RESOLUCIÓN 122 2020 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Síntesis:
SE ESTABLECE - NOMINA DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS - AUTORIZADOS A CIRCULAR - SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN CONTENIDOS Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA - COVID 19 - PANDEMIA - CORONAVIRUS - EMERGENCIA SANITARIA
Publicación:
12/05/2020
Sanción:
11/05/2020
Organismo:
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Estado:
No vigente
VISTO: El Decreto N° 159/20, la Resolución N° 53-GCABA-SECLYT-2020, el
Expediente Electrónico N° 10162918-GCABA-DGTALLEYT/20, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 159/20 se instruyó a la titular de la Secretaría Legal y Técnica
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a determinar la nómina de las
autoridades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que deban circular,
en el ámbito de la Ciudad, o fuera de ella, si el ejercicio de sus competencias lo
amerita, toda vez que el cumplimiento de sus funciones resulta esencial para el normal
funcionamiento de distintos servicios en la Administración Pública del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, en virtud de la mentada instrucción, la que suscribe dictó la Resolución N° 53-
GCABASECLYT2020 por la cual, en su artículo 2°, requirió a los/las titulares de los
Ministerios, de las Secretarías del Poder Ejecutivo, de los entes descentralizados y de
los organismos fuera de nivel, a que por medio de Comunicaciones Oficiales (CCOO)
del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE) del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, remitan la nómina de las personas, no incluidas
en el Anexo I de dicha Resolución;
Que, en virtud de la norma precedentemente citada, el titular de la Secretaría de
Comunicación, Contenidos y Participación Ciudadana, informó las personas de sus
dependencias que se encuentran habilitadas a tal efecto;
Que a raíz de ello, corresponde dictar el acto administrativo que determine la nómina
del personal aludido.
Por ello y en uso de las facultades conferidas,
Artículo 1°.- Establécese que, para la Secretaría de Comunicación, Contenidos y
Participación Ciudadana del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se
encuentra autorizado a circular en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
o fuera de ella, si el ejercicio de sus competencias lo amerita, los funcionarios públicos
listados en el Anexo I (IF-2020-13374065-GCABA-SECCCPC) que forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese al Ministerio de Justicia y Seguridad y, para su conocimiento y demás
efectos, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la
Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese. Montiel