LEY 6305 2020
Síntesis:
NOTA: LA PRESENTE NORMA NO SE ENCUENTRA VIGENTE. FUE DECLARADA CADUCA POR OBJETO CUMPLIDO AL APROBARSE LA TERCERA ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO A TRAVÉS DE LA LEY N° 6.347 (BOCBA N° 6.009 DEL 1/12/2020). LAS MODIFICACIONES QUE ESTABLECIÓ LA PRESENTE NORMA SE INCORPORARON A LA NORMA PRINCIPAL. POR ELLO, SE RECOMIENDA CONSULTAR EL ÚLTIMO TEXTO CONSOLIDADO DE LA NORMA PRINCIPAL.///SE MODIFICA - ARTICULO 5 BIS - LEY 578 - PERSONALIDAD DESTACADA DE LA CIUDAD - DIPLOMAS AL MÉRITO - PERSONAL DEL SISTEMA DE SALUD - CORONAVIRUS - COVID-19
Publicación:
10/06/2020
Sanción:
28/05/2020
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
09/06/2020
Estado:
No vigente
Artículo 1°.- Modifícase el artículo 5° bis de la Ley 578, el cual queda aprobado con el
siguiente texto:
"Artículo 5° bis.- Personalidad Destacada de la Ciudad de Buenos Aires.
La distinción será otorgada por única vez por la Ciudad de Buenos Aires en los
siguientes rubros: Cultura, Ciencia, Salud, Deporte, Derechos Humanos, Educación y
Juventud por iniciativa parlamentaria en los términos fijados por la Constitución de la
Ciudad de Buenos Aires.
Podrán recibir la distinción personas físicas nacidas en la Ciudad de Buenos Aires o
que hayan residido en ella durante 5 años como mínimo y que se hayan destacado en
los rubros mencionados. También puede otorgarse este reconocimiento a equipos,
delegaciones o grupos de personas que en conjunto hayan distinguido su actuación de
manera destacada o en situaciones extraordinarias, en beneficio de la comunidad;
pudiendo otorgarse según el caso, un diploma al conjunto y/o uno individual a cada
integrante del mismo.
La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires realizará un registro de las
personalidades destacadas.
La distinción consistirá en un diploma de honor y será otorgado mediante "Declaración
de la Legislatura".
Art. 2°.- Incorpórase una Cláusula Transitoria a la Ley 578, la cual queda aprobado
con el siguiente texto:
"CLÁUSULA TRANSITORIA. La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
otorgará Diplomas al Mérito al personal del sistema de salud que se haya destacado
por su desempeño en las condiciones extraordinarias de servicio frente a la Pandemia
por COVID 19 en el ámbito de esta Ciudad."
Art. 3°.- Comuníquese, etc. Forchieri - Pérez