RESOLUCIÓN 1036 2020 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
SE ACEPTAN - DONACIONES SIN CARGO - INSUMOS MÉDICOS - GOBIERNOS MUNICIPALES DE HANGZHOU - GUANGZHOU Y SHENZHEN - REPÚBLICA POPULAR CHINA - MINISTERIO DE SALUD - COVID-19 - CORONAVIRUS
Publicación:
28/04/2020
Sanción:
23/04/2020
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO: Las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS), el
Decretos de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N° 260/PEN/20, el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20, los Decretos Nros. 2056/78 y
modificatorios, 2.000/00 y modificatorios, 924/10, 175/20, el Expediente Electrónico N°
12239992-GCABA-SSPSGER/20, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/20 el Poder Ejecutivo
Nacional amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°
27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud
(OMS) en relación al Coronavirus COVID-19, por el plazo de un año a partir de su
publicación en el Boletín Oficial;
Que, de igual forma, mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la
Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el
15 de Junio de 2020 a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para
prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del
coronavirus (COVID-19);
Que por el citado actuado la Subsecretaría de Planificación Sanitaria y Gestión en Red
dio cuenta de la manifestación de voluntad de los Gobiernos Municipales de
Hangzhou; Guangzhou y Shenzhen de la República Popular China de donar sin cargo
al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires insumos médicos - 80.000 mascarillas
desechables quirúrgicas, 20.000 mascarillas desechables y 50.000 mascarillas KN95
de uso civil- cuyo valor total asciende a la suma de dólares estadounidenses USD
71.998.-;
Que, a efectos de lograr mayor celeridad, economía, sencillez y eficiencia en los
trámites, por Decreto N° 175/20 se exceptuaron a las donaciones efectuadas por
terceros a favor del Ministerio de Salud, en el marco de la Emergencia Sanitaria, del
procedimiento establecido en los Decretos Nros. 2056/78, 2000/00 y de las previsiones
del Decreto N° 924/10, cuando correspondiera;
Que, asimismo, se delegó en la Subsecretaría de Administración de Salud del
Ministerio de Salud, en el Ministerio de Salud y en el Ministerio de Hacienda y
Finanzas, la facultad de aceptar, en forma individual o conjunta, las donaciones sin
cargo de terceros a favor del Ministerio de Salud, en el marco de la Emergencia
Sanitaria, conforme los montos allí establecidos;
Que, de tal modo, en el marco de la emergencia sanitaria declarada por el Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/20 dictado por el Poder Ejecutivo Nacional y por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20, corresponde dictar el acto administrativo
que acepte las donaciones en cuestión.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 175/20,
Artículo 1°.- Acéptanse las donaciones sin cargo de insumos médicos - 80.000
mascarillas desechables quirúrgicas, 20.000 mascarillas desechables y 50.000
mascarillas KN95 de uso civil-, efectuadas por los Gobiernos Municipales de
Hangzhou, Guangzhou y Shenzhen de la República Popular China, cuyo valor
asciende a la suma total de dólares estadounidenses USD 71.998.-.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Subsecretaría de Planificación Sanitaria y Gestión en Red.
Cumplido, archívese. González Bernaldo de Quirós