RESOLUCIÓN 1468 2020 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
SE REANUDA - CONCURSO UNIFICADO DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD - CONCURSO UNIFICADO DE RESIDENCIAS POST BÁSICAS DEL EQUIPO DE SALUD - APOYO AL EQUIPO DE SALUD - ENFERMERÍA - SISTEMA DE CONCURRENCIAS - SE APRUEBA ADDENDA - REGLAMENTOS - CRONOGRAMA - CORONAVIRUS - COVID-19 - PANDEMIA - EMERGENCIA SANITARIA
Publicación:
03/07/2020
Sanción:
01/07/2020
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO: El Decreto N° 96/12 y las Resoluciones Nros. 3006/MSGC/19, 415/MSGC/20 y
783/MSGC/20, y el Expediente N° 2020-15916010-GCABA-DGDIYDP, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 3006/MSGC/19 se aprobaron los Reglamentos que rigen el
"Concurso Unificado de Residencias del Equipo de Salud" y el "Concurso Unificado de
Residencias Post Básicas del Equipo de Salud", fijando además su Cronograma y
creando el Comité Técnico, entre otras cuestiones;
Que la Resolución N° 415/MSGC/20 dispuso el llamado al "Concurso Unificado de
Residencias del Equipo de Salud" y al "Concurso Unificado de Residencias Post
Básicas del Equipo de Salud" para la provisión de hasta 910 (novecientos diez) cargos
de residentes para el Ciclo Lectivo 2020 de los Sistemas de Residencias del Equipo de
Salud, Apoyo al Equipo de Salud y Enfermería, y para la provisión de cargos del
Sistema de Concurrencias;
Que, en virtud de la declaración de emergencia sanitaria, en el marco de la Pandemia
por COVID 2019, se dispuso el aislamiento social, preventivo y obligatorio, situación
que obligó a suspender el examen previsto para los concursos y el cronograma
oportunamente fijado, a través del dictado de la Resolución N° 783/MSGC/20,
quedando así interrumpidos los procesos concursales;
Que, ante la necesidad de reanudar los concursos y manteniéndose a la fecha las
restricciones y medidas de aislamiento, el Comité Técnico decidió adaptar la forma de
desarrollo de los mismos a fin de hacerlos posible, de manera que el examen y los
actos de adjudicación y readjudicación se realicen de forma digital, garantizando el
cumplimiento de las exigencias de seguridad y transparencia;
Que, asimismo, el Comité Técnico ha establecido un nuevo Cronograma que incluye
una nueva etapa de inscripción para quienes no pudieron hacerlo en su oportunidad;
Que la postergación de los Concursos ha generado la necesidad de que algunas de
sus etapas deban ahora desarrollarse en tiempos más acotados y que el Ciclo Lectivo
tenga su inicio excepcionalmente el 1° de octubre;
Que, en virtud de las nuevas circunstancias deviene necesario adecuar los
Reglamentos ya aprobados, a fin de otorgar claridad y transparencia en la reanudación
de los procesos concursales.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 96/12,
Artículo 1°.- Reanúdase el "Concurso Unificado de Residencias del Equipo de Salud" y
el "Concurso Unificado de Residencias Post Básicas del Equipo de Salud", los cuales
fueron llamados por la Resolución N° 415/MSGC/20 y posteriormente suspendidos por
Resolución N° 783/MSGC/20.
Artículo 2°.- Establécese que el Ciclo Lectivo 2020 de los Sistemas de Residencias del
Equipo de Salud, Apoyo al Equipo de Salud y Enfermería y del Sistema de
Concurrencias iniciará el 1° de octubre, de manera excepcional debido a la
postergación de los Concursos generada por la pandemia por COVID-19.
Artículo 3°.- Apruébase la Addenda al Reglamento del "Concurso Unificado de
Residencias del Equipo de Salud" y al Reglamento del "Concurso Unificado de
Residencias Post Básicas del Equipo de Salud", ambos aprobados por Resolución N°
3006/MSGC/19, la que como Anexo I (IF-2020-16002201-GCABA-DGDIYDP) forma
parte integrante de la presente.
Artículo 4°.- Modifícase el Cronograma del "Concurso Unificado de Residencias del
Equipo de Salud" y del "Concurso Unificado de Residencias Post Básicas del Equipo
de Salud" que fuera aprobado por artículo 3° de la Resolución N° 3006/MSGC/2019,
quedando confeccionado como se detalla en el Anexo II (IF-2020-16002268-GCABA-
DGDIYDP) que forma parte integrante de la presente.
Artículo 5°.- Publíquese durante dos (2) días en el Boletín Oficial de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y en la página web de la Dirección General de Docencia,
Investigación y Desarrollo Profesional y pase, para su conocimiento y demás efectos,
a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes y a la Dirección
General de Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional. Cumplido, archívese.
González Bernaldo de Quirós