DISPOSICIÓN 54 2020 DIRECCIÓN GENERAL ATENCIÓN PRIMARIA
Síntesis:
SE APRUEBA - PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE SOSPECHA Y/O CONFIRMACIÓN DE COVID-19 CORONAVIRUS EN VIVIENDA O ESPACIOS MULTIFAMILIARES CON BAÑO Y/O COCINA COMPARTIDA EN CONTEXTO DE PANDEMIA COVID-19 - CABA - DIRECCION GENERAL DE ATENCION PRIMARIA
Publicación:
30/06/2020
Sanción:
18/06/2020
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL ATENCIÓN PRIMARIA
VISTO: Las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y de la
Organización Panamericana de la Salud, la Ley N° 27.541, los Decretos de Necesidad
y Urgencia Nacionales Nros. 260/PEN/2020,297/PEN/2020, 325/PEN/20,
355/PEN/2020, 408/PEN/20, 459/PEN/20, 493/20, y 520/PEN/20, la Ley N° 6.292, el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/GCBA/20, el Decreto de Necesidad y Urgencia
N° 8/GCBA/20, el Decreto N° 147/GCBA/20, la Resolución del Ministerio de Salud de
la Nación N° 680/MSN/20, y EX-2020-15417818- -GCABA-DGLTMSGC y;
CONSIDERANDO:
Que por los Decretos Nacionales de Necesidad y Urgencia Nros. 325/PEN/20,
355/PEN/20, 408/PEN/20,459/PEN/20, 493/PEN/20 y 520/PEN/20 se prorrogó la
vigencia del Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 297/PEN/20 que establece
la medida de "Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y la prohibición de
desplazarse por rutas, vías y espacios públicos, a fin de prevenir la circulación y el
contagio del virus Coronavirus (COVID-19) hasta el 28 de junio de 2020 inclusive;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 8/GCBA/20 se prorrogó la vigencia del
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/GCBA/20 que declaró la Emergencia Sanitaria
en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los fines de atender y adoptar
las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio
en la población del virus COVID-19 (Coronavirus) hasta el 31 de agosto de 2020;
Que por Decreto N° 147/GCBA/20 se estableció que el Ministerio de Salud de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y todos los organismos bajo su órbita, son áreas
de máxima esencialidad e imprescindibles durante la vigencia de la pandemia
Coronavirus (COVID-19) y se facultó a las autoridades superiores con rango no inferior
a Director General a establecer protocolos y procedimientos de trabajo acordes a la
situación epidemiológica actual, asegurando la prestación de los servicios;
Que por Resolución N° 842/MSGC/20 y sus modificatorias, este Ministerio de Salud
aprobó el "PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS Y
CONFIRMADOS DE CORONAVIRUS COVID-19" el cual contempla la adopción de
medidas que garanticen la detección y el diagnóstico precoz de un posible caso de
Coronavirus (COVID - 19) con el fin de permitir su atención adecuada, así como las
medidas de investigación, prevención y control pertinentes;
En tal sentido, y en atención a las particularidades y requerimiento del desarrollo de
diversas actividades en el ámbito de la Ciudad y a fin de contemplar adecuadas
medidas sanitarias que se ajusten a distintos supuestos específicos, es que resulta
procedente aprobar el "PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE SOSPECHA Y/O
CONFIRMACIÓN DE COVID-19 (CORONAVIRUS) EN VIVIENDA O ESPACIOS
MULTIFAMILIARES CON BAÑO Y/O COCINA COMPARTIDA EN CONTEXTO DE
PANDEMIA COVID19- CABA".
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias y las conferidas por le Ley N°
6.292 y el Decreto N °147/GCBA/20;
Artículo 1°.- Apruébase el "PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE SOSPECHA Y/O
CONFIRMACIÓN DE COVID-19 (CORONAVIRUS) EN VIVIENDA O ESPACIOS
MULTIFAMILIARES CON BAÑO Y/O COCINA COMPARTIDA EN CONTEXTO DE
PANDEMIA COVID19- CABA" que como Anexo I(IF-2020-15550072-GCABA-DGATP)
forma parte integrante de la presente Disposición. -
Artículo 2°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y
comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativo y Legal del Ministerio de
Desarrollo Humano y Hábitat de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese.
Gómez Saldaño