DISPOSICIÓN 36 2020 DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA

Síntesis:

SE DEROGA DISPOSICIÓN N° 105-DGCG-14  - PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO ELECTRÓNICO - CELEBRACIÓN Y EJECUCIÓN DE CONTRATOS - SUSCRIPCIÓN - LOCACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS - MODULO LOYS - SADE - ANEXO I RESOLUCIÓN N° 454-MJGGC-20 - COMPRAS Y CONTRATACIONES

Publicación:

28/05/2020

Sanción:

19/05/2020

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA


VISTO: La Ley 70, Decreto N° 224/GCABA/13, Resolución Conjunta N° 1/MHGC-

MMGC-MJGGC-SECLyT/14, Resolución Conjunta N° 4/MEyFGC-MJGGC-SECLyT/18

la Resolución N° 454/MJGGC/2020, las Resoluciones Generales N° 4290/18 y

4291/18 de la Agencia Federal de Ingresos Públicos, la Disposición N°

105/DGCG/2014, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley 70 se fijaron los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y

Control del Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires;

Que por el Decreto N° 224/GCABA/13 se dispuso la celebración, modificación,

ejecución y extinción de los contratos efectuados bajo el régimen de Locación de

Obras y Servicios utilizando el Módulo LOyS del Sistema de Administración de

Documentos Electrónicos-SADE;

Que en concordancia con ello, mediante la Resolución Conjunta N° 1/MHGC-MMGC-

MJGGC-SECLyT/14, se estableció el procedimiento para la celebración y ejecución de

dichos contratos, con la obligación para el área propiciante o liquidadora de la

contratación, de archivar temporalmente todos los comprobantes emitidos por los

locadores de obra y servicios en soporte papel, así como la de remitirlos luego

trimestralmente a la Dirección General Contaduría para su guarda definitiva;

Que posteriormente, por el artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 4/MEyFGC-

MJGGC-SECLyT/18, se sustituyó el artículo 1° de la precitada Resolución Conjunta N°

1/MHGC-MMGC-MJGGC-SECLyT/14, modificando el mentado Procedimiento

Administrativo Electrónico;

Que en virtud de lo encomendado, esta Dirección General aprobó por medio de la

Disposición N° 105/DGCG/2014 el procedimiento para la guarda definitiva de los

comprobantes en soporte papel de los contratos celebrados bajo el régimen de

locación de obras y servicios en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que, por su parte, la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP) mediante

Resolución General N° 4290/18, estableció una nueva modalidad de respaldo para las

operaciones de compraventa de cosas muebles, locaciones y prestaciones de

servicios, locaciones de cosas y obras, a través de las modalidades "Factura

Electrónica" o "Comprobantes en línea" establecidos por la Resolución General

4291/AFIP/18;

Que en consecuencia, por Resolución N° 454-MJGGC/2020 se dispuso un nuevo

procedimiento administrativo electrónico que deberá observarse en la etapa de

ejecución de los contratos celebrados bajo el régimen de locación de obras y servicios,

teniendo en cuenta la vigencia de la "factura electrónica".

Que, conforme lo expuesto, se considera oportuno y necesario readecuar lo dispuesto

por la citada normativa en los términos de la nueva resolución dictada;

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE CONTADURÍA

DISPONE

Artículo 1°.- Derógase la Disposición N° 105/DGCG/2014.

Artículo 2°.- Las reparticiones propiciantes deberán ajustar el procedimiento para la

celebración y ejecución de los contratos celebrados bajo el régimen de locación de

obras y servicios en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

en el modo y forma establecida en el Anexo I (IF-2020-13673836-GCABA-DGAJRH)

de la Resolución N° 454-MJGGC/2020.

Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, y comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y

Organismos Descentralizados. Cumplido, archívese. Gauto

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 2 de la Disposición N° 36/DGCG/2020 dispone que las reparticiones propiciantes deberán ajustar el procedimiento para la celebración y ejecución de los contratos celebrados bajo el régimen de locación de obras y servicios, en el modo y forma establecida en el Anexo I  de la Resolución N° 454-MJGGC/2020.</p>
DEROGA
<p>Art. 1° de la Disposición N° 36/DGCG/2020 deroga la Disposición N° 105/DGCG/2014.</p>