DECRETO 194 2020
Síntesis:
SE APRUEBA - REGLAMENTACIÓN LEY 6129 - REURBANIZACIÓN DEL BARRIO PADRE CARLOS MUGICA - BENEFICIARIOS-AS - SEGURIDAD EN LA TENENCIA - CONDICIONES DE PAGO
Publicación:
29/04/2020
Sanción:
28/04/2020
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 6.129, el
EE-2020-08234448-GCABA-SECISYU; y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 6.129 tiene por objeto la re-urbanización del Barrio "Padre Carlos
Mugica", su integración con el resto de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la
radicación definitiva de sus habitantes en un hábitat adecuado;
Que entre los fundamentos de la mencionada norma se indica que, junto con la
participación plena e informada de las/os vecinos en el proceso de reurbanización, se
implementarían políticas públicas, como ser la adecuada inserción socioeconómica de
sus habitantes, la dotación de servicios públicos, infraestructura y equipamientos
comunitarios, la posibilidad de brindar soluciones habitacionales y seguridad en la
tenencia a los habitantes, las condiciones de pago que de las mismas, entre otras;
Que en consecuencia, resulta necesario establecer ciertas precisiones a los fines de
implementar las precitadas políticas públicas;
Que a tales fines, deviene necesario dictar el acto administrativo que apruebe la
reglamentación de la Ley N° 6.129;
Que la Secretaría de Integración Social y Urbana dependiente del Ministerio de
Desarrollo Humano y Hábitat, en su carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley N°
6.129, ha tomado la debida intervención en virtud de sus competencias legales;
Que han intervenido los servicios jurídicos de las distintas reparticiones competentes
del Gobierno de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires según sus competencias;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha tomado la
debida intervención en atención a sus competencias Constitucionales y Legales.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 102 de la Constitución
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Apruébase la reglamentación de la Ley N° 6.129 de reurbanización del
Barrio "Padre Carlos Mugica" que como Anexo I (IF-2020-11963294-GCABA-
SECISYU) forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Desarrollo
Humano y Hábitat y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese al Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat para su conocimiento y
demás efectos, pase a la Secretaría de Integración Social y Urbana del Ministerio de
Desarrollo Humano y Hábitat. Cumplido. Archívese. RODRÍGUEZ LARRETA -
Migliore - Miguel