RESOLUCIÓN 108 2020 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Síntesis:
SE ESTABLECE - NÓMINA DE FUNCIONARIOS AUTORIZADOS A CIRCULAR - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - PROCURACIÓN GENERAL - COVID-19 - CORONAVIRUS
Publicación:
30/04/2020
Sanción:
29/04/2020
Organismo:
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Estado:
No vigente
VISTO: El Decreto N° 159/20, la Resolución N° 53-GCABA-SECLYT/20, el Expediente
Electrónico N° EX-2020-10162918-GCABA-DGTALLEYT, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 159/20 se instruyó a la titular de la Secretaría Legal y Técnica
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a determinar la nómina de las
autoridades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que deban circular,
en el ámbito de la Ciudad, o fuera de ella, si el ejercicio de sus competencias lo
amerita, toda vez que el cumplimiento de sus funciones resulta esencial para el normal
funcionamiento de distintos servicios en la Administración Pública del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, en virtud de la mentada instrucción, la que suscribe dictó la Resolución N° 53-
GCABA-SECLYT-2020 por la cual, en su artículo 2°, requirió a los/las titulares de los
Ministerios, de las Secretarías del Poder Ejecutivo, de los entes descentralizados y de
los organismos fuera de nivel, a que por medio de Comunicaciones Oficiales (CCOO)
del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE) del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, remitan la nómina de las personas, no incluidas
en el Anexo I de dicha Resolución;
Que, en virtud de la norma precedentemente citada, el Ministerio de Educación, el
Ministerio de Hacienda y Finanzas, y la Procuración General de la Ciudad, informaron
la nómina de las personas de cada una de sus dependencias que se encuentran
habilitadas a tal efecto;
Que a raíz de ello, corresponde dictar el acto administrativo que determine la nómina
del personal aludido.
Por ello y en uso de las facultades conferidas,
Artículo 1°.- Establécese que, para el Ministerio de Educación del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se encuentran autorizados a circular en el ámbito
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o fuera de ella, si el ejercicio de sus
competencias lo amerita, la nómina de funcionarios públicos listados en el Anexo I (IF-
2020-12573707-GCABA-SSCDOC) que forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 2°.- Establécese que, para el Ministerio de Hacienda y Finanzas del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se encuentran autorizado a circular en el
ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o fuera de ella, si el ejercicio de sus
competencias lo amerita, el funcionario público listado en el Anexo II (IF-2020-
12600641-GCABA-SSGRH) que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Establécese que, para la Procuración General de la Ciudad del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se encuentran autorizados a circular en el
ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o fuera de ella, si el ejercicio de sus
competencias lo amerita, la nómina de funcionarios públicos listados en el Anexo III
(IF-2020-12571917-GCABA-PG) que forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese al Ministerio de Justicia y Seguridad y, para su conocimiento y demás
efectos, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la
Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese. Montiel