RESOLUCIÓN 94 2014 SUBSECRETARIA DE GOBIERNO

Síntesis:

ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL MINISTERIO DE GOBIERNO - CREACIÓN -  CREA EL PROGRAMA BUENOS AIRES LEGISLA EN EL ÁMBITO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS LEGISLATIVOS - SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO - APRUEBA OBJETIVOS - PARTICIPACIÓN EN LOS PROCESOS LEGISLATIVOS -  DESTINADO A ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS -  DELEGA EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS LEGISLATIVOS  LA REGLAMENTACIÓN Y EL DICTADO DE NORMAS COMPLEMENTARIAS 

Publicación:

28/10/2014

Sanción:

23/10/2014

Organismo:

SUBSECRETARIA DE GOBIERNO

Estado:

No vigente


VISTO:

La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 4.013, modificada por la Ley

N° 4.516, el Decreto N° 660/11 y sus modificatorios, el Expediente N° EX-2014-

14524870 -MGEYA - DGALE, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 40 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

establece que la Ciudad garantiza y facilita a la juventud su inserción político y social,

como así también crea en el ámbito del Poder Ejecutivo áreas de gestión de políticas

juveniles;

Que el artículo 27 de la Ley N° 4013, modificada por la Ley N° 4516, establece entre

los objetivos del Ministerio de Gobierno, el de capacitar y formar dirigentes y

ciudadanos, así como también la elaboración y publicación de informes y documentos

sobre el sistema de gobierno y políticas públicas;

Que el Decreto N° 660/11, y modificatorios, asigna a la Dirección General de Asuntos

Legislativos la coordinación y articulación de las relaciones institucionales con la

Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires;

Que es de interés para el Ministerio de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires capacitar al ciudadano en lo referente al proceso legislativo, como así también

difundir, promover y fomentar los mecanismos de participación ciudadana en dicho

proceso, en el que intervienen en forma activa tanto el Poder Legislativo como el

Ejecutivo y que tiene por objetivo la elaboración de las leyes, declaraciones y

resoluciones que regulan el accionar de los distintos actores sociales;

Que la integración y participación de la juventud en lo relativo al proceso legislativo,

hacen al fortalecimiento de las instituciones democráticas de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que en el marco de lo expuesto, resulta conveniente la creación de un Programa que

permita difundir y capacitar a través de un abordaje metodológico compuesto por

actividades técnico-didácticas, instancias de análisis y compresión y visitas a

comisiones y sesiones legislativas, acompañadas por encuentros de intercambio con

los autores de los proyectos estudiados.

Que el Programa, estará orientado además de difundir y capacitar, a promover y

afianzar la participación cívica de los jóvenes en el proceso de formación de leyes;

Que el citado Programa funcionará en la órbita de la Dirección General de Asuntos

Legislativos dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE GOBIERNO

RESUELVE

Artículo 1°.- Créase el "Programa Buenos Aires Legisla" en el ámbito de la Dirección

General de Asuntos Legislativos dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del

Ministerio de Gobierno.

Artículo 2°.- El Programa creado por el artículo 1° de la presente resolución, tendrá los

siguientes objetivos:

a) Capacitar a estudiantes universitarios en el proceso legislativo de la Ciudad de

Buenos Aires;

b) Fomentar, incentivar y promover la participación de estudiantes universitarios de

carreras afines a la materia en cuestión, en las diferentes etapas del proceso

legislativo de la Ciudad de Buenos Aires;

Artículo 3°.- Establécese que el "Programa Buenos Aires Legisla", se encuentra

diseñado y destinado a estudiantes universitarios.

Artículo 4°.- Encomiéndase a la Dirección General de Asuntos Legislativos la

reglamentación del Programa creado por el artículo 1° de la presente y el dictado de

todos los actos administrativos que resulten necesarios para su ejecución.

Artículo 5°.- El gasto que demande la implementación del Programa creado por el

artículo 1° de la presente, se imputará a las partidas presupuestarias

correspondientes.

Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su

conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Dirección General de Asuntos

Legislativos. Cumplido, archívese. Rodríguez Larreta

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 3 de la Resolución 183/MGOB/20 deja sin efecto la Resolución  94-SSGOBIER/14.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición N° 1/DGALE/DGCSP Acuerda la actuación conjunta entre la Dirección General Asuntos Legislativos y la Dirección General Cultura del Servicio Público a fin de efectuar la promoción y difusión de los Programas de Capacitación Legislativa orientada a universitarios y graduados BA-Legisla cread por Resolucion N° 94 / GCABA / SSGOBIER / 14</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Res. SSGOBIER-14: Crea el Programa Buenos Aires Legisla  en el ámbito de la DG de Asuntos Legislativos, Subsecretaría de Gobierno, Ministerio de Gobierno, en el marco de las responsabilidades aprobadas para la DG de Asuntos Legislativas, por el Dec. 660-11 y sus modificatorios. </p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición Conjunta 1-DGALE-DGRPOLYE <strong>-</strong>19 establece la actuación conjunta entre la Dirección General Asuntos Legislativos y la Dirección General Reforma Política y Electoral, en el marco del Programa BA Legisla aprobado por Resolución 94-SSGOBIER-14.</p>