RESOLUCIÓN 66 2020 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Síntesis:

SE POSTERGA - ELECCIONES - JUECES JUEZAS -  CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES -  REPRESENTANTES DE LOS JUECES ZAS -    REPRESENTANTES DE LOS INTEGRANTES DEL MINISTERIO PÚBLICO -  JURADO DE ENJUICIAMIENTO -  MAGISTRADOS -  CONSEJO ACADÉMICO DEL CENTRO DE FORMACIÓN JUDICIAL - COVID 19 - EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS - PANDEMIA - NUEVA FECHA ESTIPULADA - JUEVES 28 DE MAYO DE 2020

Publicación:

30/04/2020

Sanción:

28/04/2020

Organismo:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


VISTO: Las Resoluciones CM N° 2/2020 y 62/2020, lo actuado en el expediente:

"SLyT Elecciones de Jueces/zas para el CM, representantes de los Magistrados en el

Jurado de Enjuiciamiento y en el Consejo Académico del CFJ" "(A-01-00001939-

5/2020), la Resolución J.E. N° 9/2020, y

CONSIDERANDO:

Que por Res. CM N° 2/2020 se convocó a elecciones de tres (3) jueces/juezas titulares

y tres (3) suplentes para integrar el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, seis (6) representantes de los jueces/zas del Poder Judicial de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires para integrar el Jurado de Enjuiciamiento, ocho (8)

representantes de los integrantes del Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires para integrar el Jurado de Enjuiciamiento y tres (3) magistrados para

integrar el Consejo Académico del Centro de Formación Judicial.

Que en la misma resolución se aprobó el cronograma electoral estableciendo que los

comicios se llevarían a cabo el día 8 de abril de 2020, en la sede del Consejo de la

Magistratura sita en Bolívar N° 177, piso 1°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

entre las 9.00 y las 15.00 horas.

Que el artículo 12 del Reglamento General Electoral establece que "La Junta Electoral

es el Plenario del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

pudiendo delegar esa función en las entidades de magistrados/as más

representativas".

Que en ese sentido, se delegó en el Colegio de Magistrados, Integrantes del Ministerio

Público y Funcionarios del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires y en la

Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, la función de Junta Electoral en los términos del art. 12 del

Reglamento General Electoral.

Que por Res. Pres N° 108/2020 se constituyó la Junta Electoral que actuaría en los

comicios convocados por Res. CM N° 2/2020, ejerciendo las funciones atribuidas por

las Res CM Nros. 240/2015 y 241/2015, la que fue integrada por los Dres. Martin

López Zabaleta, Bibiana Birriel, Lorena González Castro Feijoo, Cecilia Molica Lourido

y Carlos Rolero Santurian.

Que una vez constituida la Junta Electoral, esta llevó a cabo el cauce procedimental a

los efectos de cumplir con los requisitos exigidos por la ley.

Que por Res. JE N° 1/20202 se designó como Presidente de la misma al Dr. Javier

Martín López Zavaleta.

Que por Res. JE N° 2/2020 y 3/2020 se aprobaron los padrones definitivos y se

estableció el ordenamiento del trámite para la presentación de listas de candidatos,

respectivamente.

Que la Junta Electoral, con fecha 10 de marzo, mediante Res. JE N° 4/2020 oficializó

una sola lista de candidatos por lo que correspondió proclamar como miembros

titulares del Jurado de Enjuiciamiento en representación de los integrantes del

Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los Dres. Sandra Marcela

Donnini, Cristian Carlos Longobardi, Verónica Natalia Andrade, Fernando Marcelo

Lodeiro Martínez, Marcela Alejandra Solano, Juan Ignacio Cafiero, Adrián Antonio

Dávila y Mabel López Oliva.

Que mediante Res. JE N° 5/2020 se oficializaron en forma provisional las listas de

candidatos y mediante la Res. JE N° 6/2020 con fecha 18 de marzo, se oficializaron

las listas de candidatos de forma definitiva.

