RESOLUCIÓN 164 2020 F/N PROCURACION GENERAL DE LA CIUDAD
Síntesis:
SE PRORROGA - HASTA EL 24 DE MAYO DE 2020 INCLUSIVE - RESOLUCIÓN 89-PG-20 - SUSPENSIÓN DE AUDIENCIAS Y PLAZOS ADMINISTRATIVOS - DIRECCIÓN GENERAL SUMARIOS - PROCURACIÓN GENERAL - CORONAVIRUS - COVID-19
Publicación:
13/05/2020
Sanción:
11/05/2020
Organismo:
F/N PROCURACION GENERAL DE LA CIUDAD
VISTO: Los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 260/PEN/20, 297/PEN/20,
325/PEN/20, 355/PG/20,408/PEN/20, 459/PEN/20, 1/20 y 6/20, el Decreto N° 147/20 y
las Resoluciones Nros. 89-GCABA-PG/20,116-GCABAPG/20, 130-GCABA-PG/20 y
145-GCABA-PG/20, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 11 de Marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud declaró el
brote del coronavirus COVID-19 como una pandemia;
Que a través del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/20, el titular del Poder
Ejecutivo de la Nación amplió, desde el 13 de Marzo del corriente año, por el plazo de
un año la emergencia pública en materia sanitaria, dictada por la Ley 27.541;
Que el día 17 de marzo del corriente, el Sr. Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires ha dictado el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1, modificado por
su similar N° 6, mediante el cual declara la Emergencia Sanitaria en el ámbito de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020 a los fines de atender
y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del
contagio en la población del coronavirus (COVID-19);
Que en el mencionado decreto se destaca que, conforme lo ha declarado la
Organización Mundial de la Salud, el coronavirus (COVID-19) se está propagando con
mucha celeridad de persona a persona;
Que en razón de ello, a través del Decreto N° 147/GCABA/20 se ha dispuesto, entre
otras cosas, que se faculte a las autoridades superiores con rango no inferior a
Director General o equivalente a autorizar a prestar el servicio de forma remota y
establecer las condiciones en que dicha labor será realizada;
Que, en tal contexto, mediante Resolución N° 89-GCABA-PG/20, se resolvió
suspender durante el período comprendido entre los días 17 y 31 de Marzo de 2020,
ambos inclusive, las audiencias y los plazos administrativos para tomar vista de los
expedientes, presentar descargos, interponer recursos, alegatos y/o cualquier otra
presentación por parte del personal que se encuentre inmerso en el proceso sumarial
en todas las actuaciones que tramiten ante la Dirección General de Sumarios de esta
Procuración General, todo ello sin perjuicio de la validez de los actos efectivamente
realizados;
Que, a su turno, por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/PEN/20 se estableció,
para todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él, en forma
temporaria, el aislamiento social, preventivo y obligatorio, desde el 20 hasta el 31 de
marzo de 2020, ambos inclusive;
Que, por su parte, por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 459/PEN/20 se estableció
la prórroga de la vigencia del Decreto N° 297/PEN/20, antes prorrogado por sus
similares Nros. 325/PEN/20, 355/PEN/20 y 408/PEN/20, hasta el 24 de mayo de 2020
inclusive;
Que por Resolución N° 145-GCABA-PG/20 se prorrogó hasta el 10 de mayo de 2020
inclusive, la suspensión prevista en la Resolución N° 89-GCABA-PG/20, prorrogada
por sus similares Nros. 116-GCABA-PG/20 y 130-GCABA-PG/20;
Que, consecuentemente con todo lo expuesto, y a fin de garantizar el pleno ejercicio
del derecho de defensa y asegurar un adecuado servicio al personal involucrado en
los sumarios administrativos, corresponde prorrogar los efectos de la Resolución N°
89-GCABA-PG/20, oportunamente prorrogados por sus similares Nros. 116-GCABA-
PG/20, 130-GCABA-PG/20 y 145-GCABA-PG/20, en los términos allí descriptos y
reseñados ut supra;
Que, en tal marco, deviene necesario dictar el acto administrativo pertinente;
Por ello, en uso de facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Prorrógase, hasta el 24 de Mayo de 2020 inclusive, la suspensión de las
audiencias y los plazos administrativos para tomar vista de los expedientes, presentar
descargos, interponer recursos, alegatos y/o cualquier otra presentación por parte del
personal que se encuentre inmerso en el proceso sumarial en todas las actuaciones
que tramiten ante la Dirección General Sumarios de esta Procuración General, sin
perjuicio de la validez de los actos efectivamente realizados, prevista en la Resolución
N° 89-GCABA-PG/20.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
comuníquese a la Procuraciones Generales Adjuntas, a las Direcciones Generales y a
la Unidad de Auditoría Interna de este Organismo. Cumplido, archívese. Astarloa