RESOLUCIÓN 1509 2020 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

SE AMPLÍAN ALCANCES - RESOLUCIÓN 1502-MEDGC-20 - DELEGACION - SUBSECRETARÍA AGENCIA DE APRENDIZAJE A LO LARGO DE LA VIDA - COMPETENCIAS -  FACULTADES - GARANTIA SERVICIOS ESENCIALES  - AUTORIDAD SANITARIA - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA - PANDEMIA - MINISTERIO DE EDUCACION

Publicación:

16/06/2020

Sanción:

11/04/2020

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO: Las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, la Ley N°

6.292, el Decreto N° 463/19 y su modificatorio N° 128/20, la Resolución N° 1502-

MEDGC/20, el Expediente Electrónico N° 11311723-GCABA-MEDGC/20 y,

CONSIDERANDO:

Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado que el COVID-19

(Coronavirus) constituye una pandemia y que la evolución de la situación

epidemiológica exige que se adopten medidas rápidas, eficaces y urgentes, haciendo

un llamado a la Comunidad Internacional para actuar con responsabilidad y

solidaridad;

Que en virtud de ello el Poder Ejecutivo Nacional y el Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, han tomado diversas medidas, en resguardo de la

ciudadanía, en el marco de la emergencia pública sanitaria declarada;

Que la dinámica de la pandemia y su impacto sobre la comunidad educativa, y la

población en general ha demostrado la necesidad de establecer medidas, eficaces y

urgentes, por lo que no resulta posible seguir los trámites corrientes;

Que por todo lo expuesto, mediante la Resolución N° 1502-MEDGC/20 se delegó de

manera excepcional, en los titulares de las Subsecretarías de Coordinación

Pedagógica y Equidad Educativa, de Gestión Económico Financiera y Administración

de Recursos y de Carrera Docente, en el marco de sus respectivas competencias, las

facultades para la adopción de medidas y el dictado de los actos administrativos que

fueren necesarios para garantizar los servicios esenciales y para el adecuado

cumplimiento de las acciones y recomendaciones que disponga la autoridad sanitaria,

en el contexto de la emergencia y de la situación epidemiológica ocasionada por el

COVID-19 (Coronavirus);

Que la Ley N° 6.292 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que el Jefe de

Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las

facultades y responsabilidades que les confiere dicha Ley;

Que corresponde al Ministerio de Educación diseñar, promover, implementar y evaluar

las políticas y programas educativos que conformen un sistema educativo único e

integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y social, así como planificar y

administrar los recursos del sistema educativo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que, en dicho marco, el artículo 14° de la misma dispone que los Ministros podrán

delegar la resolución de asuntos relativos al régimen económico y administrativo de

sus respectivas áreas en los funcionarios que determinen conforme con su

organización;

Que por Decreto N° 463/19 y sus modificatorio N° 128/20 se aprobó una nueva

estructura organizativa del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, contemplándose al Ministerio de Educación;

Que, dentro de la precitada norma le corresponde a la Subsecretaría Agencia de

Aprendizaje a lo largo de la Vida brindar a todas las personas jóvenes y adultas

oportunidades educativas diversas, flexibles y de calidad, para fomentar su desarrollo

profesional, social y personal a lo largo de su vida; así como también diseñar,

promover, implementar y evaluar políticas y programas de aprendizaje a lo largo de la

vida, que incluye las ofertas de educación vocacional, formación profesional,

educación técnico superior y educación no formal destinada a jóvenes y adultos;

Que por todo lo expuesto, la presente y extraordinaria situación epidemiológica torna

imprescindible la implementación de medidas excepcionales, por lo que deviene

necesario ampliar los alcances de la Resolución N° 1502-MEDGC/20 delegando de

manera excepcional en la Subsecretaría Agencia de Aprendizaje a lo largo de la Vida,

en el marco de sus respectivas competencias, las facultades para la adopción de

medidas y el dictado de los actos administrativos que fueren necesarios para

garantizar los servicios esenciales y para el adecuado cumplimiento de las acciones y

recomendaciones que disponga la autoridad sanitaria, en el contexto de la emergencia

y de la situación epidemiológica ocasionada por el COVID-19 (Coronavirus);

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado debida

intervención en estos actuados.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Amplíense los alcances de la Resolución N° 1502-MEDGC/20 delegando

de manera excepcional en la Subsecretaría Agencia de Aprendizaje a lo Largo de la

Vida, en el marco de sus respectivas competencias las facultades para la adopción de

medidas y el dictado de los actos administrativos que fueren necesarios para

garantizar los servicios esenciales y para el adecuado cumplimiento de las acciones y

recomendaciones que disponga la autoridad sanitaria, en el contexto de la emergencia

y de la situación epidemiológica ocasionada por el COVID-19 (Coronavirus).

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a las Subsecretarías Coordinación Pedagógica y de Equidad Educativa,

de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos, de Carrera Docente,

de Tecnología Educativa y Sustentabilidad, y Agencia de Aprendizaje a lo Largo de la

Vida, a la Unidad de Coordinación del Sistema de Formación Docente y a la Dirección

General de Educación de Gestión Privada, todas dependientes del Ministerio de

Educación. Cumplido, archívese. Acuña

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolucion 15009-MEDGC-20 amplía los alcances de la Resolución 1502-MEDGC-20.</p>