ACORDADA 17 2020 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

Síntesis:

NOTA:  LA PRESENTE NORMA TIENE INCORPORADA LA ACLARACIÓN PUBLICADA EN BOCBA 5889 DE FECHA 11-06-20 . SE ESTABLECE - TRAMITACIÓN ÍNTEGRAMENTE ELECTRÓNICA - TOTALIDAD - PROCEDIMIENTOS JURISDICCIONALES - ENTRADA EN VIGOR - SISTEMA EJE-IURIX - TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA - VIGENCIA - PROFESIONALES - REGISTRO - PORTAL DEL LITIGANTE - EXPEDIENTE ELECTRÓNICO

Publicación:

03/06/2020

Sanción:

28/05/2020

Organismo:

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA


ACORDADA N.° 17/TSJ/20

Buenos Aires, 28 de mayo de 2020

Se reúne el Tribunal Superior de Justicia, integrado por su Presidente, la juez Inés M.

WEINBERG, la jueza Marcela DE LANGHE, la jueza Alicia E. C. RUIZ, el juez Luis

Francisco LOZANO y el juez Santiago OTAMENDI.

VISTOS La Acordada TSJ n° 14/2020 y

CONSIDERANDO

1. Por la Acordada TSJ n° 30/2017 se estableció la entrada en vigor progresiva y

gradual del sistema EJE para la tramitación --íntegramente electrónica-- de la totalidad

de los procedimientos jurisdiccionales del Tribunal y se decidió que sus empleados y

funcionarios tendrían habilitado el uso de la firma electrónica en el entorno de aquel

sistema para el desempeño de sus funciones, con arreglo a la normativa vigente y con

el alcance allí señalado.

2. Por Acordada TSJ n° 14/2020 se aprobó el "REGLAMENTO DEL SISTEMA DE

GESTIÓN EXPEDIENTE JUDICIAL ELECTRÓNICO" (Anexo I de la Resolución CM

42/2017, con las modificaciones de la Resolución del CM n° 19/2019) para los

procesos jurisdiccionales que se desarrollen en el Tribunal Superior de Justicia que

tramiten exclusivamente por expediente electrónico.

3. Con la finalidad de adecuar el funcionamiento del EJE a los procesos judiciales que

tramitan ante este Tribunal se dictó la Resolución TSJ n° 30/2020, que creó un

"Comité de Estandarización del Tribunal Superior de Justicia", con el objeto de definir

las funciones del sistema, tanto para el trámite interno como para lograr su

interoperabilidad con las restantes dependencias del Poder Judicial.

4. La situación epidemiológica y el aislamiento social, preventivo y obligatorio resuelto

por el Poder Ejecutivo Nacional a través del Decreto 297/PEN/2020 (y sus prórrogas),

motivaron al Tribunal a dictar medidas urgentes dirigidas a garantizar el servicio de

justicia y, al mismo tiempo, mitigar el riesgo de contagio del virus (Acordadas n°

11/2020, n° 12/2020, n° 13/2020 y n° 16/2020; y Resolución de Presidencia n°

5/2020).

5. Las consideraciones reseñadas aconsejan establecer la fecha para la puesta en

marcha del Sistema EJE-IURIX para la tramitación íntegramente electrónica de la

totalidad de los procesos jurisdiccionales ante este Tribunal, sin perjuicio de la vigencia

de la inhabilidad de plazos establecida con carácter general en el art. 1 de la Acordada

13/2020.

6. En ese contexto, resulta oportuno instar a todos los profesionales intervinientes en

causas en trámite ante este Tribunal a que se registren en el portal del litigante que ya

se encuentra en funcionamiento (sitio web https://eje.juscaba.gob.ar). A tal fin y para

facilitar el procedimiento se aprueba el instructivo en el Anexo I de la presente.

7. Debe hacerse saber también que, para facilitar la tarea de las/los profesionales

intervinientes en los procesos jurisdiccionales en trámite ante este Tribunal anteriores

a la puesta en marcha del Sistema EJE-IURIX, el Código Único de Identificación

Laboral o Tributario que registren al generar, en el Portal del Litigante, su cuenta de

usuario en el sistema, será considerado como domicilio electrónico constituido de la

parte que representan o patrocinan.

En el caso de coexistencia para una misma parte de letrados apoderado y

patrocinante, se considerará como domicilio electrónico constituido el CUIL/CUIT de

aquél que hubiera generado su cuenta de usuario en el Sistema EJE-IURIX y, si todos

lo hubieran hecho, el del apoderado.

En el caso de pluralidad de patrocinantes, será considerado como domicilio electrónico

constituido el CUIL/CUIT de aquél que hubiera generado su cuenta de usuario en el

sistema y, si todos lo hubieran hecho, el del primero por orden alfabético.

En todos los casos anteriores se aplicará esta regla, salvo presentación posterior de la

parte constituyendo nuevo domicilio electrónico.

