ORDENANZA 33439 1977

Síntesis:

APRUEBA TRAZAS Y PLAZOS DE EDIFICACIÓN DE DISTINTOS TRAMOS DE AUTOPISTAS

Publicación:

05/04/1977

Sanción:

31/03/1977

Organismo:

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES


Visto la aprobación del Código de Planeamiento Urbano, que prevé la implementación de una red de autopistas urbanas, y

CONSIDERANDO:

Que los antecedentes en que se basa su definición están contenidos en la Introducción del citado Código, que conforme la Ordenanza número 33.387 (B.M. 15.475) forma parte de la misma;

Que se hace necesario aprobar las trazas y los plazos de ejecución de las autopistas sobre las cuales aún no se ha adoptado decisión;

Que la implementación de las citadas disposiciones hace necesaria técnicamente una escala en tiempo que permita poder conectar de manera funcional los distintos tramos de autopistas entre si, conforme los plazos de ejecución previstos para cada una de ellas;

Por ello, de acuerdo con lo aconsejado por el Consejo de Planificación Urbana, lo propuesto por la Secretaría de Obras Públicas y en uso de las facultades concedidas por la Ley N° 21.314 (B.M. 15.270),

El Intendente Municipal Sanciona

y Promulga con Fuerza de Ordenanza

ORDENANZA:

Artículo 1° - Apruébase la traza de la Autopista Central (AU3) y declárase de utilidad pública con afectación diferida en los términos del Art. 34 de la Ley 21.499: al año 1.980 el tramo comprendido entre la Avenida General Paz (AU4) hasta la Avenida Estado de Israel; al año 1981 el tramo siguiente hasta la Autopista Sur (AUD; y al año 1982 el tramo restante hasta la Avenida 27 de Febrero (AV2), todo ello según plano N° 1596 del Consejo de Planificación Urbana.

Art. 2° - Apruébase la traza de la autopista Transversal (AU5) y declárase de utilidad pública con afectación diferida en los términos del Art. 34 de la Ley 21.499: al año 1983 el tramo comprendido entre la Autopista Perito Moreno (AU6) hasta la Autopista Central (AU3); y al año 1984 el tramo restante hasta la Autopista Costera (AU2); todo ello según el plano N° 1597 del Consejo de Planificación Urbana.

Art. 3° - Apruébase la traza de la Autopista Occidental (AU7) y declárase de utilidad pública con afectación diferida en los términos del Art. 34 de la Ley 21.499; al año 1985 el tramo comprendido entre la Avenida General Paz (AU4) hasta la Autopista Transversal (AU5); y al año 1986 el tramo restante hasta la Avenida 27 de Febrero (AV2) todo ello según el plano N° 1599 del Consejo de Planificación Urbana.

Art. 4° - Apruébase la traza de la Autopista AU8 y declárase de utilidad pública con ejecución diferida al año 1987 en los términos del Art. 34 de 19, Ley 21.499, de acuerdo al plano NO 1600 del Consejo de Planificación Urbana.

Art. 5° - Los planos citados forman parte a todos sus efectos de la presente Ordenanza.

Art. 6° - En caso de obras en construcción o cualquier ctro en el cual se presenten situaciones especiales debidamente justificadas, el Departamento Ejecutivo queda facultado para autorizar la compra con antelación a las fechas establecidas en la presente Ordenanza.

Art. 7° - La presente Ordenanza será refrendada por todos los señores Secretarios del Departamento Ejecutivo.

Art. 8°- Dese al Registro Municipal, publíquese en el Boletín Municipal, y para su conocimiento y demás fines pase al Consejo de Planificación Urbana, a las Direcciones Generales de Fiscalización Obras de Terceros y de Tránsito y Obras Viales y a la Inspección General.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 3396, deroga parcialmente la traza de la AU3 aprobada por Ordenanza 33439, en el tramo comprendido entre la Avenida General Paz y la calle La Pampa.</p>
MODIFICADA POR
Art 1 de la Ord 36145 deroga traza aprobada por Ord 33439
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ordenanza 36737 deroga los Arts. 3 y 4 de la Ordenanza 33439.</p>
REFERENCIADA POR
Art. 1