DECRETO 323 1997

Síntesis:

DÉJANSE PARCIALMENTE SIN EFECTO LOS TÉRMINOS DE LA RESOLUCIÓN N° 195-SS-95

Publicación:

15/05/1997

Sanción:

20/03/1997

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Registro N° 971-SS-94 y agregados, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 195-SS-95, se modificaron parcialmente los términos de la Resolución N° 1.567-SS-94, con relación a la designación de diversos profesional, pertenecientes al Hospital de Infecciosas "Francisco J. Muñiz";

Que en tal circunstancia se encontraba la licenciada Elsa Noemí Couto, L.C. N° 06.356.625, F.M. N° 272.996;

Que en el mencionado establecimiento asistencial al tomar conocimiento de la Resolución N° 195-SS-95, detectó anomalías;

Que en consecuencia solicita se revea tal situación;

Que por lo expuesto, resulta necesario dejar parcialmente sin efecto los términos de la resolución mencionada en primer término y regularizar la situación de la nombrada en lo concerniente a la Resolución N° 1.567-SS-94;

Que es de hacer notar que por aplicación del Decreto N° 1.625-94, la misma fue promovida de Nivel y Grado en forma automática, percibiendo actualmente sus haberes en forma correcta en la partida presupuestaria correspondiente;

Que la presente regularización no genera erogación alguna;

Que la Secretaría de Salud presta conformidad, para la realización del acto administrativo pertinente;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias, artículo 104, inciso 9°) de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Déjase parcialmente sin efecto los términos de la Resolución N° 195-SS-95.

Art. 2° - Déjese establecido que la designación efectuada en favor de la licenciada Elsa Noemí Couto, L.C. N° 06.356.625, F.M. N° 272.996, lo es como Jefa Unidad Bacteriología, interina, con 40 horas semanales en el Hospital de Infecciosas “Francisco J. Muñiz", partida 4005.0200.B.00.014 (P. 64), reteniendo sin percepción de haberes el cargo de bacterióloga de planta y guardia con 40 horas semanales, partida 4005.0200.B.00.936 del citado Hospital, y a partir del 1° de julio de 1996, por aplicación del Decreto N° 1.625-94 pasa a revistar en partida 4005.0200. B.01.014 (P. 64) con 40 horas semanales en el precitado nosocomio, reteniendo sin percepción de haberes en las horas señaladas en el mismo Nivel y Grado el cargo de ejecución.

Art. 2° - El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Salud y de Hacienda y Finanzas.

Art. 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Administración de Recursos Humanos.

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