RESOLUCIÓN 124 2020 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Síntesis:

ESTABLECE - NOMINA DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS AUTORIZADOS A CIRCULAR - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCIÓN - SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN CONTENIDOS Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA - COVID-19 - CORONAVIRUS - PANDEMIA - EMERGENCIA SANITARIA

Publicación:

15/05/2020

Sanción:

13/05/2020

Organismo:

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Estado:

No vigente


VISTO: El Decreto N° 159/20, la Resolución N° 53-GCABA-SECLYT-2020, el

Expediente Electrónico N° EX-2020-10162918-GCABA-DGTALLEYT, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 159/20 se instruyó a la titular de la Secretaría Legal y Técnica

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a determinar la nómina de las

autoridades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que deban circular,

en el ámbito de la Ciudad, o fuera de ella, si el ejercicio de sus competencias lo

amerita, toda vez que el cumplimiento de sus funciones resulta esencial para el normal

funcionamiento de distintos servicios en la Administración Pública del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, en virtud de la mentada instrucción, la que suscribe dictó la Resolución N° 53-

GCABASECLYT-2020 por la cual, en su artículo 2°, requirió a los/las titulares de los

Ministerios, de las Secretarías del Poder Ejecutivo, de los entes descentralizados y de

los organismos fuera de nivel, a que por medio de Comunicaciones Oficiales (CCOO)

del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE) del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, remitan la nómina de las personas, no incluidas

en el Anexo I de dicha Resolución;

Que, en virtud de la norma precedentemente citada, los titulares del Ministerio de

Desarrollo Económico y Producción y de la Secretaría de Comunicación, Contenidos y

Participación Ciudadana, informaron las personas de sus dependencias que se

encuentran habilitadas a tal efecto;

Que a raíz de ello, corresponde dictar el acto administrativo que determine la nómina

del personal aludido.

Por ello y en uso de las facultades conferidas,

LA SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Establécese que, para el Ministerio de Desarrollo Económico y Producción

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se encuentra autorizado a

circular en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o fuera de ella, si el

ejercicio de sus competencias lo amerita, los funcionarios públicos listados en el

Anexo I (IF-2020-13462569-GCABA-MDEPGC) que forma parte integrante de la

presente Resolución.

Artículo 2°.- Establécese que, para la Secretaría de Comunicación, Contenidos y

Participación Ciudadana del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se

encuentran autorizados a circular en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, o fuera de ella, si el ejercicio de sus competencias lo amerita, los funcionarios

públicos listados en el Anexo II (IF-2020-13529766-GCABA-SECCCPC) que forma

parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese al Ministerio de Justicia y Seguridad y, para su conocimiento y demás

efectos, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la

Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese. Montiel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5870-Ministerio Desarrollo Económico y Producción

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5870-Secretaría de Comunicación, Contenidos y Participación Ciudadana

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 1 del Decreto N° 224/20 deroga la Resolución N° 124-SECLYT/20.</p>