RESOLUCIÓN 105 2020 VICEJEFATURA DE GOBIERNO
Síntesis:
APRUEBA PROTOCOLOS DE RECOMENDACIONES - READECUACIÓN DE INSTALACIONES - REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS - DEPORTIVAS PARA ATLETAS OLÍMPICOS - RUGBY PARA ATLETAS OLÍMPICOS - PARQUE MANUEL BELGRANO - EX KDT - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA - PANDEMIA
Publicación:
16/07/2020
Sanción:
15/07/2020
Organismo:
VICEJEFATURA DE GOBIERNO
VISTO: La Ley Nacional N° 27.541, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 260-
PEN/20, N° 297-PEN/20, N° 325-PEN/20, N° 355-PEN/20, N° 408-PEN/20, N° 459-
PEN/20, N° 493-PEN/20, N° 520-PEN/20 y N° 576-PEN/20, la Decisión Administrativa
N° 995/20 y N° 1056/20 de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la
Nación, la Ley N° 6.292 y sus modificatorias, el Decreto N° 463/GCABA/19 y sus
modificatorios, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCABA/20 y sus
modificatorios, el Expediente Electrónico N° 17033793-DGTALAVJG/20, y
CONSIDERANDO:
Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha señalado que el coronavirus
(COVID-19) se está propagando de persona a persona aceleradamente a nivel
mundial, y ha declarado al mismo como pandemia;
Que tal situación tornó imprescindible la implementación de medidas para la
prevención y control, tendientes a reducir el riesgo de propagación del contagio en la
población;
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20 se amplió la emergencia
pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541 por el plazo de un año a
partir de su publicación en el Boletín Oficial;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCABA/20, se declaró la emergencia
sanitaria a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y
reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-
19);
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N°
297/PEN/20 se dispuso la medida de "aislamiento social, preventivo y obligatorio"
hasta el 31 de marzo de 2020 inclusive, medida que fue prorrogada por los Decretos
de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional Nros. 325/PEN/20,
355/PEN/20, 408/PEN/20, 459/PEN/20, 493/PEN/20, 520/PEN/20 hasta el 28 de junio
de 2020 inclusive;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N°
576/PEN/20 se prorrogó la vigencia del "aislamiento social, preventivo y obligatorio"
hasta el 17 de julio de 2020 inclusive, exclusivamente para las personas que residan o
se encuentren en los aglomerados urbanos y en los departamentos y partidos de las
provincias argentinas que no cumplan positivamente los parámetros epidemiológicos y
sanitarios previstos en el artículo 3° del mencionado decreto;
Que asimismo, mediante el Decreto mencionado en el considerando anterior a través
del artículo 14 inciso 7 se establece que quedan exceptuadas del cumplimiento del
aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular los y las
atletas que se encuentren clasificados para los XXXII Juegos Olímpicos, en los
términos de la Decisión Administrativa N° 1056/20;
Que en este marco, a través de la Decisión Administrativa N° 995/20 de la Jefatura de
Gabinete de Ministros del Gobierno de la Nación se autorizó la realización de ejercicio
físico en el espacio público en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en virtud de lo hasta aquí expuesto, corresponde la aprobación de un protocolo
específico para las actividades autorizadas;
Que conforme lo dispuesto por el artículo 9° de la Ley N° 6.292 y sus modificatorias,
mediante el Decreto N° 463/GCABA/19 y sus modificatorios, el Jefe de Gobierno
delegó en quien suscribe las facultades de diseñar y ejecutar las políticas, planes y
programas vinculados al fomento y desarrollo integral del deporte en todas sus etapas
y modalidades, apoyando la recreación como medio de equilibrio y estabilidad social;
Que mediante el aludido Decreto N° 463/GCABA/19 y sus modificatorios se aprobó la
estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo a la Secretaría de Desarrollo
Ciudadano bajo la órbita de esta Vicejefatura de Gobierno, y fijando entre sus
responsabilidades primarias la de diseñar y ejecutar las políticas, planes y programas
vinculados al fomento y desarrollo integral del deporte en todas sus etapas y
modalidades, apoyando la recreación como medio de equilibrio y estabilidad social;
Que en ese sentido, la Secretaría de Desarrollo Ciudadano ha elaborado Protocolos
de Recomendaciones para la realización de Prácticas de Rugby para Atletas
Olímpicos len el Parque Manuel Belgrano (ex KDT) en los cuales volcó las
recomendaciones mínimas para el cuidado de la salud de los atletas y personal
técnico, y evitar la propagación del virus lo máximo posible, así como para la
readecuación de las instalaciones del mencionado Parque, a fin de acondicionarlo
para los fines expuestos, mediante los Informes N° 15567944-SECDCI/20, N°
15567961-SECDCI/20 y N° 17044031-SECDCI/20;
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébanse los Protocolos de Recomendaciones para la Readecuación
de Instalaciones para la Realización de Prácticas Deportivas para Atletas Olímpicos en
el Parque Manuel Belgrano (ex KDT) y su correspondiente Anexo y para la Realización
de Prácticas de Rugby para Atletas Olímpicos en el Parque Manuel Belgrano (ex KDT)
que como Anexos I, II y III (Informes N° 15567944-SECDCI/20, N° 15567961-
SECDCI/20 y N° 17044031-SECDCI/20), se incorporan y forman parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Santilli