RESOLUCIÓN 3 2020 SUBSECRETARIA PLANIFICACION SANITARIA Y GESTION EN RED

Síntesis:

SE APRUEBA - PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE SOSPECHA DE COVID-19 CORONAVIRUS EN LOS DISPOSITIVOS PROPIOS Y CONVENIADOS PERTENECIENTES A LA GERENCIA DE ASISTENCIA INTEGRAL A LOS SIN TECHO - SUBSECRETARÍA  DE PLANIFICACIÓN SANITARIA Y GESTIÓN EN RED - SUBSECRETARÍA DE ASISTENCIA Y CUIDADO INMEDIATO

Publicación:

20/07/2020

Sanción:

30/04/2020

Organismo:

SUBSECRETARIA PLANIFICACION SANITARIA Y GESTION EN RED


VISTO: Las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, los Decretos

Nacional de Necesidad y Urgencia N° 260 y 297/PEN/20, el Decreto de Necesidad y

Urgencia N° 1-GCABA-AJG/20, los Decretos N° 463/19 y 147/20, la Resolución N°

842/MSGC/20 y la Resolución Conjunta N° 7/GCABA-MJGGC/20; EE 12673553-

GCABA-DGDAI-2020; y

CONSIDERANDO:

Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado que el COVID-19

(coronavirus) constituye una pandemia y que la evolución de la situación

epidemiológica exige que se adopten medidas rápidas, eficaces y urgentes, haciendo

un llamado a la Comunidad Internacional para actuar con responsabilidad y

solidaridad;

Que tal situación torna imprescindible la implementación de medidas de prevención y

control tendientes a reducir el riesgo de propagación del contagio en la población;

Que habiéndose constatado la propagación de casos de coronavirus en numerosos

países de diferentes continentes, entre ellos, la República Argentina, mediante el

Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 260/20 se ha decretado la ampliación

de la Emergencia Pública en materia sanitaria por el plazo de un (1) año;

Que en el marco de las acciones preventivas dispuestas, a través del mismo decreto

se estableció que deberán permanecer aisladas durante catorce días, las siguientes

personas: a) quienes revistas condición de "casos sospechosos", entendiéndose por

tal a la que presente fiebre y uno o más síntomas respiratorios (tos, dolor, de garganta

o dificultad respiratoria) y que además, en los últimos días, tenga historial de viaje a

zonas afectadas o haya estado en contacto con casos confirmados o probables de

COVID-19; y b) quienes posean confirmación médica de haber contraído el COVID-19;

Que en idéntico sentido, a través del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCABA-

AJG/20 se decretó la Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020, a los fines de atender y adoptar las

medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la

población del coronavirus;

Que ampliando las medidas referidas precedentemente, a través del Decreto de

Necesidad y Urgencia N° 297/20 se estableció para todas las personas que habitan en

el país la medida de "aislamiento social, preventivo y obligatorio" desde el 20 al 31 de

marzo inclusive del corriente año, habiéndose prorrogado por DNU 325/2020 y

pudiéndose nuevamente prorrogar por el tiempo que se considere necesario en

atención a la situación epidemiológica;

Que en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través del Decreto N°

463/19 se aprobó la estructura orgánico funcional de esta jurisdicción contemplándose

dentro del Ministerio de Salud, a la Subsecretaría de Planificación Sanitaria y Gestión

en Red; y dentro del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat a la Subsecretaría de

Asistencia y Cuidado Inmediato de la cual depende la Dirección General Atención

Inmediata;

Que mediante el Decreto N° 147/GCABA-AJG/20 se estableció al Ministerio de Salud

como área de máxima esencialidad e imprescindible durante la vigencia de la

pandemia COVID-19 (Coronavirus) y se facultó a las autoridades superiores con rango

no inferior a Director General o equivalente de las áreas cuyos servicios fueran

considerados esenciales a establecer procedimientos de trabajo y/o protocolos

acordes a la situación epidemiológica actual, asegurando la prestación de los

servicios, y de conformidad con lo establecido en los artículos 4° y 11 del mencionado

Decreto;

Que por Resolución N° 842/MSGC/20 y sus modificatorias, se aprobó el

"PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS

DE CORONAVIRUS COVID-19" el cual contempla la adopción de medidas que

garanticen la detección y el diagnóstico precoz de un posible caso de Coronavirus

(COVID - 19) con el fin de permitir su atención adecuada, así como las medidas de

investigación, prevención y control pertinentes;

Que a través de la Resolución Conjunta N° 7/GCABA-MJGGC/20 se determinó al

Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat y todas sus dependencias como áreas

cuyos servicios resultan esenciales para la comunidad y el funcionamiento de la

administración pública durante la subsistencia epidemiológica vigente;

Que en el contexto antes descripto, ambas subsecretarías han elaborado un protocolo

de actuación e intervención para el supuesto de detectarse, casos que requieran

aislamiento por catorce días por revestir la condición de "caso sospechoso" o poseer

confirmación médica de haber contraído COVID-19 (Coronaviurs), dentro de la

población que se encuentran alojados en dispositivos propios y conveniados

pertenecientes a la Gerencia Operativa de Asistencia Integral a los Sin Techo que

funcionan en la órbita de la Dirección General de Atención Inmediata;

Que la intervención que surge del protocolo resulta pertinente a los fines de garantizar

el derecho a la salud y atención médica de las personas alojadas en los dispositivos

eventualmente afectadas, así como la prevención de las restantes alojadas;

Que el Protocolo de Actuación e Intervención se encuentra agregado a estas

actuaciones identificado como IF-2020-12774507-GCABA-SSACI y forma parte

integrante de la presente.

Por ello, y en uso de las atribuciones que les son propias,

LAS SUBSECRETARÍAS DE PLANIFICACIÓN SANITARIA Y GESTIÓN EN RED

DEL MINISTERIO DE SALUD, Y DE ASISTENCIA Y CUIDADO INMEDIATO

DEL MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Apruébase "Protocolo de actuación ante sospecha de COVID-19

(Coronavirus) en los dispositivos propios y conveniados pertenecientes a la Gerencia

de Asistencia Integral a los Sin Techo", que como Anexo (IF-2020-12774507- GCABA-

SSACI) forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°. -Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a las Direcciones Generales de Hospitales y Sistema de Atención

Médica de Emergencia (S.A.M.E.) del Ministerio de Salud, y a la Dirección General de

Atención Inmediata del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat. Cumplido,

archívese. Corach - Ferrante


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5914

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución N° 3-SSPSGER/20 aprueba el Protocolo de actuación ante sospecha de COVID-19 (Coronavirus) en los dispositivos propios y conveniados pertenecientes a la Gerencia de Asistencia Integral a los Sin Techo, en el marco de la emergencia sanitaria declarada mediante el DNyU 1-20. </p>