas.".

Artículo 2°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese al Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. Artunduaga

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art 1 de la Disposición 46-DGPLBC-20,modifíca el Artículo 1º de la Disposición 25-DGPLBC/20.</p>