RESOLUCIÓN 2607 1998 SECRETARIA DE SALUD

Síntesis:

CRÉASE LA COMISIÓN ASESORA DE FARMACIA DE LA SECRETARÍA DE SALUD. CREACIÓN DE COMISIONES - COMISIÓN DE RED DE FARMACIA - DIRECCIÓN GENERAL DE ATENCIÓN DE LA SALUD - PROGRAMA DE REDES DE ATENCIÓN DE LA CIUDAD - DESIGNACIÓN DE INTEGRANTES - COORDINADORES - ARIAS - WHIGT - OTERO - KOSTIUK - NOEL - BROCCO - TORALES - VALSARCEL - ANGELINI - FIANDRINO - MASTRAZZI - MANDOLINI - FUSO - DEL VECCHIO - FILARDO - ORENSTEIN - MESEGUE - PEPA - MANGANELLI - CALDERÓN - PONCZEK - RACKAUSKAS - PEÑA - TENS - DIZ - CORBALÁN - AMALFI - HADDAD - NOÉ - DI CROCE - SERVICIO DE FARMACIA - ASOCIACIÓN DE MÉDICOS MUNICIPALES - FARMACIAS DE HOSPITALES

Publicación:

20/01/1999

Sanción:

02/12/1998

Organismo:

SECRETARIA DE SALUD


Visto la Resolución N° 361-SS-96 por la que se crea el Programa de Redes de Atención de la Ciudad de Buenos Aires, y

CONSIDERANDO:

Que visto la importancia que presentan las acciones de Farmacia en relación en el campo de la Farmacología, con la aparición de nuevos medicamentos, cada vez más activos que demandan acciones de fármacovigilancia, fármacodinamia, farmacocinética y bioequivalencia, así como sistemas racionales de distribución o dispensación, almacenamiento, conservación y por su significación económica en los presupuestos de salud, un adecuado manejo de la ecuación costobeneficio y de su incidencia en la salud de la población el uso racional del medicamento.

Que las actividades de organización y planificación de las Farmacias requieren el concurso y la coordinación de los especialistas de los establecimientos asistenciales de la Ciudad de Buenos Aires para procurar el mejor resultado de las mismas;

Que la atención de las acciones derivadas de la Actividad médica en general y el requerimiento terapéutico en particular conlleva a un problema de altos costos y consecuente necesidad de normatización;

Que asimismo, es conveniente establecer un asesoramiento idóneo de la Secretaría de Salud en los temas de prevención, protocolización y accesibilidad;

Que es conveniente por lo expuesto la creación de una Comisión Asesora y de Red de Farmacia integrada por los especialistas de los establecimientos asistenciales de la Ciudad de Buenos Aires. Que la OMS y la OPS en los Capítulos correspondientes preconizan el ordenamiento de lo referente a todos los insumos que se utilizan en los Hospitales. Que la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires en su capítulo Salud enfatiza la necesidad de los especialistas en la elaboración de lo específico a las normas referente para el mejor desempeño de las actividades inherentes a la salud de la población.

Que asimismo, requiere consideración específica la organización de los servicios con enfoque de red; en el marco que establece la Resolución N° 361-SS-96;

Por ello,

EL SECRETARIO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1° - Créase la Comisión Asesora de Farmacia de la Secretaría de Salud de la Ciudad de Buenos Aires, que dependerá funcionalmente de la Dirección General de Atención de la Salud.

Art. 2° - La Comisión Asesora estará integrada por los siguientes profesionales:
Coordinadores:
Irma E. Arias Htal. Durand
Roberto Whigt Htal. Pirovano
Secretaría:
Elisa Otero Htal. Alvear
Miembros:
Mirta Kostiuk Htal. Alvarez
Adela Noel Htal. Argerich
Alicia Brocco Htal. Borda
Nelly Torales Htal. Elizalde
Marta Valsarcel Htal. Fernández
Luis Angelini Htal. Ferrer
Nora Fiandrino Htal. Gutiérrez
Gabriel Mastrazzi Htal. Lagleyze
Silvia Mandolini Htal. M. Curie
Ana María Fuso Htal. Penna
Susana del Vecchio Htal. Piñero
Mario Filardo Htal. Quemados
Ana M. Orenstein Htal. Ramos Mejía
Cecilia Mesegue Htal. Rivadavia
Hilda Pepa Htal. Santa Lucía
Alberto Manganelli Htal. Santojanni
Graciela Calderón Maternidad Sardá
Berta Ponczek Htal. Tornú
Milda Rackauskas Htal. Udaondo
Adriana Peña Htal. Vélez Sársfield
Graciela Tens Htal. Zubizarreta
María C. Diz Htal. Moyano
Raúl Corbalán Htal. Muñiz
Graciela Amalfi Htal. Rehabilitación
Graciela Haddad Htal. Rocca
Adela Noé Htal. Tobar García

Art. 3° - Serán funciones de la Comisión Asesora :

a) La elaboración y actualización permanente de los criterios y normas de atención de la especialidad, a fin de procurar su generalización en todos los establecimientos asistenciales de la Ciudad de Buenos Aires.

b) El asesoramiento a la Secretaría de Salud ante su requerimiento, sobre temas de incumbencia de la especialidad.

Art. 4° - Las Comisiones podrán conformar subgrupos de trabajo e invitar a personalidades vinculadas con la materia de su incumbencia, para el cumplimiento de sus funciones.

Art. 5° - Créase la Comisión de Red de Farmacia en el marco de la Resolución N° 361-SS-96.

Art. 6° - La Comisión de Red estará integrada por los siguientes profesionales:
Coordinadores:
Irma E. Arias Htal. Durand
Roberto Whigt Htal. Pirovano
Secreatría:
María E. Di Croce Htal. Durand
Centro
Marta Valsarcel Htal. Fernández
Sur
Raúl J. Corbalán Htal. Muñiz
Sudoeste
Susana del Vecchio Htal. Piñero
Centro Oeste
Irma Elena Arias Htal. Durand
Norte
Roberto Whigt Htal. Pirovano


Art. 7° - La Comisión de Red de Farmacia tendrá por objetivo la formulación, implementación, coordinación y supervisión de la red de servicios de Farmacia de los establecimientos asistenciales de la Ciudad de Buenos Aires, pudiendo contar con la colaboración de los demás integrantes de la Comisión Asesora creada por la presente Resolución.

Art. 8° - La Comisión de Red de Farmacia deberá cumplimentar las actividades previstas en la Resolución número 361-SS-96, artículos 5°, 7° y 8°, en la materia de su competencia.

Art. 9° - La Dirección General de Atención de la Salud cursará invitación a la Asociación de Médicos Municipales para incorporar representantes a las Comisiones creadas por la presente Resolución.

Art. 10 - Regístrese, publíquese, comuníquese a los profesionales enumerados en los artículos 2° y 6°, a la Dirección General de Atención de la Salud y a las Direcciones de los establecimientos asistenciales. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
Refiere en forma general y en forma particular art. 5°, 7° y 8°