RESOLUCIÓN 1446 2020 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

SE ASIGNAN - FONDOS DE CAJA CHICA ESPECIAL - DIRECCIÓN GENERAL RECURSOS FISICOS EN SALUD - MINISTERIO DE SALUD - CORONAVIRUS - COVID-19

Publicación:

01/07/2020

Sanción:

26/06/2020

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO: La Ley 70 (Texto consolidado segun Ley N° 6017), el Decreto N° 491/2018, la

Resolucion N° 97MEFGC/2019, la Disposicion N° 61-DGCG/2019, la Disposicion N°

26-DGCG/2019, y modificatorias, la Resolucion N° 3179-MHFGC/2020 y, el EE-2020-

15956980-GCABA-DGRFISS y,

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley 70 se fijaron los Sistemas de Gestion, Administracion Financiera y

Control del Sector Publico de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires;

Que, por el Decreto N° 491/2018 se aprobo el regimen para la asignacion de fondos

destinados a las Unidades de Organizacion del Gobierno de la Ciudad de Buenos

Aires;

Que, por Resolucion N° 97-MEFGC/2019 se aprobo la reglamentacion del citado

Decreto;

Que, por Disposicion N° 26-DGCG/2019, y sus modificatorias, se aprobo el

procedimiento para la solicitud, asignacion y rendicion de fondos en concepto de Caja

Chica Especial;

Que, la Disposicion N° 61-DGCG/2019 aprueba las partidas del clasificador por objeto

del gasto correspondientes a las restricciones y excepciones, en concordancia con lo

establecido en los articulos 2° del Anexo I, 3° del Anexo II y 3° del Anexo IV de la

Resolucion N° 97-MEFGC/2019;

Que, por el expediente del Visto, cursa la solicitud de asignacion de fondos en

concepto de Caja Chica Especial a la Direccion General Recursos Fisicos en Salud de

este Ministerio de Salud, sin limite de monto por comprobante, por la suma de PESOS

CINCO MILLONES ($ 5.000.000), a fin de garantizar la inmediata respuesta a las

eventualidades que surgen frente a los acontecimientos de publico conocimiento, para

el fortalecimiento del Sistema Publico de la Ciudad, ante el posible avance y/o

transmision del virus COVID-19, contando asi con el instrumento que permita dar

cumplimiento a la mision primaria de esta Jurisdiccion;

Que, en el articulo 5° del Anexo de la Resolucion N° 97-MEFGC/2019 del Decreto N°

491/2018 se establece, entre otros, que el Ministerio de Hacienda y Finanzas

reglamentara los montos maximos de los fondos a asignar por Ministerio, Secretaria u

Organismo Descentralizado, entre otros items, a los efectos que los mismos, en el

marco del Articulo 6°, puedan otorgarlos a sus dependencias;

Que, en funcion de lo anteriormente expuesto, por Resolucion N° 3179/MHFGC/2020,

el Ministerio de Hacienda y Finanzas incremento el monto maximo a asignar,

establecido en las Resoluciones N° 355, 407, 1082, 1266, 2025, 2379, 2534, 2913 y

3129-MHFGC/20;

Que el Articulo 2° de la normativa mencionada precedentemente establece:

"Exceptuase a la Caja Chica Especial que tramita por Expediente N° 15956980-

GCABA- DGRFISS/20, que sera otorgada por el Ministerio de Salud dentro del monto

fijado por la presente Resolucion, del plazo de rendicion de sesenta (60) dias

estipulado en el articulo 10 del Anexo II de la Resolucion N° 97/MEFGC/19, debiendo

realizar la misma a la finalizacion del ejercicio o al momento de agotar el objeto, lo que

suceda con anterioridad y de las restricciones establecidas en el articulo 3° del Anexo

II de la Resolucion N° 97/MEFGC/19, en concordancia con las partidas del clasificador

por objeto del gasto aprobadas por la Direccion General de Contaduria mediante

Disposicion N° 61/DGCG/19";

Que, en el mismo sentido, en su Articulo 3°, la Resolucion N° 3179/MHFGC/2020,

establece: "Exceptuase a la Caja Chica Especial que tramita por Expediente N°

15956980-GCABADGRFISS/20, que sera otorgada por el Ministerio de Salud, dentro

del monto fijado por la presente Resolucion, de los limites establecidos en el articulo 9°

del Anexo II de la Resolucion N° 97/MEFGC/19, a fin que el titular de la Unidad de

Organizacion receptora de los fondos, al momento de la rendicion de cuentas pueda

aprobar los gastos";

Que, mediante IF N° 16014950/DGTALMHF/2020, la Subgerente Operativa de la

Direccion General Tecnica, Administrativa y Legal del citado Ministerio pone de

manifiesto que se procedio a fijar el monto maximo a asignar por esta Unidad

Ministerial, como asi tambien se contemplo a efectivizar en una (1) unica entrega, la

totalidad del requerimiento en el 2° trimestre del ano en curso;

Que, ha tomado debida intervencion la Direccion General Legal y Tecnica, de acuerdo

con lo establecido en el Decreto N° 463-AJG/2019.

Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 491/2018 y, en

atencion a los términos de la Resolucion N° 3179/MHFGC/2020,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Articulo 1°.- Asignese a la Direccion General Recursos Fisicos en Salud de este

Ministerio de Salud, la suma de PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000), en

concepto de Caja Chica Especial, a efectivizarse en una (1) unica entrega, sin limite de

monto por comprobante, a fin de garantizar la inmediata respuesta a las

eventualidades que surgen frente a los acontecimientos de publico conocimiento, para

el fortalecimiento del Sistema Publico de la Ciudad, ante el posible avance y/o

transmision del virus COVID-19, contando asi con el instrumento que permita dar

cumplimiento a la mision primaria de esta Jurisdiccion.

Articulo 2°. - Efectivicese la asignacion de PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000),

en una (1) única entrega, en el 2° Trimestre del presente ejercicio, contra rendicion

documentada de su inversion.

Articulo 3°. - Exceptúase a la presente de lo establecido en el punto g), del Articulo 6°

del Anexo II de la Resolucion N° 97-MEFGC/2019, toda vez que se encuentra

fundamentada la imposibilidad de la obtención de tres presupuestos.

Articulo 4°. - En los casos que corresponda, deberan efectuarse las pertinentes

retenciones impositivas, conforme lo establecido en la normativa vigente.

Articulo 5°. - Designese como Responsables de la Administracion y Rendicion de los

Fondos al Titular Andres Carlos Cardoso, DNI N° 28.936.460 y a la agente Maria

Victoria Rodriguez Quintana, DNI N° 28.307.257, debiendo depositar los mismos en la

Cuenta Corriente N° 9119/4- Sucursal 12 del Banco de la Ciudad de Buenos Aires

correspondiente al Beneficiario N° 2760.

Articulo 6°. - Publiquese en el Boletin Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Para su

conocimiento y demas efectos a la Direccion General Administrativa Contable y

Presupuesto, la que dara intervencion a la Direccion General de Contaduria y a la

Direccion General Recursos Fisicos en Salud de este Ministerio de Salud. González

Bernaldo de Quirós

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 1446-MS/20 asigna presupuesto, a la Direccion General Recursos Fisicos en Salud, en marco de la emergencia sanitaria declarada por DNU 1/20.</p>