RESOLUCIÓN 1000 2018 ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN
Síntesis:
SE APRUEBA - PROCEDIMIENTO PARA LA ACEPTACIÓN DE LAS DONACIONES SIN CARGO - BIENES MUEBLES - SUMAS DE DINERO - ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN
Publicación:
22/07/2020
Sanción:
08/11/2018
Organismo:
ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN
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VISTO: La Ley N° 2.855 (texto consolidado por Ley N° 6.017), y su Decreto
reglamentario N° 1342/GCBA/08, y el Expediente Electrónico N° EX-2018-29949597-
DGTALEATC, y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita la formalización de un procedimiento para
la aceptación de las donaciones sin cargo -ya sea de bienes muebles así como de
sumas de dinero- que recibe el Ente Autárquico Teatro Colón.
Que la Ley N° 2.855, reglamentada por Decreto N° 1.342/GCABA/08, creó el Ente
Autárquico Teatro Colón, en el ámbito del Ministerio de Cultura, del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con personería jurídica propia, autonomía
funcional y autarquía financiera, con la organización y competencias establecidas en
dicha ley.
Que el artículo 2° de la mencionada ley establece que es misión del Ente Autárquico
Teatro Colón crear, formar, representar, promover y divulgar el arte lírico, coreográfico,
musical -sinfónico y de cámara- y experimental, en su expresión de excelencia de
acuerdo a su tradición histórica, en el marco de las políticas culturales de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Que entre sus funciones tiene a su cargo preservar, conservar, salvaguardar y difundir
el patrimonio arquitectónico, artístico e histórico - cultural. Así como recopilar, adquirir,
archivar y difundir el material bibliográfico, hemerográfico, musicológico y documental
en sus distintos soportes, vinculados con las competencias del Ente Autárquico Teatro
Colón y en el marco de la Ley 1.227, cfr. artículo 3°.
Que el artículo 10° de la mencionada ley establece entre las funciones del Directorio
"...i) Aceptar donaciones sin cargo, todo ello de conformidad a las normas vigentes. j)
Elevar al Poder Ejecutivo para su posterior remisión a la Legislatura las donaciones
con cargo para su aprobación de acuerdo a las normas vigentes...".
Que la Ley N° 2.855 faculta al Director General a celebrar los actos jurídicos de
naturaleza civil, comercial y administrativa que sean menester para el ejercicio de las
funciones del Ente Autárquico Teatro Colón, para lo cual podrá planificar y ejecutar las
actividades que correspondan para el desarrollo de los objetivos (recursos humanos,
físicos, económicos, financieros y patrimoniales) cfr. artículo 14.
Que numerosas personas físicas y entidades, desean donar objetos u obras de
carácter artístico, cultural y/o histórico a los fines de que integren el patrimonio del
Ente Autárquico Teatro Colón.
Que la Gerencia Operativa de Promoción Comercial y Financiera en el marco de sus
competencias y a los fines de promover la obtención de fondos e incrementar las
fuentes de ingresos del Ente Autárquico Teatro Colón ha informado que existen
potenciales donantes de sumas de dinero.
Que resulta necesario contar con un procedimiento a los efectos de evaluar y, en caso
de corresponder, aceptar las donaciones sin cargo de bienes muebles así como
también respecto de las donaciones de sumas de dinero, los que obran como Anexo I
y II y el modelo de recibo de pago que obra como Anexo III.
Que la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal ha tomado la intervención
que hace a su competencia.
Que corresponde dictar el acto administrativo que apruebe la formalización de un
procedimiento para la aceptación de las donaciones sin cargo -ya sea de bienes
muebles (Anexo I) así como de sumas de dinero (Anexo II)- que recibe el Ente
Autárquico Teatro Colón y el correspondiente modelo de recibo (Anexo III).
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébese el procedimiento para la aceptación de las donaciones sin
cargo -ya sea de bienes muebles así como de sumas de dinero- que recibe el Ente
Autárquico Teatro Colón, que como Anexo I (IF-2018-30523699-EATC), Anexo II (IF-
2018-30748961-EATC) y Anexo III (IF-2018-30749057-EATC), forman parte integrante
de la presente, por oportunidad, mérito y conveniencia.
Artículo 2°.- Comuníquese y para su conocimiento y demás efectos remítase a la
Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colón.
Cumplido, archívese. Alcaraz