RESOLUCIÓN 534 2020 SUBSECRETARIA PLANIFICACION SANITARIA Y GESTION EN RED

Síntesis:

SE APRUEBA - PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA MANEJO DE CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS DE CORONAVIRUS -COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA - PANDEMIA - SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION SANITARIA Y GESTION EN RED

Publicación:

12/05/2020

Sanción:

08/05/2020

Organismo:

SUBSECRETARIA PLANIFICACION SANITARIA Y GESTION EN RED

Estado:

No vigente


VISTO: Las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, El Decreto de

Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/2020, N° 297/PEN/2020,N° 408/PEN/2020, la Ley

N° 6.292 y Ley N° 5670, los Decretos N° 140/20, 170/18 y Decreto de Necesidad y

Urgencia N° 1/20 y EX-2020-12449355-GCABA-DGPLO;

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/2020, el Poder Ejecutivo de

la Nación, amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°

27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud

(OMS) en relación con el coronavirus (COVID-19), por el plazo de Un (1) año a partir

de la entrada en vigencia de dicho decreto;

Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado que el Coronavirus

(COVID-19) se está propagando de persona a persona, aceleradamente a nivel

mundial;

Que se observa que la morbimortalidad afecta especialmente a los mayores de 70

años entre otros grupos de alto riesgo;

Que tal situación torna imprescindible la implementación de medidas de prevención y

control tendientes a reducir el riesgo de propagación del contagio en la población;

Que por Decreto N° 140/20, en virtud de las recomendaciones de la Organización

Mundial de la Salud (OMS), se dispuso la restricción de diferentes actividades;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la Emergencia Sanitaria

en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de Junio de 2020 a

los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo

de propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19);

Que posteriormente, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/PEN/2020 del Poder

Ejecutivo de la Nación estableció para todo el territorio nacional, la medida de

"Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y la prohibición de desplazarse por rutas,

vías y espacios públicos, a fin de prevenir la circulación y el contagio del virus COVID-

19 siendo prorrogada por el el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 408/PEN/2020;

Que la Ley N° 6.292 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que el Jefe de

Gobierno es asistido sus funciones por los Ministros, de conformidad con las

facultades y responsabilidades que le confiere dicha ley;

Que corresponde al Ministerio de Salud asistir al Jefe de Gobierno en el diseño,

planificación, ejecución y control de las políticas, planes y programas de promoción,

prevención, recuperación y rehabilitación de la salud de la población, en el marco del

Sistema Único e Integrado de Salud;

Que asimismo, Ley N° 5.670 establece como autoridad de aplicación al Ministerio de

Salud, el cual debe regular la actividad de los Establecimientos privados para

personas mayores que presten servicios en el ámbito de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que en el marco de la pandemia mencionada y atento los antecedentes reseñados,

resulta necesario aprobar un protocolo que establezca las medidas a arbitrar en los

establecimientos privados de adultos mayores frente a la detección de un caso

sospechoso y/o confirmado;

Que por Decreto N° 147/20 se estableció que el Ministerio de Salud de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y todos los organismos bajo su órbita, son áreas de

máxima esencialidad e imprescindibles durante la vigencia de la pandemia

Coronavirus (COVID-19) y se facultó a las autoridades superiores con rango no inferior

a Director General a establecer protocolos y procedimientos de trabajo acordes a la

situación epidemiológica actual, asegurando la prestación de los servicios;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley 6.292 y 5.670 y Decreto

N°147/2020,

EL SUBSECRETARIO DE PLANIFICACIÓN SANITARIA Y GESTIÓN EN RED

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase el "Protocolo de actuación para manejo de casos sospechosos

y confirmados de coronavirus (Covid-19) en residencias geriátricas. Manejo de

contingencia" que como Anexo I (IF-13196591-2020-GCABA-DGPLO), forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y entes descentralizados. Cumplido,

archívese. Ferrante


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 534-SSPSGER-20 aprueba el Protocolo de actuación para manejo de casos sospechosos<br />y confirmados de coronavirus (Covid-19) en residencias geriátricas. Manejo de contingencia, en el marco de la Emergencia declarada mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 1-20.</p>
DEROGADA POR
<p>Art. 2 de la Resolución 859-SSPSGER-20 deroga la Resolución 534-SSPSGER-20.</p>