RESOLUCIÓN 492 1997 SECRETARIA DE SALUD
Síntesis:
FACULTA AL DIRECTOR GENERAL ADJUNTO HÁBITAT FÍSICO PARA LA SALUD A DELEGAR EN LOS SEÑORES DIRECTORES DE HOSPITALES A EFECTUAR LLAMADO A LICITACIÓN
Publicación:
21/07/1997
Sanción:
02/06/1997
Organismo:
SECRETARIA DE SALUD
Visto el Expediente N° 27.446-97 y teniendo en cuenta los términos del Decreto N° 8.828-78 (B.M. N° 15.951); y sus modificatorios Decretos Nros. 6.505-84 y 2.208-87 (BB.MM. Nros. 17.377 y 18.031), AD 351.46 (tomo I-1255), y
CONSIDERANDO:
Que dicha norma aprueba el Pliego de Condiciones para Obras Menores;
Que de la lectura de la citada norma, surge que resulta conveniente establecer las unidades de organización y con capacidad técnica para evaluar la factibilidad de las obras menores que se realizan en las distintas reparticiones dependientes de esta Secretaría;
Que por lo expuesto, se estima que corresponde autorizar a los Directores de los Establecimientos Asistenciales dependientes de este ámbito, la facultad para licitar y autorizar, en el marco de lo dispuesto por el Art. 3°, párrafo 3° del Decreto N° 8.828-78 y su modificatoria Decreto N° 2.208-87 (BB.MM. Nros. 15.951 y 18.031) AD 351.46, Obras Menores que se realicen en los mismos.
Por ello, de acuerdo con lo propuesto por las Direcciones Generales de Planeamiento y Evaluación del Desempeño y Evaluación Económica Financiera, y con la información producida por la Contaduría General -Dirección Liquidaciones, y lo dictaminado por la Procuración General (fs. 1 l);
RESUELVE:
Artículo 1° - Facúltase al Director General Adjunto Hábitat Físico para la Salud a delegar en los señores Directores de los establecimientos hospitalarios de la Secretaría efectuar el llamado a licitación y a autorizar la ejecución de Obras Menores, en el marco de las previsiones establecidas en el párrafo 3° del artículo 3° del Decreto N° 8.828-78 y su modificatorio Decreto N° 2.208-87 (BB.MM. Nros. 15.951 y 18.031) AD 351.46.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Servicios de Salud y Contaduría General, Dirección General Planeamiento y Evaluación del Desempeño.