RESOLUCIÓN 322 1997 SECRETARIA DE SALUD

Síntesis:

CREA LA COMISIÓN ASESORA DE PERINATOLOGÍA DE LA SECRETARÍA DE SALUD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES QUE DEPENDERÁ DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ATENCIÓN DE LA SALUD

Publicación:

06/05/1997

Sanción:

07/04/1997

Organismo:

SECRETARIA DE SALUD


Visto que el programa de salud materno-infanto-juvenil es uno de los de mayor prioridad para el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, y

CONSIDERANDO:

Que uno de los componentes de dicho programa es la optimización de la atención perinatológica, campo en el cual se impone la necesidad de adopción de normas de atención acordadas por el conjunto de los integrantes del área, y la coordinación sistémica de todos los recursos existentes;

Que ello señala la conveniencia de constituir una Comisión Asesora de Perinatología integrada por miembros de las especialidades comprendidas en la problemática, y pertenecientes a los diversos establecimientos de la ciudad, a fin de elaborar normas comunes de atención y de asesorar a la Secretaría de Salud en todos los temas vinculados a su incumbencia;

Que, asimismo, la organización y desarrollo armónico del conjunto de servicios existentes hace necesaria la creación de una Comisión de Red de Petinatología, en el marco de la Resolución N° 361 -SS-96, que contribuya a tales objetivos;

Por ello,

EL SECRETARIO DE SALUD
RESUELVE:

Artículo 1° - Créase la Comisión Asesora de Perinatología, de la Secretaría de Salud de la Ciudad de Buenos Aires, que dependerá funcionalmente de la Dirección General de Atención de la Salud.

Art. 2° - La Comisión Asesora estará integrada por los siquíentes profesionales:

Coordinador:
Dr. Osvaldo Parada (Hospital Argerich).

Miembros:
Dr. Carlos Fernández (Hospital Álvarez).
Dr. Ricardo Giannini (Hospital Álvarez).
Dr. Bernardo Chomsky (Hospital Argerich).
Dra. Elsa Nigro de Salerno (Hospital Argerich).
Dr. Héctor Bianconi (Hospital Durand).
Dr. Mario Pesaresi (Hospital Durand).
Dr. Horacio Olive (Hospital Durand).
Dr. Guíllermo Brown (Hospital Durand).
Dra. Liliana Votto (Hospital Fernández).
Dr. Héctor Nemirovsky (Hospital Fernández).
Dr. Jorge Tavonaska (Hospital Fernández).
Dr. Héctor Rodríguez Mesa (Hospital Penna).
Dr. Guillermo Lovazano (Hospital Penna).
Dr. Isaac Grois (Hospital Penna).
Dr. Angel Moggia (Hospital Piñero).
Dr. Guillermo López (Hospital Piñero).
Dr. Juan Carlos Giovanelli (Hospital Pirovano).
Dr. Víctor Rubil (Hospital Pirovano),
Dr. Armando Dunaiewski (Hospital Ramos Mejía).
Dr. Horacio Giménez (Hospital Ramos Mejía).
Dr. Carlos Mercau (Hospital Ramos Mejía).
Dra. Liliana Macchi (Hospital Rivadavia).
Dr. Juan Carlos Pérez Colmegna (Hospital Rivadavia)
Dr. Carlos Viggiano (Hospital Santojanni).
Dr. Carlos Caballer (Hospital Santojanni).
Dr. Carlos Persini (Hospital Santojanni).
Dr. Eric Ulens (Maternidad Sardá).
Dr. Miguel Larguía (Maternidad Sardá).
Dra. Elsa Andina (Maternidad Sardá).
Dra. Inés Paronzini (Hospital Vélez Sársfield).
Dr. Angel Ciuffi (Hospital Vélez Sársfield).
Dr. Leopoldo Ballester (Hospital Vélez Sársfield).

Art. 3° - Serán funciones de la Comisión Asesora:

a) La elaboración y actualización permanente de los criterios y normas de atención perinatológica, a fin de procurar su generalización en todos los establecimientos de la ciudad de Buenos Aires;

b) El asesoramiento a la Secretaría de Salud ante su requerimiento, sobre temas de incumbencia de la especialidad.

Art. 4° - La Comisión podrá conformar Subcomisiones de Trabajo e invitar a personalidades vinculadas con la materia de su incumbencia, para el cumplimiento de sus funciones.

Art. 5°- Créase la Comisión de Red de Perinatología en el marco de la Resolución N° 361-SS-96.

Art. 6° - La Comisión de Red estará integrada por los siguientes profesionales:

Coordinador:
Dr. Osvaldo Parada (Hospital Argerich).

Miembros:
Dr. Carlos Fernández (Hospital Álvarez).
Dr. Mario Pesaresi (Hospital Durand).
Dra. Liliana Votto (Hospital Fernández).
Dr. Guillermo López (Hospital Piñero).
Dr. Juan Carlos Giovanelli (Hospital Pirovano).
Dr. Miguel Larguía (Maternidad Sardá).

Art. 7° - La Comisión de Red de Perinatología tendrá por objetivo la formulación, implementación, coordinación y supervisión de la red perinatológica de los establecimientos asistenciales de la ciudad de Buenos Aires, pudiendo contar con la colaboración de los demás integrantes de la Comisión Asesora creada por la presente resolución.

Art. 8° - La Comisión de Red de Perinatología deberá cumplimentar las actividades previstas en la Resolución N° 361-SS-96, artículos 5°, 7° y 8° en la materia de su competencia.

Art. 9° - La Dirección General de Atención de Salud cursará invitación a la Asociación de Médicos Municipales para incorporar representantes a las Comisiones creadas por la presente resolución.

Art. 10 - Publíquese, comuníquese a los profesionales enumerados en los artículos 2° y 6°, a la Dirección General de Atención de Salud y a las Direcciones de los Establecimientos Asístenciales. Cumplido, archívese.

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