En las causas que se inicien con posterioridad a la puesta en marcha del Sistema

EJE-IURIX regirá plenamente la obligación de las partes de constituir domicilio

electrónico conforme lo establecido en el artículo 37 del Reglamento del sistema

aprobado por Acordada n° 14/2020.

8. Asimismo, es adecuado hacer saber que todas las presentaciones deberán

realizarse a través del Portal del Litigante.

En el caso de los Ministerios Públicos de la Defensa, Fiscal y Tutelar, transitoriamente,

sus presentaciones instando la jurisdicción originaria o apelada de este Tribunal

(incluso como patrocinantes) deberán realizarse a través de la casilla de correo

electrónico MEJud@tsjbaires.gov.ar. Las restantes presentaciones, así como las vistas

y las notificaciones electrónicas se realizarán a través de la interoperabilidad del

Sistema EJE-IURIX con los respectivos sistemas informáticos. Las incidencias que

pudieran surgir respecto de esta última se resolverán conforme las posibilidades

técnicas disponibles garantizando, cuando estuviere en juego, el derecho de defensa

en juicio así como el principio de igualdad de las partes en el proceso.

9. Las presentaciones que se realicen fuera del horario de la Mesa de Entradas del

Tribunal (de 9 a 15 h) se tendrán por presentadas dentro de las dos primeras horas

hábiles del día siguiente (cf. art. 108 del CCAyT y 69 del CPP).

10. Finalmente, resulta conveniente señalar que, para dar mayor difusión a la puesta

en funcionamiento del Sistema EJE-IURIX se requiere a los organismos vinculados

con la actividad judicial, que arbitren los medios posibles para publicar en sus

respectivos sitios web la presente Acordada.

Por ello, y en ejercicio de las facultades atribuidas por el artículo 114 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

ACUERDAN:

1° Establecer la entrada en vigor del Sistema EJE-IURIX para la tramitación

íntegramente electrónica de la totalidad de los procedimientos jurisdiccionales de este

Tribunal, a partir del día 15/06/2020, sin perjuicio de la vigencia de la inhabilidad de

plazos establecida con carácter general en el art. 1 de la Acordada 13/2020.

2° Instar a todos los profesionales intervinientes en causas en trámite ante este

Tribunal para

que se registren en el portal del litigante (sitio web

https://eje.juscaba.gob.ar), registración que ya se encuentra disponible.

3° Hacer saber que el procedimiento para la registración se efectuará como se indica

en el Anexo I de la presente, así como lo dispuesto en el considerando 7° en torno de

la constitución de domicilio electrónico en los procesos jurisdiccionales en trámite ante

el Tribunal anteriores a la puesta en marcha del Sistema EJE-IURIX. En las causas

que se inicien con posterioridad a aquella regirá plenamente la obligación de las partes

de constituir domicilio electrónico conforme lo establecido en el artículo 37 del

Reglamento del sistema aprobado por Acordada n° 14/2020.

4° Hacer saber que todas las presentaciones deberán realizarse a través del Portal del

Litigante. En el caso de los Ministerios Públicos de la Defensa, Fiscal y Tutelar,

transitoriamente, sus presentaciones instando la jurisdicción originaria o apelada de

este Tribunal (incluso como patrocinantes) deberán realizarse a través de la casilla de

correo electrónico MEJud@tsjbaires.gov.ar. Las restantes presentaciones, así como

las vistas y las notificaciones electrónicas se realizarán a través de la interoperabilidad

del Sistema EJE-IURIX con los respectivos sistemas informáticos. Las incidencias que

pudieran surgir respecto de esta última se resolverán conforme las posibilidades

técnicas disponibles garantizando, cuando estuviere en juego, el derecho de defensa

en juicio así como el principio de igualdad de las partes en el proceso.

5° Hacer saber que las presentaciones que se realicen fuera del horario de la Mesa de

Entradas del Tribunal (de 9 a 15 h) se tendrán por efectuadas dentro de las dos

primeras horas hábiles del día siguiente.

6° Mandar que se registre, se publique en el Boletín Oficial, en el sitio web del Tribunal

y se comunique por oficio al Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires,

a la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario y de

Relaciones de Consumo, a la Cámara en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de

Faltas, al Procurador General, al Fiscal General al Defensor General, a la Asesora

General Tutelar, a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Colegio

Público de Abogados de Capital Federal y a la Corte Suprema de Justicia de la

Nación, requiriendo que difundan en sus respectivos sitios web la presente

información. Weinberg - Lozano - Otamendi - Ruiz - De Langhe


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5883

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Punto 1 de la Acordada 17-TSJ-20, establece la entrada en vigor del Sistema EJE-IURIX para la tramitación íntegramente electrónica de la totalidad de los procedimientos jurisdiccionales de este Tribunal, a partir del día 15/06/2020 cuya aplicacion se dispone por Acordada 14-PJCABA-TSJ-20.</p>