DECRETO 266 2020
Síntesis:
SE MODIFICA EL DECRETO 359/10 - AUTORIDAD DE APLICACIÓN - DESIGNA AL MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCIÓN - SE FACULTA - NORMAS COMPLEMENTARIAS ACLARATORIAS Y OPERATIVAS - IMPLEMENTACIÓN DE LA LEY 3396
Publicación:
22/07/2020
Sanción:
20/07/2020
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: Las Leyes Nros. 3.396 y modificatorias, y 6.292, los Decretos Nros. 359/10 y
463/19, el Expediente N° 16611260-GCABA-UEEXAU3/2020, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 3.396 se dispuso la derogación parcial de la traza de la Autopista AU3,
aprobadas por las Ordenanzas Nros 33.439 y 39.153, así como afectaciones y
desafectaciones de distritos de zonificación, aprobación de diversas normas
urbanísticas y la puesta en funcionamiento de una solución habitacional, urbanística y
vial definitivas para el denominado sector 5 de la traza de la ex-AU3;
Que, la citada Ley, creó por su artículo 27, la Unidad Ejecutora para la Renovación
Urbana de la Traza de la ex-AU3 y el Fondo para la Renovación Urbana del Sector 5
de la Traza de la ex-AU3 por el artículo 24;
Que, a la mencionada Unidad Ejecutora se le encomendó, entre otras funciones, la
evaluación de alternativas y ejecución de acciones, proyectos y planes destinados a
cumplir los objetivos de dicha ley;
Que a fin de dotar de mejores herramientas para hacer más efectiva la ley, por el
Decreto N° 359/10 se reglamentó la precitada norma;
Que por el artículo 2° del Decreto N° 359/10 designó al Ex Ministerio de Desarrollo
Urbano como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 3.396, en cuya órbita se
encontraba la Unidad Ejecutora ex-AU3;
Que se sancionó la Ley N° 6.292 de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, contemplándose entre ellos al Ministerio de Desarrollo Económico y
Producción y estableciendo entre sus funciones el entendimiento en todos los
aspectos vinculados a la posesión, tenencia, administración, dominio, disposición y
enajenación de los bienes inmuebles de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre
otros;
Que, por el Decreto N° 463/19 aprobatorio de la estructura organizativa del Poder
Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se incluyó entre los Organismos
Fuera de Nivel del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción a la Unidad
Ejecutora para la Renovación Urbana de la Traza de la Ex-AU3 - LEY N° 3.396;
Que, en virtud de la estructura organizativa del Poder Ejecutivo vigente, deviene
necesario modificar la Autoridad de Aplicación de la norma reglamentada y designar al
Ministerio de Desarrollo Económico y Producción;
Que, por otra parte, en virtud de la complejidad de las tareas que la norma en cuestión
encomienda a la Unidad Ejecutora, corresponde facultar a la Autoridad de Aplicación
para el dictado de normas complementarias del Decreto N° 359/10.
Por ello, y en uso de las facultades legales conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modifícase el artículo 2° del Decreto N° 359/10, el que quedará redactado
de la siguiente manera:
"Artículo 2°.- Desígnase como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 3.396 al Ministerio
de Desarrollo Económico y Producción."
Artículo 2°.- Modifícase el artículo 4° del Decreto N° 359/10, el que quedará redactado
de la siguiente manera:
"Artículo 4°.- Facúltase al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción para dictar
las normas complementarias, aclaratorias y operativas que resulten necesarias para la
implementación de la Ley N° 3.396."
Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo
Económico y Producción y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su
conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Desarrollo Económico y
Producción. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Giusti - Miguel