RESOLUCIÓN 3006 2019 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

SE APRUEBA - REGLAMENTO DEL CONCURSO UNIFICADO DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD - RESIDENCIAS BÁSICAS - ARTICULADAS - CONCURRENCIAS - CICLO 2020 -  REGLAMENTO DEL CONCURSO UNIFICADO DE RESIDENCIAS POST BÁSICAS DEL EQUIPO DE SALUD - CRONOGRAMA DE LOS CONCURSOS - CAPACITACIÓN PROFESIONAL DE POSGRADO - SISTEMAS DE RESIDENCIAS Y CONCURRENCIAS - EXAMEN ÚNICO DE INGRESO - EU - INGRESO -  RESIDENCIAS Y CONCURRENCIAS MÉDICAS BIOQUÍMICAS Y DE ENFERMERÍA - COMITÉ TÉCNICO DE LOS CONCURSOS - HOSPITALES E INSTITUCIONES NACIONALES - HOSPITAL GARRAHAN - HOSPITAL EL CRUCE - RESIDENCIAS BÁSICAS Y ARTICULADAS EN HOSPITALES DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES - MUNICIPIOS ADHERIDOS AL SISTEMA PROVINCIAL - HOSPITALES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - 

Publicación:

02/12/2019

Sanción:

27/11/2019

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO: Las Ordenanzas Nros. 40.997, 41.793 y 45.146 (textos consolidados por Ley

N° 6.017), el Decreto N° 96/12, la Resolución N° 2036/MSGC/14, el Convenio

registrado bajo N° 32868428-DGEGRAL-2018, y el Expediente N° 35529287/GCABA-

DGDIYDP/2019, y

CONSIDERANDO:

Que las Residencias del Equipo de Salud, de Apoyo al Equipo de Salud y de

Enfermería, aprobadas por las Ordenanzas Nros. 40.997, 41.793 y 45.146,

respectivamente, constituyen sistemas remunerados de capacitación a tiempo

completo, con actividad supervisada y programada;

Que el Sistema de Concurrencias, reglamentado por la Resolución N° 2036/MSGC/14,

constituye un sistema honorario de capacitación profesional de posgrado a tiempo

parcial, al que se ingresa por el mismo concurso de las residencias y siguiendo las

mismas condiciones de evaluación;

Que en las normas previamente señaladas se encuentra establecida la obligatoriedad

del ingreso a los Sistemas de Residencias y Concurrencias a través de concurso

llamado por el Departamento Ejecutivo;

Que por Decreto N° 96/12 se encomendó al Ministerio de Salud la convocatoria al

concurso anual de residentes;

Que con fecha 6 de noviembre de 2018 se suscribió un convenio con la Secretaría de

Gobierno de Salud de la Nación, registrado bajo N° 32868428-DGEGRAL-2018, por el

cual se establecieron las condiciones de cooperación para la implementación conjunta

del Examen Único de Ingreso a las Residencias Médicas;

Que el mismo favorece el acceso democrático y equitativo a la oferta de residencias

médicas, a la vez que brinda mayor transparencia y previsibilidad y aporta información

sobre las preferencias y formaciones de los postulantes;

Que, asimismo, se ha coordinado con el Ministerio de Salud y Desarrollo de la Nación

y con el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires la implementación de un

concurso unificado, acordándose el reglamento y cronograma común, así como la

utilización del Examen Único de Ingreso a las Residencias Médicas (EU), la realización

de exámenes específicos unificados para residencias básicas y residencias post-

básicas del equipo de Salud y la creación de un Comité Técnico con integrantes de las

respectivas jurisdicciones.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 96/12,

LA MINISTRA DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase el Reglamento del "Concurso Unificado de Residencias del

Equipo de Salud", para el acceso a los cargos de residencias básicas, articuladas y

concurrencias correspondientes al ciclo 2020, el cual como Anexo I (IF-2019-

36558096-GCABA-DGDIYDP) forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Apruébase el Reglamento del "Concurso Unificado de Residencias Post

Básicas del Equipo de Salud", para el acceso a los cargos de residencias post básicas

correspondientes al ciclo 2020, el cual como Anexo II (IF-2019-36558141-GCABA-

DGDIYDP) forma parte integrante de la presente.

Artículo 3°.- Apruébase el Cronograma de los Concursos referidos en los artículos 1° y

2° de este acto, el cual como Anexo III (IF-2019-36558165-GCABA-DGDIYDP) forma

parte integrante de la presente.

Artículo 4°.- Establécese el Examen Único de Ingreso a las Residencias Médicas como

instrumento de evaluación unificado para las ofertas de residencias y concurrencias

médicas, bioquímicas y de enfermería y la realización de exámenes específicos

unificados para residencias básicas y residencias post básicas del Equipo de Salud.

Artículo 5°.- Créase el Comité Técnico de los concursos referidos en los artículos 1° y

2° de este acto, que será presidido en forma conjunta por la Secretaría de Regulación

y Gestión Sanitaria de la Nación, la Subsecretaría de Planificación y Control Sanitario

del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires y la Subsecretaría de

Planificación Sanitaria del Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires; y coordinado técnicamente en forma conjunta entre la Dirección Nacional de

Capital Humano, la Dirección de Docencia y Capacitación y la Dirección General de

Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional, dependientes respectivamente de las

mencionadas jurisdicciones.

