DECRETO 266 2020

Síntesis:

SE MODIFICA EL DECRETO 359/10 - AUTORIDAD DE APLICACIÓN - DESIGNA AL MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCIÓN - SE FACULTA - NORMAS COMPLEMENTARIAS ACLARATORIAS Y OPERATIVAS -  IMPLEMENTACIÓN DE LA LEY 3396

Publicación:

22/07/2020

Sanción:

20/07/2020

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: Las Leyes Nros. 3.396 y modificatorias, y 6.292, los Decretos Nros. 359/10 y

463/19, el Expediente N° 16611260-GCABA-UEEXAU3/2020, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 3.396 se dispuso la derogación parcial de la traza de la Autopista AU3,

aprobadas por las Ordenanzas Nros 33.439 y 39.153, así como afectaciones y

desafectaciones de distritos de zonificación, aprobación de diversas normas

urbanísticas y la puesta en funcionamiento de una solución habitacional, urbanística y

vial definitivas para el denominado sector 5 de la traza de la ex-AU3;

Que, la citada Ley, creó por su artículo 27, la Unidad Ejecutora para la Renovación

Urbana de la Traza de la ex-AU3 y el Fondo para la Renovación Urbana del Sector 5

de la Traza de la ex-AU3 por el artículo 24;

Que, a la mencionada Unidad Ejecutora se le encomendó, entre otras funciones, la

evaluación de alternativas y ejecución de acciones, proyectos y planes destinados a

cumplir los objetivos de dicha ley;

Que a fin de dotar de mejores herramientas para hacer más efectiva la ley, por el

Decreto N° 359/10 se reglamentó la precitada norma;

Que por el artículo 2° del Decreto N° 359/10 designó al Ex Ministerio de Desarrollo

Urbano como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 3.396, en cuya órbita se

encontraba la Unidad Ejecutora ex-AU3;

Que se sancionó la Ley N° 6.292 de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, contemplándose entre ellos al Ministerio de Desarrollo Económico y

Producción y estableciendo entre sus funciones el entendimiento en todos los

aspectos vinculados a la posesión, tenencia, administración, dominio, disposición y

enajenación de los bienes inmuebles de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre

otros;

Que, por el Decreto N° 463/19 aprobatorio de la estructura organizativa del Poder

Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se incluyó entre los Organismos

Fuera de Nivel del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción a la Unidad

Ejecutora para la Renovación Urbana de la Traza de la Ex-AU3 - LEY N° 3.396;

Que, en virtud de la estructura organizativa del Poder Ejecutivo vigente, deviene

necesario modificar la Autoridad de Aplicación de la norma reglamentada y designar al

Ministerio de Desarrollo Económico y Producción;

Que, por otra parte, en virtud de la complejidad de las tareas que la norma en cuestión

encomienda a la Unidad Ejecutora, corresponde facultar a la Autoridad de Aplicación

para el dictado de normas complementarias del Decreto N° 359/10.

Por ello, y en uso de las facultades legales conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Modifícase el artículo 2° del Decreto N° 359/10, el que quedará redactado

de la siguiente manera:

"Artículo 2°.- Desígnase como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 3.396 al Ministerio

de Desarrollo Económico y Producción."

Artículo 2°.- Modifícase el artículo 4° del Decreto N° 359/10, el que quedará redactado

de la siguiente manera:

"Artículo 4°.- Facúltase al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción para dictar

las normas complementarias, aclaratorias y operativas que resulten necesarias para la

implementación de la Ley N° 3.396."

Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo

Económico y Producción y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su

conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Desarrollo Económico y

Producción. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Giusti - Miguel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art.1 del Decreto 266-20 modifíca el artículo 2 del Decreto 359/10.</p><p>Art. 2 modifíca el artículo 4.</p>