DISPOSICIÓN 156 2020 DIRECCION GENERAL SEGURIDAD PRIVADA Y CUSTODIA DE BIENES

Síntesis:

SE MODIFICA - DISPOSICIÓN N° 135-DGSPCB-20 - PRESTADORAS DE SEGURIDAD - PERSONAL VIGILADOR - DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA Y CUSTODIA DE BIENES - EMERGENCIA SANITARIA - COVID19 - CORONAVIRUS - VIGILANCIA PRIVADA

Publicación:

07/05/2020

Sanción:

30/04/2020

Organismo:

DIRECCION GENERAL SEGURIDAD PRIVADA Y CUSTODIA DE BIENES


VISTO: La Ley N° 5688, los Decretos N° 446/06, N° 394/13, la Disposición N°

135/2020, y

CONSIDERANDO:

Que la emergencia sanitaria y el estado de situación epidemiológico, conforme las

disposiciones adoptadas por la Autoridad de Aplicación aconsejan adoptar medidas

transitorias preventivas, de carácter excepcional, que se traducen en la

recomendación de suspensión temporal de las actividades presenciales;

Que, atento a la situación excepcional que plantea la pandemia COVID-19

(CORONAVIRUS), se procedió a dictar normativa que establecieron protocolos de

actuación ante los desafíos que la emergencia de salud impone;

Que esta Dirección General de Seguridad Privada y Custodia de Bienes, en el marco

de una política orientada a llevar a cabo su plan estratégico, implemento los procesos

de gestión documental electrónica incorporando diversas tecnologías a los tramites,

actuaciones, y procedimientos de la administración;

Que en este sentido, esta Dirección General, se ha erigido como Autoridad de Registro

(AR-SPR) dentro de la Infraestructura de Clave Pública del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, mediante Acta de Designación de Autoridad de Registro

(IF-2018-33544299-DGSPR);

Que por lo expuesto, se dictó la Disposición N° 135-DGSPCB/2020, en la cual se

modificaron y/o prorrogaron plazos de las presentaciones que así lo requerían;

Que ante la factibilidad por parte de las empresas prestadoras de servicios de

seguridad privada, de poder realizar los trámites y/o presentaciones en forma

electrónica, surge la necesidad de derogar los artículos 4°, 5° y 6° de la Disposición N°

135-DGSPCB/2020;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA Y CUSTODIA DE BIENES

DISPONE

Artículo 1°.- Deróguese los artículos 4°, 5° y 6° de la Disposición N° 135-

DGSPCB/2020, a partir de la emisión de la presente.

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Notifíquese fehacientemente a los interesados. Comuníquese a la Subsecretaría de

Seguridad Ciudadana, archívese. Cocca

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1° de la Disposición N° 156/DGSP/20 deroga a partir de su emisión los artículos 4°, 5° y 6° de la Disposición N° 135-DGSPCB/2020.</p>