Que para continuar con el proceso electoral y en cumplimiento de los plazos legales, la

Junta Electoral dictó la Res JE N° 7/2020 fijando la fecha límite para la presentación

de boletas de sufragio de las dos listas oficializadas: "Independencia Judicial" y

"Justicia, Pluralidad y Autonomía".

Que, por último, con fecha 25 de marzo, a través de la Res. J.E. N° 8/2020, se

oficializaron los modelos de boletas de sufragio correspondientes a ambas listas.

Que, asimismo, en el artículo 3° de la mencionada resolución, la Junta Electoral

propuso a este Plenario, postergar el acto eleccionario, mientras continúe la

emergencia sanitaria y solicitó que se fijara una nueva fecha para la realización de los

comicios.

Que mediante Resolución CM N° 62/2020, de fecha 6 de abril de 2020, se resolvió

suspender la fecha del acto electoral que fuera convocado por Resolución CM N°

2/2020 y disponer que los comicios se llevarían a cabo el día 30 de abril de 2020.

Que con fecha 26 de abril del corriente, a través de la resolución CM N° 65/2020 se

resolvió prorrogar los alcances de las resoluciones 58/2020, 59/2020, 60/2020 y

63/2020 y la continuidad del aislamiento social, preventivo y obligatorio,

Que a través de la Resolución J.E. N° 9/2020, la junta electoral resolvió con fecha 27

de abril de 2020 proponer a este Plenario la postergación del acto eleccionario

mientras continúe el aislamiento social, preventivo y obligatorio y solicitar, fije nueva

fecha una vez finalizado el mismo, para la realización de los comicios.

Que, al respecto cabe señalar, que, tal como surge de los considerandos y en virtud

de la pandemia del virus COVID-19 este Organismo, a través de las Resoluciones de

Presidencia Nros 212/2020, 249/2020, 250/2020 y 253/2020, y de las Resoluciones

CM Nros. 58/2020, 59/2020, 60/2020, 63/2020 y 65/2020 adoptó medidas

excepcionales de carácter preventivo de conformidad con las recomendaciones y

decisiones adoptadas por las autoridades nacionales, provinciales y de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires.

Que el Poder Ejecutivo Nacional, a través del DNU N° 408/2020 estableció la prórroga

del aislamiento social, preventivo y obligatorio, instaurado por el DNU N° 297/2020

hasta el 10 de mayo inclusive.

Que, en virtud de ello, el Plenario entiende necesario atender la propuesta de la Junta

Electoral de postergar el acto eleccionario mientras continúe el aislamiento social

preventivo y obligatorio.

Que, no obstante, se estima oportuno fijar una nueva fecha para la realización de los

comicios posterior a la culminación del plazo establecido por el DNU PEN N°

408/2020, contemplando un período intermedio suficiente para la realización de una

campaña electoral previa y/o para disponer lo que se estime prudente en caso de una

nueva prolongación del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Que se deja constancia que la presente decisión se adopta por unanimidad de votos

de la totalidad de los integrantes del Cuerpo, independientemente de que por razones

técnicas no todos puedan suscribir digitalmente la presente.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones otorgadas por la Constitución de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y la Ley N° 31,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA

CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°: Postergar el acto eleccionario previsto para el día 30 de abril de 2020

mientras continúe el aislamientos social, preventivo y obligatorio.

Artículo 2°: Fijar nueva fecha de realización de los comicios para el jueves 28 de mayo

de 2020.

Artículo 3°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad por dos (2) días,

en la página web oficial del Consejo de la Magistratura

(www.consejo.jusbaires.gob.ar), notifíquese por vía electrónica a la Junta Electoral, a

los apoderados de las listas, al Tribunal Superior de Justicia, a los titulares del

Ministerio Público, a los Presidentes de las Cámaras de Apelaciones y oportunamente,

archívese. Maques - Alfonsín -Lago - Biglieri - Salvatelli - Quintana - Reynoso -

Vázquez

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art.1 de la Resolución 66-CMCABA-20, posterga el acto eleccionario previsto para el día 30 de abril de 2020 mientras continúe el aislamientos social, preventivo y obligatorio. Convocado por Resolución CM 2-2020.</p>