DISPOSICIÓN 36 2020 DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA
Síntesis:
SE DEROGA DISPOSICIÓN N° 105-DGCG-14 - PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO ELECTRÓNICO - CELEBRACIÓN Y EJECUCIÓN DE CONTRATOS - SUSCRIPCIÓN - LOCACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS - MODULO LOYS - SADE - ANEXO I RESOLUCIÓN N° 454-MJGGC-20 - COMPRAS Y CONTRATACIONES
Publicación:
28/05/2020
Sanción:
19/05/2020
Organismo:
DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA
VISTO: La Ley 70, Decreto N° 224/GCABA/13, Resolución Conjunta N° 1/MHGC-
MMGC-MJGGC-SECLyT/14, Resolución Conjunta N° 4/MEyFGC-MJGGC-SECLyT/18
la Resolución N° 454/MJGGC/2020, las Resoluciones Generales N° 4290/18 y
4291/18 de la Agencia Federal de Ingresos Públicos, la Disposición N°
105/DGCG/2014, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley 70 se fijaron los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y
Control del Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires;
Que por el Decreto N° 224/GCABA/13 se dispuso la celebración, modificación,
ejecución y extinción de los contratos efectuados bajo el régimen de Locación de
Obras y Servicios utilizando el Módulo LOyS del Sistema de Administración de
Documentos Electrónicos-SADE;
Que en concordancia con ello, mediante la Resolución Conjunta N° 1/MHGC-MMGC-
MJGGC-SECLyT/14, se estableció el procedimiento para la celebración y ejecución de
dichos contratos, con la obligación para el área propiciante o liquidadora de la
contratación, de archivar temporalmente todos los comprobantes emitidos por los
locadores de obra y servicios en soporte papel, así como la de remitirlos luego
trimestralmente a la Dirección General Contaduría para su guarda definitiva;
Que posteriormente, por el artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 4/MEyFGC-
MJGGC-SECLyT/18, se sustituyó el artículo 1° de la precitada Resolución Conjunta N°
1/MHGC-MMGC-MJGGC-SECLyT/14, modificando el mentado Procedimiento
Administrativo Electrónico;
Que en virtud de lo encomendado, esta Dirección General aprobó por medio de la
Disposición N° 105/DGCG/2014 el procedimiento para la guarda definitiva de los
comprobantes en soporte papel de los contratos celebrados bajo el régimen de
locación de obras y servicios en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que, por su parte, la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP) mediante
Resolución General N° 4290/18, estableció una nueva modalidad de respaldo para las
operaciones de compraventa de cosas muebles, locaciones y prestaciones de
servicios, locaciones de cosas y obras, a través de las modalidades "Factura
Electrónica" o "Comprobantes en línea" establecidos por la Resolución General
4291/AFIP/18;
Que en consecuencia, por Resolución N° 454-MJGGC/2020 se dispuso un nuevo
procedimiento administrativo electrónico que deberá observarse en la etapa de
ejecución de los contratos celebrados bajo el régimen de locación de obras y servicios,
teniendo en cuenta la vigencia de la "factura electrónica".
Que, conforme lo expuesto, se considera oportuno y necesario readecuar lo dispuesto
por la citada normativa en los términos de la nueva resolución dictada;
Por ello,
Artículo 1°.- Derógase la Disposición N° 105/DGCG/2014.
Artículo 2°.- Las reparticiones propiciantes deberán ajustar el procedimiento para la
celebración y ejecución de los contratos celebrados bajo el régimen de locación de
obras y servicios en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
en el modo y forma establecida en el Anexo I (IF-2020-13673836-GCABA-DGAJRH)
de la Resolución N° 454-MJGGC/2020.
Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, y comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y
Organismos Descentralizados. Cumplido, archívese. Gauto