DECRETO 194 2020

Síntesis:

SE APRUEBA - REGLAMENTACIÓN LEY 6129 - REURBANIZACIÓN DEL BARRIO PADRE CARLOS MUGICA - BENEFICIARIOS-AS - SEGURIDAD EN LA TENENCIA - CONDICIONES DE PAGO

Publicación:

29/04/2020

Sanción:

28/04/2020

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 6.129, el

EE-2020-08234448-GCABA-SECISYU; y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 6.129 tiene por objeto la re-urbanización del Barrio "Padre Carlos

Mugica", su integración con el resto de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la

radicación definitiva de sus habitantes en un hábitat adecuado;

Que entre los fundamentos de la mencionada norma se indica que, junto con la

participación plena e informada de las/os vecinos en el proceso de reurbanización, se

implementarían políticas públicas, como ser la adecuada inserción socioeconómica de

sus habitantes, la dotación de servicios públicos, infraestructura y equipamientos

comunitarios, la posibilidad de brindar soluciones habitacionales y seguridad en la

tenencia a los habitantes, las condiciones de pago que de las mismas, entre otras;

Que en consecuencia, resulta necesario establecer ciertas precisiones a los fines de

implementar las precitadas políticas públicas;

Que a tales fines, deviene necesario dictar el acto administrativo que apruebe la

reglamentación de la Ley N° 6.129;

Que la Secretaría de Integración Social y Urbana dependiente del Ministerio de

Desarrollo Humano y Hábitat, en su carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley N°

6.129, ha tomado la debida intervención en virtud de sus competencias legales;

Que han intervenido los servicios jurídicos de las distintas reparticiones competentes

del Gobierno de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires según sus competencias;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha tomado la

debida intervención en atención a sus competencias Constitucionales y Legales.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 102 de la Constitución

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Apruébase la reglamentación de la Ley N° 6.129 de reurbanización del

Barrio "Padre Carlos Mugica" que como Anexo I (IF-2020-11963294-GCABA-

SECISYU) forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Desarrollo

Humano y Hábitat y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese al Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat para su conocimiento y

demás efectos, pase a la Secretaría de Integración Social y Urbana del Ministerio de

Desarrollo Humano y Hábitat. Cumplido. Archívese. RODRÍGUEZ LARRETA -

Migliore - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5858

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
<p>Anexo I del Decreto 194-20 reglamenta a la Ley 6129. </p>