Artículo 6°.- Intégrase el Comité Técnico creado por el artículo 5° por los

representantes de los espacios de docencia e investigación de las instituciones

integrantes de los mencionados Concursos y representantes de cada una de las

partes intervinientes, y tendrá como función la administración y gestión del mismo.

Todos los integrantes del Comité actuarán ad-honorem y su funcionamiento no implica

erogación presupuestaria alguna. Las instituciones mencionadas designarán a sus

representantes de acuerdo a sus respectivas reglamentaciones.

Artículo 7°.- Serán funciones del Comité Técnico:

I) Resolver y dictaminar sobre todas aquellas diferencias que surjan de

interpretaciones del reglamento y de la conversión de los promedios.

II) Redefinir la modalidad de inscripción y de adjudicación de las especialidades post

básicas.

III) Confeccionar y modificar el Cronograma en cualquier etapa del concurso.

IV) Establecer o designar el lugar, día y horarios para la adjudicación y

readjudicaciones.

V) En caso que corresponda, definir empates y cuestiones referidas a la valoración de

antecedentes que no puedan ser resueltos por los mecanismos establecidos en el

presente reglamento.

VI) Resolver la adhesión de nuevas instituciones al Concurso Unificado siempre y

cuando sea previo a la publicación de los cupos.

Artículo 8°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

pase, para su conocimiento y demás efectos, a la Dirección General de Docencia,

Investigación y Desarrollo Profesional. Cumplido, archívese. Bou Pérez


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5753- Anexo I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5753- Anexo II

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5753- Anexo III

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 3006-MSGC-19 aprueba el Reglamento del Concurso Unificado de Residencias del Equipo de Salud, regulada por la Ordenanza Nro. 40997, 41793 y 45146, correspondientes al ciclo 2020.</p><p>Art. 2 aprueba el Reglamento del Concurso Unificado de Residencias Post Básicas del Equipo de Salud, correspondientes al ciclo 2020</p><p>Art. 3 aprueba el Cronograma de los Concursos. </p><p>Art. 4 establece el Examen Único de Ingreso a las Residencias Médicas como instrumento de evaluación unificado para las ofertas de residencias y concurrencias médicas, bioquímicas y de enfermería y la realización de exámenes específicos unificados para residencias básicas y residencias post básicas del Equipo de Salud.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 3 de la Resolución 1468-MSGC-20 aprueba la Addenda al Reglamento del Concurso Unificado de Residencias del Equipo de Salud y al Reglamento del Concurso Unificado de Residencias Post Básicas del Equipo de Salud, ambos aprobados por Resolución 3006-MSGC-19.</p><p>Art. 4 modifica el Cronograma del Concurso Unificado de Residencias del Equipo de Salud y del Concurso Unificado de Residencias Post Básicas del Equipo de Salud que fuera aprobado por Art. 3 de la Resolución 3006-MSGC-19</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 3006-MSGC-19 aprueba el Reglamento del Concurso Unificado de Residencias del Equipo de Salud, reguladas por las Ordenanzas Nros. 40997, 41793 y 45146, correspondientes al ciclo 2020.</p><p>Art. 2 aprueba el Reglamento del Concurso Unificado de Residencias Post Básicas del Equipo de Salud, correspondientes al ciclo 2020</p><p>Art. 3 aprueba el Cronograma de los Concursos. </p><p>Art. 4 establece el Examen Único de Ingreso a las Residencias Médicas como instrumento de evaluación unificado para las ofertas de residencias y concurrencias médicas, bioquímicas y de enfermería y la realización de exámenes específicos unificados para residencias básicas y residencias post básicas del Equipo de Salud.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 3006-MSGC-19 aprueba el Reglamento del Concurso Unificado de Residencias del Equipo de Salud, reguladas por las Ordenanzas Nros. 40997, 41793 y 45146, correspondientes al ciclo 2020.</p><p>Art. 2 aprueba el Reglamento del Concurso Unificado de Residencias Post Básicas del Equipo de Salud, correspondientes al ciclo 2020</p><p>Art. 3 aprueba el Cronograma de los Concursos. </p><p>Art. 4 establece el Examen Único de Ingreso a las Residencias Médicas como instrumento de evaluación unificado para las ofertas de residencias y concurrencias médicas, bioquímicas y de enfermería y la realización de exámenes específicos unificados para residencias básicas y residencias post básicas del Equipo de Salud.</p>
INTEGRA
<p>Art. 4 de la Resolución 3006-MSGC-19 establece el Examen Único de Ingreso a las Residencias Médicas como instrumento de evaluación unificado para las ofertas de residencias y concurrencias médicas, bioquímicas y de enfermería y la realización de exámenes específicos unificados para residencias básicas y residencias post básicas del Equipo de Salud.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 3006-MSGC-19 aprueba el Reglamento del Concurso Unificado de Residencias del Equipo de Salud, reguladas por las Ordenanzas Nros. 40997, 41793 y 45146, correspondientes al ciclo 2020.</p><p>Art. 2 aprueba el Reglamento del Concurso Unificado de Residencias Post Básicas del Equipo de Salud, correspondientes al ciclo 2020</p><p>Art. 3 aprueba el Cronograma de los Concursos. </p><p>Art. 4 establece el Examen Único de Ingreso a las Residencias Médicas como instrumento de evaluación unificado para las ofertas de residencias y concurrencias médicas, bioquímicas y de enfermería y la realización de exámenes específicos unificados para residencias básicas y residencias post básicas del Equipo de Salud.</p>