RESOLUCIÓN 183 2020 MINISTERIO DE GOBIERNO

Síntesis:

SE ESTABLECEN OBJETIVOS - PROGRAMA BUENOS AIRES LEGISLA - SE DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN 94-SSGOBIER-14 - MINISTERIO DE GOBIERNO - ELECCIONES - VOTO - CAPACITACIÓN DE ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS - ALUMNOS - JÓVENES - SANCIÓN DE LEYES - PROCEDIMIENTO - LABOR PARLAMENTARIA - PARTICIPACIÓN CÍVICA

Publicación:

22/07/2020

Sanción:

02/07/2020

Organismo:

MINISTERIO DE GOBIERNO


VISTO: La Ley N° 6.292, los Decretos Nros. 578/2016, 463/19 y sus modificatorios, la

Resolución N° 94-SSGOBIER/14, el Expediente Electrónico N° 15.893.843-GCABA-

DGALE/2020 y,

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 6.292, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre los Ministerios del Poder Ejecutivo,

al Ministerio de Gobierno;

Que el artículo 25 de la citada Ley, prevé entre los objetivos del Ministerio de

Gobierno, el de capacitar y formar dirigentes y ciudadanos, así como también la

elaboración y publicación de informes y documentos sobre el sistema de gobierno y

políticas públicas;

Que por el Decreto N° 463/19, y modificatorios, se aprobó la estructura orgánica

funcional dependiente del Poder Ejecutivo, contemplándose dentro de la orbita de este

Ministerio de Gobierno a la Dirección General Asuntos Legislativos, dependiente de la

Subsecretaría de Reforma Política y Asuntos Legislativos;

Que dicho Decreto prevé entre las responsabilidades primarias de la citada

Subsecretaría, la de entender en el diseño de estrategias de capacitación y formación

de dirigentes y ciudadanos referidas a asuntos políticos y electorales;

Que por su parte, conforme el citado Decreto le corresponde a la Dirección General

Asuntos Legislativos, asistir en la coordinación y articulación de las relaciones

institucionales con la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires y el Poder Legislativo

Nacional, así como también, diseñar planes e impulsar acciones de capacitación y

formación de la ciudadanía referidas a procesos legislativos;

Que en ese sentido, es de interés de este Ministerio de Gobierno capacitar a los

ciudadanos en lo referente al proceso parlamentario y el rol o incidencia de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires en el proceso parlamentario nacional, como así también

difundir, promover y fomentar los mecanismos de participación ciudadana, en el que

intervienen de forma activa tanto el Poder Legislativo como el Poder Ejecutivo, y que

tiene por finalidad la elaboración de leyes, declaraciones y resoluciones que regulan el

accionar de los distintos actores sociales;

Que en ese contexto, oportunamente, por medio de Resolución N° 94-SSGOBIER/14,

se implementó el programa "Buenos Aires Legisla", en el ámbito de la Dirección

General Asuntos Legislativos, dependiente en aquel entonces de la Subsecretaria de

Gobierno;

Que conforme la Resolución citada, el programa posee entre sus objetivos, capacitar a

estudiantes universitarios en el proceso legislativo de la Ciudad de Buenos Aires, así

como también, fomentar, incentivar y promover la participación de estudiantes

universitarios de carreras afines a la materia en cuestión, en las diferentes etapas del

proceso legislativo de la Ciudad de Buenos Aires;

Que en base a esos objetivos, la Dirección General Asuntos Legislativos, diseñó e

implementó, diversas acciones tendientes a fortalecer la practica democrática en el

ámbito de a Ciudad de Buenos aires, a través de la participación de actores

interesados en el proceso legislativo, y mediante la cooperación con diversas

instituciones educativas, las cuales se desarrollan hasta la actualidad;

Que, como consecuencia de la experiencia resultante y de la gran aceptación del

público al cual se encuentra dirigido, surge la necesidad de ampliar los destinatarios

del programa Buenos Aires Legisla, a modo de que puedan acceder a él, no solo los

estudiantes universitarios de las carreras afines a sus objetivos, sino también, todos

los ciudadanos de la Ciudad de Buenos aires y del resto del país, que se encuentren

interesados en el proceso legislativo;

Que en el marco de lo expuesto, resulta conveniente reformular los objetivos del

programa "Buenos Aires Legisla";

Que corresponde a la Dirección General Asuntos Legislativos dependiente de la

Subsecretaría de Reforma Política y Asuntos Legislativos de este Ministerio de

Gobierno o de la que en el futuro la reemplace, la ejecución y reglamentación del

citado programa;

Que conforme el Decreto N° 578/2016 el Vicejefe de Gobierno, los Ministros,

Secretarios y Subsecretarios del Poder Ejecutivo aprueban los programas de gestión,

en el marco de sus respectivas competencias.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 578/2016,

EL MINISTRO DE GOBIERNO

RESUELVE:

Artículo 1°.- Establézcase que el programa "Buenos Aires Legisla", de la Dirección

General Asuntos Legislativos de la Subsecretaria de Reforma Política y Asuntos

Legislativos de este Ministerio de Gobierno, o la que en el futuro la reemplace, tendrá

por objetivos:

a) Promover el interés de los estudiantes universitarios y/o graduados y de la

ciudadanía en general, en profundizar sus conocimientos sobre el proceso de sanción

de las leyes en particular, y de la labor parlamentaria en general, en el ámbito de la

Ciudad de Buenos Aires;

b) Incentivar la participación cívica de los ciudadanos a través del conocimiento de las

diferentes etapas del proceso legislativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del

Poder Legislativo Nacional.

Artículo 2°.- Encomiéndese a la Dirección General Asuntos Legislativos, dependiente

de la Subsecretaría de Reforma Política y Asuntos Legislativos del Ministerio de

Gobierno, o a la que en el futuro la reemplace, el dictado de todos los actos

administrativos que resulten necesarios para la reglamentación y/o ejecución del

programa citado en el Artículo 1° de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Déjese sin efecto la Resolución N° 94-SSGOBIER/14.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal y a la

Subsecretaría de Reforma Política y Asuntos Legislativos, ambas de este Ministerio de

Gobierno y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de

Asuntos Legislativos. Cumplido, archívese. Screnci Silva

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Detalle

DEROGA
<p>Art. 3 de la Resolución 183/MGOB/20 deja sin efecto la Resolución  94-SSGOBIER/14.</p>